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CONTIABOGADOS

Derecho empresarial · Servicio

Entretenimiento y eventos: contratos, cancelaciones, música y accidentes

Asesoramos y defendemos a organizadores, productoras, artistas, DJ, proveedores técnicos, dueños de locales y asistentes que tienen un conflicto vinculado a un evento o espectáculo. Más abajo están los casos que atendemos, lo que necesitamos de tu parte para analizar tu situación y cómo trabajamos.

  • 4 guías
  • CABA y Provincia de Buenos Aires

Qué casos atendemos

Atendemos a quienes organizan, contratan, prestan servicios o asisten a eventos y espectáculos, y tienen que armar un contrato, reclamar o defenderse.

Qué necesitamos para analizar tu caso

Con esto te decimos en la primera consulta qué reclamo tiene sustento, contra quién conviene dirigirlo y qué prueba falta reunir.

Lo que tenés que tener a mano

  • Contrato, presupuesto o cadena de mensajes donde se acordaron fecha, cachet, rider y condiciones del evento.
  • Comprobantes de pago: recibos, transferencias, facturas, seña, entradas y cargos de emisión.
  • Publicidad y comunicados del evento: anuncios, avisos de cancelación o reprogramación, capturas de la web y mails de la ticketera.
  • Intimación, carta documento o demanda recibida, con la fecha en que la recibiste, si el reclamo ya empezó.
  • Habilitación del local y datos de quién lo explotó en cada período, si se trata de un reclamo por música.
  • Denuncia, historia clínica y datos de testigos, si hubo un accidente o una agresión.

Si lo tenés, sumalo

  • Rider técnico y presupuesto del evento.
  • Póliza de seguro completa, no solo el certificado.
  • Fotos, videos y registros con fecha de lo ocurrido.
  • Libros contables y pagos anteriores a las entidades de música.

Si no tenés el contrato, mandanos los mensajes donde se acordó todo; las fotos legibles o los PDF por WhatsApp o correo alcanzan para empezar.

Cómo trabajamos tu caso

Ordenamos primero la prueba y el rol de cada interviniente, y recién después elegimos la vía.

  1. Relevamiento de lo acordado y lo ocurrido. Revisamos contrato, mensajes, comprobantes y comunicaciones para reconstruir qué se pactó, quién pagó y qué pasó en el evento.
  2. Definición de la pretensión y del responsable. Precisamos si se reclama cachet, devolución, rendición de cuentas, indemnización o una defensa, y contra quién conviene dirigirlo.
  3. Intimación, negociación o mediación. Enviamos la intimación por escrito y, cuando es posible, buscamos un acuerdo antes de ir a juicio.
  4. Demanda o defensa en el fuero que corresponda. Si no hay acuerdo, promovemos o contestamos la demanda ofreciendo la prueba que cada guía señala como decisiva, y controlamos el cumplimiento.

Las guías de este servicio

Elegí la guía que se parece más a tu situación; cada una explica qué analizan los tribunales y qué pruebas conviene reunir.

Todas las guías

4 guías

Entretenimiento y eventos, en corto

Un evento reúne a muchos actores con intereses distintos: el organizador, quien contrata al artista, la ticketera, los proveedores de sonido o de control de accesos, el dueño del lugar y el público. Casi todos los conflictos nacen de algo que no quedó por escrito, de una cancelación, de un cobro que reclaman las entidades de música o de una persona lastimada. En cada uno, la prueba que conserva cada parte decide el resultado.

Las cuatro guías de esta sección salen de fallos recientes de las Cámaras Comercial y Civil. No prometen un resultado: muestran qué analizan los jueces y qué documentación pesa en cada situación, tanto para quien organiza como para quien contrata, cobra, asiste o presta un servicio.

Contratar a un artista no es lo mismo que pagar por la música que suena

El contrato con un artista o DJ fija cachet, seña, rider técnico, cancelación y rendición de cuentas, y se trata en contrato con un artista o DJ. Lo que reclaman SADAIC, AADI y CAPIF por usar música en un local o evento es otro cobro, que se explica en música en mi evento o local.

Un evento que no se hace no es lo mismo que un evento que sale mal

Si se canceló o se reprogramó, el reclamo gira en torno a la devolución de entradas, señas y cargos, y está en se canceló el evento: quién paga. Si alguien se lastimó durante el espectáculo, el eje es el deber de seguridad del organizador y la prueba del hecho, en accidente en un evento.

Reclamar como organizador no es lo mismo que reclamar como asistente o proveedor

El organizador necesita documentar la causa de una cancelación y revisar su póliza; el asistente, conservar la entrada y la prueba de lo ocurrido; el proveedor, sus facturas y registros contables. Las guías de cancelación y de accidentes desarrollan cada posición.

Qué suele trabar los reclamos de eventos

En los fallos que repasan las guías, lo que hace perder o demorar un reclamo es sobre todo la falta de prueba o una decisión tomada sin documentar. Estos son los tropiezos más repetidos:

Quién puede responder según el caso

Un evento tiene una cadena de intervinientes y los reclamos no siempre apuntan a la misma persona. Según lo que cuentan las guías, la responsabilidad se analiza rol por rol y con la prueba de lo que hizo cada uno.

Otros servicios de Derecho empresarial

Preguntas frecuentes

¿Un acuerdo verbal con un DJ o un artista sirve si después hay un conflicto?

Puede servir, pero hay que probarlo. En un fallo de diciembre de 2025 no se reconoció un porcentaje pactado de palabra porque no había prueba documental, testimonial ni pericial. Con un cachet fijo conviene firmar recibo de cada pago y conservar tu copia. Más detalle en contrato con un artista o DJ.

Si pago a SADAIC, ¿ya puedo pasar música sin otro pago?

No. SADAIC gestiona los derechos de autores y compositores sobre la obra; AADI y CAPIF cobran los derechos de los artistas intérpretes y productores sobre la grabación. Son dos cobros distintos y pagar uno no te exime del otro. Lo explicamos en música en mi evento o local.

Se canceló el evento al que compré entradas: ¿me devuelven el dinero?

Depende de la causa y de lo que hayan ofrecido. Si hubo fuerza mayor, se analiza qué alternativas debían darte quienes vendieron; en un caso la agencia intermediaria fue condenada a devolver lo pagado por no gestionar opciones razonables. Reclamá por escrito al vendedor y al organizador. Ver se canceló el evento: quién paga.

Me lastimé en un espectáculo: ¿tengo que probar la culpa del organizador?

No, porque el organizador tiene una obligación de seguridad de resultado. Lo que sí tenés que probar es el hecho, que estabas en el evento y la relación con el daño; sin esa prueba la demanda se rechaza. Pedí asistencia, conservá la entrada y guardá la historia clínica. Ver accidente en un evento.

¿Puedo retener el pago a un proveedor si algo falló durante el show?

Solo si el incumplimiento es grave, actuás de buena fe y podés probarlo con elementos objetivos. En un caso de 2026 se condenó a pagar a la productora que retuvo el saldo por fallas en una puerta de acceso, porque el show se hizo con relativa normalidad. Ver retención del pago.

Me llegó un reclamo de una entidad de música: ¿qué hago?

Identificá quién reclama, por qué concepto y por qué período, juntá tu contabilidad y contestá en término. Dos de los fallos citados terminaron en condena con demandados rebeldes o con renuencia a mostrar los libros. Los pasos están en SADAIC, AADI y CAPIF.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

¿Querés que revisemos tu caso?

Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.

Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19. Atendemos casos que tramitan en la Argentina, aunque vivas afuera.