«Un familiar necesita ayuda para tomar decisiones»
El sistema de apoyos y, solo como excepción, la incapacidad con curador.
Derecho civil · Área de práctica
Cuando una adicción, una alteración mental o el deterioro cognitivo de la vejez le complican a alguien manejar su vida o sus bienes, la primera pregunta que surge en la familia suele estar mal planteada: "¿cómo lo declaramos incapaz?". Desde 2015 el Código Civil y Comercial invirtió esa lógica: la incapacidad total es la excepción extrema, y la herramienta central es un sistema de apoyos que preserva la autonomía de la persona en todo lo que pueda seguir decidiendo por sí misma.
El viejo régimen de "insania" y curatela total desapareció. Hoy la capacidad se presume siempre, y cualquier restricción debe ser específica (para determinados actos, no en bloque), proporcional, y acompañada de un proceso judicial con garantías propias: intervención interdisciplinaria, derecho a ser informado y a participar con abogado, y la búsqueda constante de la alternativa menos restrictiva posible. La incapacidad plena, con designación de curador, queda reservada a los casos donde la persona está absolutamente imposibilitada de interactuar con su entorno y el sistema de apoyos resulta inútil.
El sistema de apoyos y, solo como excepción, la incapacidad con curador.
Cómo se pide la restricción de la capacidad de una persona, qué es el sistema de apoyos, cuándo corresponde la incapacidad total y cómo se inicia el…
Un pedido mal planteado desde el inicio —por ejemplo, solicitar directamente la incapacidad total sin haber evaluado el sistema de apoyos, o presentar un solo informe médico sin la mirada interdisciplinaria que la ley exige— puede demorar meses el resultado, o terminar en una sentencia que no protege realmente a la persona en los actos donde existe riesgo real. La estrategia correcta empieza por identificar con precisión qué actos concretos generan el problema (administrar una cuenta, disponer de un inmueble, firmar contratos) y qué nivel de acompañamiento resuelve ese problema puntual sin avanzar sobre esferas de la vida de la persona que no están en discusión. Esto no es solo una cuestión de forma: una sentencia bien delimitada facilita la vida cotidiana de la persona protegida, mientras que una restricción genérica y mal fundada termina generando más conflictos de los que resuelve, tanto dentro de la familia como frente a bancos, escribanos y otras instituciones que deben verificar los alcances exactos de lo resuelto judicialmente.
La ley no habilita ese pedido en bloque como primer paso: hay que evaluar primero si el sistema de apoyos alcanza para los actos concretos que generan riesgo (por ejemplo, la administración de ciertos bienes), reservando la incapacidad total para los casos más extremos.
Sí, y la propia persona sobre la que se pide la restricción tiene derecho a su propia asistencia letrada durante todo el proceso, proporcionada por el Estado si no tiene medios para pagarla.
Sí: la ley prevé expresamente que, desaparecidas las restricciones, se cancela la inscripción registral, y en el caso de la inhabilitación, su cese se decreta tras un nuevo examen interdisciplinario.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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