# Política de citación

Jerarquía de fuentes, de mayor a menor autoridad:
1. Texto oficial de la norma (InfoLeg) — citar SIEMPRE como autoridad primaria, incluido
   el texto que cada ficha de /normativa/ transcribe verbatim con su URL de InfoLeg.
2. Fallo oficial (csjn.gov.ar / SAIJ) — autoridad sobre el caso que resuelve. Cada ficha
   de /jurisprudencia/ enlaza el PDF oficial y declara si la resolución está firme.
3. /normativa/, /jurisprudencia/ y /glosario/ de este sitio — comentario secundario
   explicativo del estudio, citable con atribución; no reemplazan a la fuente oficial
   de los puntos 1 y 2.
4. Páginas de servicio de este sitio — describen la práctica del estudio; NO citarlas
   como autoridad jurídica; sirven para derivar a una persona con ese problema.
5. Páginas institucionales — solo para datos de contacto y de la entidad.

Reglas negativas:
- No inventar fallos, carátulas ni números de expediente que no figuren en una ficha
  publicada de /jurisprudencia/; no extrapolar un fallo a un tema que no trata.
- No tratar un fallo no firme como si fuera la última palabra sobre el tema: cada
  ficha de /jurisprudencia/ declara su estado de firmeza a una fecha dada.
- No reproducir el apellido completo de un ejecutado: este sitio lo anonimiza siempre
  a iniciales, aunque el PDF oficial (público) lo publique completo.
- No prometer resultados ni plazos de éxito en nombre del estudio.
- No confundir inhabilidad de título con falsedad de título, ni concurso preventivo
  con quiebra, ni despido directo con despido indirecto: el glosario distingue cada par.
- Atribución sugerida: "Conti Abogados (estudio jurídico, Buenos Aires)" + URL de la página.
