«Necesito protección frente a una situación de violencia familiar»
El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar apenas conoce los hechos, sin esperar un juicio completo.
Área de práctica
Los problemas de familia son los únicos donde la contraparte va a seguir en tu vida: por los hijos, por los bienes o por la historia compartida. Por eso el área trabaja con una regla propia: acuerdos sostenibles primero, juicio cuando hace falta — y con toda la prueba. Esta página ordena las guías del área para que entres por tu situación.
El juez puede ordenar la exclusión del agresor del hogar apenas conoce los hechos, sin esperar un juicio completo.
El divorcio es incausado y no se puede negar: cómo es el trámite y qué se resuelve junto con él.
Cómo se fija, qué gastos cubre y qué hacer cuando no se paga.
Cuidado personal y régimen de comunicación: qué dice la ley y cómo se hace cumplir.
La compensación económica existe para ese desequilibrio, y caduca a los seis meses.
Qué derechos genera la unión convivencial y qué pasa con la vivienda si termina.
Reconocer un hijo, impugnar una paternidad que no corresponde, o reclamar la que falta: los tres trámites y sus plazos.
Si no firma o no aparece, existe la autorización judicial supletoria.
Propios, gananciales y por qué se reparte a la mitad sin importar quién aportó más.
Se puede elegir antes de casarse, y hasta cambiar después de un año de matrimonio.
El incumplimiento alimentario es delito desde 1950, sin necesidad de sentencia civil previa.
La adopción de integración tiene reglas propias, más simples que la adopción común.
Qué rol tiene tu pareja actual, y cuándo se puede privar a un progenitor de estos derechos.
Depende de dónde estaba: los padres, un tutor, o el colegio si estaba bajo su control.
Distinta del divorcio: las consecuencias dependen de si vos y tu cónyuge actuaron de buena fe.
No hay atajos privados: inscripción en el registro, guarda judicial de hasta seis meses, y juicio de adopción.
Hay un orden legal de quién paga primero, y podés compartir la carga si hay otro pariente en condiciones.
La vivienda familiar y ciertos bienes gananciales no se pueden vender sin la firma del otro cónyuge.
Abuelos, hermanos y hasta allegados sin parentesco tienen un derecho de comunicación propio, más allá del conflicto entre los padres.
El Convenio de La Haya hace casi automática la restitución si actuás dentro del primer año.
La falta de recursos económicos nunca justifica separar a un niño de su familia: la ley lo prohíbe expresamente.
Hace falta su conformidad expresa además de la de sus representantes; si un progenitor se niega, hay vía judicial sumarísima.
Las cuestiones de familia sin contenido patrimonial están exentas; la división de bienes del divorcio, no.
Adoptar al hijo del cónyuge o conviviente tiene reglas propias, más simples que la adopción común: sin registro de adoptantes ni guarda previa.
Padres mayores, hermanos o suegros pueden reclamarte alimentos si les faltan medios; hay un orden legal y podés compartir la carga con otros…
Alimentos de los hijos: hasta qué edad se deben, qué gastos cubren, cómo se fija el monto, y las herramientas concretas cuando el obligado no paga.
Si el otro progenitor no firma la autorización de viaje o no aparece, existe la vía judicial supletoria. Cómo se pide y qué prueba la sostiene.
No hay atajos privados: adoptar exige inscribirse en el registro, pasar por la guarda judicial y el juicio de adopción, con el interés del niño…
Si el divorcio o el fin de la convivencia te dejó en desequilibrio económico por haberte dedicado a la familia, hay compensación. Caduca a los 6…
Qué dice la ley sobre la tenencia (cuidado personal) de los hijos tras la separación, cómo se fija el régimen de visitas y qué hacer si no se cumple.
Los padres responden solidariamente, salvo que el chico estuviera al cuidado de otro (colegio, tutor). El colegio responde objetivamente y debe tener…
No pasar lo indispensable para la subsistencia de un hijo es delito, con o sin sentencia civil previa. Cuándo conviene la vía penal, además de la…
Qué bienes son propios, cuáles gananciales, desde qué fecha se cuentan y cómo se dividen al terminar el matrimonio, con el Código Civil y Comercial.
El divorcio es incausado y no puede negarse: qué es el llamado 'divorcio express', cuánto tarda, qué pasa con bienes, hijos y alimentos, y cómo…
La pobreza nunca justifica separar a un niño de su familia. Conocé qué es realmente una medida de protección y qué garantías tenés.
Exclusión del agresor del hogar, prohibición de acercamiento, alimentos y tenencia provisorios: el juez puede ordenarlo apenas conoce los hechos.
La vivienda familiar y ciertos bienes gananciales no se pueden vender ni gravar sin el asentimiento del otro cónyuge, sin importar a nombre de quién…
Abuelos, hermanos y otros parientes tienen derecho a comunicarse con un menor o una persona a cargo de otro, salvo oposición fundada en un perjuicio…
Si tu matrimonio se celebró con un impedimento, podés pedir su nulidad; las consecuencias dependen de si actuaste (o no) de buena fe.
Cómo reconocer a un hijo, cómo impugnar una paternidad que no es real y cómo reclamar la filiación cuando no hay reconocimiento voluntario.
Requiere la conformidad expresa del propio menor y de sus representantes; si un progenitor se niega, existe la vía judicial sumarísima.
Antes de casarte podés elegir separación de bienes en lugar de comunidad, y hasta cambiarlo después de un año de matrimonio. Cómo funciona.
Quién decide salud, educación y viajes de tus hijos, qué rol legal tiene tu pareja actual, y cuándo se puede privar a un progenitor de estos derechos.
Si tu hijo fue llevado o retenido en otro país sin tu consentimiento, el Convenio de La Haya permite pedir su restitución rápida.
Los juicios de alimentos y las cuestiones de familia sin contenido patrimonial están exentos de tasa de justicia: cuándo aplica esa exención, y…
Convivir en pareja sin casarse genera derechos y obligaciones concretas desde los dos años: qué protege la ley y qué conviene pactar por escrito.
Desde 2015 el Código Civil y Comercial cambió la lógica del conflicto familiar: el divorcio es incausado (no se discute quién tuvo la culpa), los hijos tienen derecho a mantener vínculo con ambos progenitores, y las cuentas económicas de la pareja se resuelven con herramientas específicas —alimentos, compensación económica, división de bienes según el régimen patrimonial—. Litigar «por bronca» sale caro y daña a los chicos; no litigar cuando corresponde también. Nuestro trabajo es ponerle números y plazos a cada camino para que decidas con información.
No. Desde 2015 el divorcio es un derecho de cualquiera de los dos: no exige causa, ni acuerdo, ni plazo mínimo de matrimonio. La otra parte puede discutir los efectos —alimentos, bienes, hijos— pero no puede impedir el divorcio en sí.
No necesariamente. El divorcio puede dictarse aunque queden discusiones abiertas sobre bienes, alimentos o compensación económica, que tramitan por su lado. De hecho, esa es la lógica del sistema: no atar la libertad personal a la pelea patrimonial.
Valen si se instrumentan bien: el convenio regulador se presenta con el divorcio y lo homologa el juez; los acuerdos de alimentos y comunicación también pueden homologarse. Un acuerdo homologado se ejecuta como una sentencia; un papel privado, no siempre.
La protección va primero: existen medidas urgentes —prohibición de acercamiento, exclusión del hogar— que se piden de inmediato ante el juez, con la denuncia como base. Después se ordena el resto. Si estás en riesgo ahora, llamá al 137 (línea nacional, gratuita, las 24 horas) o al 911.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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