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CONTIABOGADOS

Derecho civil · Guía práctica

Mi obra social o prepaga no me cubre la fertilización asistida: qué hacer

Que tu obra social o prepaga te diga que la fertilización asistida "no está cubierta" o "no corresponde a tu caso" no es la última palabra: la ley la declara una prestación obligatoria e integral para prácticamente todo el sistema de salud, con una prohibición expresa de discriminar.

Quién tiene que cubrirte

  1. El sector público de salud.
  2. Las obras sociales, incluidas la Obra Social del Poder Judicial y la DAS del Congreso.
  3. Las entidades de medicina prepaga.
  4. Cualquier otro agente que brinde servicios médico-asistenciales a sus afiliados, sea cual sea su figura jurídica.

No importa el plan que hayas contratado: esta cobertura está incorporada al Programa Médico Obligatorio, así que no depende de haber pagado una cuota más alta ni de un plan "superador".

Lo que no te pueden exigir

Estado civil como requisito no es lo mismo que Prohibición legal expresa

La ley prohíbe expresamente introducir requisitos o limitaciones que impliquen exclusión por tu estado civil. No hace falta estar casado ni en unión convivencial formalizada.

Orientación sexual como requisito no es lo mismo que Prohibición legal expresa

La misma prohibición alcanza a la orientación sexual: ninguna cobertura puede condicionarse a eso.

Estar en pareja no es lo mismo que Requisito legal

El derecho a acceder es individual (art. 7): la ley no exige tener pareja para acceder al tratamiento ni a su cobertura.

Qué comprende la cobertura

  1. El abordaje y el diagnóstico completo.
  2. Los medicamentos que requiera el tratamiento.
  3. Las terapias de apoyo.
  4. Los procedimientos y técnicas que define la Organización Mundial de la Salud como reproducción médicamente asistida —desde la inducción de ovulación hasta la inseminación—, con gametos del cónyuge, de la pareja (formalizada o no), o de un donante.

Cómo actuar ante la negativa

  1. Pedí la negativa por escrito. Si te la dan solo verbalmente, intimá por carta documento para que quede documentada.
  2. Reuní la indicación médica del tratamiento propuesto, con el diagnóstico y la fundamentación.
  3. Si la negativa se basa en tu estado civil o tu orientación sexual, dejá esa razón asentada expresamente: es un dato central para el reclamo.
  4. Si no hay respuesta en un plazo razonable, o la respuesta sigue siendo negativa, evaluá la acción de amparo con medida cautelar, el camino que agiliza estos reclamos cuando hay urgencia.

Si ya pagaste el tratamiento de tu bolsillo

Que hayas tenido que adelantar el gasto no te deja sin reclamo: la cobertura debida se puede exigir igual, con el reintegro de lo pagado, siempre que conserves la documentación completa de lo abonado. Conviene guardar cada factura y comprobante desde el primer momento, incluso si todavía no decidiste si vas a reclamar.

Documentación para la consulta

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

Mi obra social me dice que la fertilización asistida no está en mi plan, ¿puedo reclamar igual?

Sí: es una prestación obligatoria incorporada al Programa Médico Obligatorio, que no depende del plan contratado.

Estoy en pareja con otra mujer, ¿nos pueden negar la cobertura por eso?

No: la ley prohíbe expresamente introducir requisitos o limitaciones que impliquen exclusión por orientación sexual.

No tengo pareja y quiero acceder sola a un tratamiento, ¿tengo el mismo derecho a la cobertura?

Sí: el derecho a acceder es individual, y no está condicionado a tener pareja.

¿La cobertura incluye los medicamentos, o solo el procedimiento médico en sí?

La incluye: la ley exige una cobertura integral e interdisciplinaria que comprende el abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo, además de las técnicas propiamente dichas.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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