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Derecho de familia · Servicio

Violencia familiar y medidas de protección: denunciar o defenderte a tiempo

Acompañamos a personas que necesitan protección frente a la violencia dentro del grupo familiar y a quienes deben defenderse de una denuncia o de una medida de protección que afecta a un niño de su familia.

  • 2 guías
  • CABA y Provincia de Buenos Aires

Qué casos atendemos

Actuamos cuando hace falta protección inmediata o cuando una medida sobre un niño amenaza con separarlo de su familia.

Qué necesitamos para analizar tu caso

Con esto podemos orientarte sobre qué pedir primero y cómo presentarlo, sin que tengas que armar un expediente antes.

Lo que tenés que tener a mano

  • DNI tuyo y datos de la otra persona, con su domicilio y vínculo con vos
  • Relato ordenado por fechas de los hechos más graves y de los más recientes
  • Capturas de mensajes, audios o llamadas con amenazas o insultos, con fecha visible
  • Denuncias, exposiciones o actuaciones previas, policiales o judiciales, y medidas ya dictadas
  • Datos de los hijos que conviven o están involucrados, con sus edades

Si lo tenés, sumalo

  • Certificados médicos, fotos de lesiones o informes de atención psicológica
  • Nombres de testigos: vecinos, familiares, compañeros de trabajo
  • Si te notificaron una medida sobre tu hijo, la notificación completa y todo lo que recibiste del organismo

Si estás en riesgo ahora, escribinos primero y juntamos la documentación después. Mandanos fotos legibles o PDF por WhatsApp o correo. Si algo no lo tenés a mano, escribinos igual y te decimos cómo conseguirlo.

Cómo trabajamos tu caso

Lo primero es determinar el nivel de riesgo y qué hay que resolver ya.

  1. Escucha y evaluación del riesgo. Ordenamos tu relato y definimos qué medida es urgente y qué puede esperar.
  2. Reunión de la prueba. Revisamos mensajes, denuncias previas, certificados y testigos, y completamos lo que falte.
  3. Presentación ante el juzgado. Presentamos la denuncia, el pedido de medidas o la defensa que corresponda.
  4. Control de las medidas. Seguimos el cumplimiento de lo ordenado y pedimos su ajuste o su levantamiento según evolucione el caso.

Las guías de este servicio

Elegí la guía que corresponde a tu situación: pedir protección frente a la violencia o defenderte de una medida sobre tu hijo.

Todas las guías

2 guías

Violencia familiar y medidas de protección, en corto

Podés denunciar el maltrato físico o psíquico de un integrante de tu grupo familiar, de forma verbal o escrita, directamente ante el juez con competencia en asuntos de familia. No hace falta reunir antes un expediente de pruebas: el proceso reúne los elementos con un diagnóstico interdisciplinario de peritos. Ver medidas de protección contra la violencia familiar.

Apenas conoce los hechos, el juez puede ordenar la exclusión del agresor, la prohibición de acercamiento, el reintegro al hogar y alimentos, cuidado de los hijos y comunicación provisorios. Dentro de las 48 horas de adoptadas las medidas cautelares convoca a una audiencia con las partes y el ministerio público. La protección alcanza también a la convivencia sin matrimonio.

Del otro lado está el niño que corre riesgo de ser separado de su familia. La falta de recursos económicos nunca es motivo válido para separarlo ni para institucionalizarlo, y la separación solo procede como medida excepcional, con notificación judicial en 24 horas y control de legalidad en 72 horas. Ver si te amenazan con una medida de protección sobre tu hijo.

Si hay peligro inmediato

El 911 o la línea 144 van antes que cualquier trámite. Después, la denuncia ante el juez de familia.

Qué suele trabar estos casos

Medida cautelar no es lo mismo que sentencia definitiva

Las medidas de protección contra la violencia familiar son provisorias, pensadas para actuar rápido; el proceso de fondo sigue su propio curso. Ver medidas de protección contra la violencia familiar.

Medida de protección ordinaria no es lo mismo que separación del niño de su familia

La gran mayoría de las medidas buscan que el niño permanezca con su familia; la separación solo es posible como medida excepcional. Ver medida de protección sobre tu hijo.

Grupo familiar no es lo mismo que solo matrimonio

La protección alcanza también a las uniones de hecho, sin exigir un vínculo matrimonial formal. Ver medidas de protección contra la violencia familiar.

Los errores se repiten. Esperar a tener pruebas suficientes demora la protección, y la ley no lo exige para dar el primer paso. Enfrentar solo una situación de riesgo inmediato tampoco ayuda. Y, frente a una medida excepcional, dejar pasar la notificación en 24 horas o el control de legalidad en 72 horas hace perder garantías concretas. Ver si te amenazan con una medida sobre tu hijo.

Qué documentación juntar

Para denunciar violencia, la documentación ayuda pero no es un requisito para empezar. Para defenderte de una medida sobre tu hijo, en cambio, conviene pedir por escrito el fundamento exacto de la medida y conservar toda comunicación con fecha.

Más detalle en medidas de protección contra la violencia familiar y en medida de protección sobre tu hijo.

Otros servicios de Derecho de familia

Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado para hacer la primera denuncia?

No: la ley permite hacerla verbalmente ante el juez de familia. El asesoramiento ayuda a que el pedido incluya todo lo relevante desde el inicio. Ver medidas de protección contra la violencia familiar.

Convivo sin estar casada, ¿la ley me protege igual?

Sí: el grupo familiar protegido incluye expresamente las uniones de hecho. Ver medidas de protección contra la violencia familiar.

¿Qué pasa con mis hijos mientras se resuelve la situación?

El juez puede decretar de forma provisoria alimentos, cuidado de los hijos y régimen de comunicación, para que esos aspectos no queden sin resolver. Ver medidas de protección contra la violencia familiar.

Me dijeron que por no poder pagar el alquiler podrían institucionalizar a mi hijo, ¿es legal?

No. La ley prohíbe que la falta de recursos materiales se use como fundamento para separar a un niño de su familia; corresponde acceder a programas de apoyo. Ver medida de protección sobre tu hijo.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

¿Querés que revisemos tu caso?

Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.

Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19. Atendemos casos que tramitan en la Argentina, aunque vivas afuera.