Migraciones · Servicio
Residencia y regularización: denegatoria, expulsión y reunificación familiar
Acompañamos a extranjeros que tienen una residencia denegada, cancelada o demorada, una orden de expulsión, o que necesitan invocar a su familia para quedarse. Los plazos son cortos, así que más abajo ordenamos las tres guías de la sección, lo que necesitamos de tu parte y cómo trabajamos.
- 3 guías
- CABA y Provincia de Buenos Aires
Qué casos atendemos
Atendemos desde la denegatoria de una radicación hasta la orden de expulsión, con los recursos administrativos y la revisión judicial.
- Residencia denegada por la Dirección Nacional de MigracionesIdentificamos la causal invocada, recurrimos en término con la prueba nueva y evaluamos el recurso judicial directo dentro del plazo.
- Trámite de radicación demorado: amparo por moraDejamos constancia de la demora con un pronto despacho y evaluamos el amparo por mora para que Migraciones resuelva.
- Recurso administrativo vencido o presentado sin firmaRevisamos fechas de notificación y firmas para ver qué quedó abierto, qué se puede subsanar y qué vía queda disponible.
- Cancelación de una residencia ya otorgada por una condenaAnalizamos la norma aplicable al momento de cada acto y planteamos la dispensa por razones humanitarias o familiares.
- Orden de expulsión y recurso judicial directoDiscutimos la causal y la motivación de la decisión, y presentamos el recurso judicial dentro del plazo del artículo 84.
- Expulsión por ingreso eludiendo los controles migratoriosEvaluamos la causal invocada y pedimos que se examine la dispensa cuando hay familia, como el nacimiento de un hijo.
- Dispensa por reunificación familiar con hijos o pareja argentinosReunimos la prueba de convivencia, interés afectivo y económico y la presentamos ante Migraciones, que es donde se decide la dispensa.
- Nueva evaluación ante un hecho familiar posterior a la decisiónAcompañamos ante la DNM la prueba de un hijo nacido o una situación nueva, cuando la decisión anterior ya quedó firme.
Qué necesitamos para analizar tu caso
Con estos documentos te decimos en la primera consulta en qué etapa estás, qué plazos hay que mirar y qué vía corresponde.
Lo que tenés que tener a mano
- Disposición o resolución de Migraciones, completa, con todas sus páginas.
- Cédula o constancia de notificación con la fecha de recepción y el domicilio donde se notificó.
- Recursos ya presentados y las respuestas, con el comprobante de la fecha de ingreso.
- Tu DNI o pasaporte y la constancia de tu residencia actual, precaria o permanente.
- Documentos del grupo familiar: partidas de nacimiento o matrimonio y DNI de familiares argentinos o residentes.
Si lo tenés, sumalo
- Certificados de convivencia, de escolaridad de los hijos y de trabajo.
- Informes sociales o socio-ambientales, si existen.
- Comprobantes de aportes económicos al hogar, como cuota alimentaria o gastos compartidos.
- Sentencia penal con fecha de firmeza y cumplimiento, si hay una condena.
- Historia clínica, si hay razones humanitarias de salud.
Si no tenés alguna constancia, decinos cuál falta; enviá fotos legibles o PDF por WhatsApp o correo, empezando por la disposición y su notificación.
Cómo trabajamos tu caso
Empezamos por los plazos y por la causal, porque de ahí depende qué se puede hacer.
- Control de plazos y notificación. Fijamos la fecha de notificación, contamos los plazos de cada recurso y vemos qué vía sigue abierta.
- Análisis de la causal y de la dispensa. Revisamos qué norma se aplicó y si Migraciones analizó el vínculo familiar o las razones humanitarias.
- Recursos y prueba familiar. Presentamos los recursos firmados y en término, con la prueba de convivencia, aporte económico y arraigo en el expediente administrativo.
- Revisión judicial o amparo. Si corresponde, llevamos el caso al juez con el recurso del artículo 84 o con el amparo por mora, y controlamos las notificaciones.
Las guías de este servicio
Elegí la guía según el punto del trámite en el que estás: una denegatoria, una orden de expulsión o la prueba del vínculo familiar.
Residencia
3 guías- Me negaron la residenciaDenegatoria de radicación: plazos, recursos ante Migraciones, amparo por mora y revisión judicial, con fallos de la Cámara Contencioso Administrativo Federal.
- Cancelación de residenciaSi cancelaron tu residencia o ordenaron tu expulsión: plazos, dispensa por reunificación familiar y recurso judicial, con fallos recientes de la Cámara.
- Reunificación familiarCuándo la familia argentina o residente permite una dispensa migratoria, qué debés probar del vínculo y cómo lo vienen resolviendo los tribunales.
El trámite migratorio y la vía judicial, en general
Las decisiones sobre residencia las toma la Dirección Nacional de Migraciones. Si son desfavorables, se discuten primero ante el propio organismo y, agotada esa instancia, ante la justicia. Cada etapa tiene sus plazos, por eso lo primero que revisamos es la fecha de notificación y el estado del expediente.
La sección tiene una guía por cada situación: residencia denegada, cancelación y expulsión y reunificación familiar, que es el argumento que más se usa en ambas.
La ciudadanía sigue otro camino y otro fuero, y está en su propia sección.
Qué guía corresponde a tu situación
Denegatoria de radicación no es lo mismo que expulsión o cancelación
Si Migraciones rechazó tu pedido o tarda en resolver, la guía de residencia denegada ordena recursos, amparo por mora y revisión judicial. Si ya cancelaron una residencia otorgada o dictaron la expulsión, se aplica cancelación y expulsión.
Causal no es lo mismo que dispensa
Discutir que la causal está mal aplicada es un planteo; pedir que se te exceptúe por tu familia es otro. La prueba del vínculo, la convivencia y el aporte económico se desarrollan en la guía de reunificación familiar.
Ciudadanía no es lo mismo que residencia
La Cámara sostuvo que los reclamos por el DNU 366/2025 sobre ciudadanía corresponden a la justicia civil y comercial federal, no a la contencioso administrativa. Elegir mal el fuero cuesta meses; para ciudadanía, ver esa sección.
Qué hace perder un recurso migratorio
La Cámara Contencioso Administrativo Federal controla la motivación de la decisión de la DNM, pero no perdona los errores de forma. Estos son los que más se repiten en las tres guías:
- Recurrir fuera de plazo. Un recurso administrativo tardío no agota la vía, aunque Migraciones lo trate como denuncia de ilegitimidad, y el juez no entra al fondo (doctrina Gorordo Allaria de Kralj, ver residencia denegada).
- Presentar sin firma o sin poder. Recursos sin la firma de los interesados fueron archivados pese a la intimación a subsanar.
- Traer a la familia recién ante el juez. Un planteo familiar que aparece por primera vez en sede judicial se desestima; hay que presentarlo ante Migraciones, como se explica en reunificación familiar.
- Suponer que el vínculo alcanza. Tener un hijo argentino no vuelve automática la dispensa: la decide la DNM, en cada caso y con resolución fundada.
- No conservar el comprobante de presentación digital. Sin fecha cierta de ingreso, la Cámara estuvo a lo que surgía de las constancias.
Si cambia tu situación después de la decisión, por ejemplo con el nacimiento de un hijo, la Cámara dejó abierta la posibilidad de volver a la DNM con esa prueba nueva. Eso no reabre el plazo del recurso judicial contra el acto anterior, como se ve en cancelación y expulsión.
Otros servicios de Migraciones
Preguntas frecuentes
¿Puedo ir directo a un juez sin recurrir ante Migraciones?
En general no: primero hay que agotar la vía administrativa y recién después se presenta el recurso judicial directo del artículo 84, que tiene plazo propio. Un recurso presentado fuera de término no agota la vía. El camino completo está en la guía de residencia denegada.
¿Qué pasa si Migraciones tarda años en resolver?
Existe el amparo por mora, que obliga a la administración a pronunciarse, no a conceder lo pedido. Un pronto despacho previo deja constancia de la demora. En un caso de 2026 la Cámara confirmó la mora de la DNM; ver qué resolvió la Cámara.
¿Tener un hijo argentino me garantiza la residencia o frena la expulsión?
No es automático. La dispensa por reunificación familiar la otorga la DNM en cada caso, con resolución fundada y de interpretación restrictiva, y exige acreditar la convivencia y el interés afectivo y económico del grupo. Lo desarrollamos en reunificación familiar.
¿Qué pasa si presenté el recurso fuera de plazo?
La Cámara confirmó en varios casos que la instancia judicial no estaba habilitada por haberse presentado vencido el plazo del artículo 84, incluso con hijos menores involucrados. Por eso conviene contar los días desde la notificación; ver cancelación y expulsión.
¿Una condena penal impide siempre quedarme en el país?
No siempre. La Ley 25.871 prevé causales ligadas a condenas, y el último párrafo del artículo 29 permite a la DNM admitir excepcionalmente a la persona por razones humanitarias o de reunificación familiar. Hay exclusiones según el tipo de delito, que se detallan en esta guía.
¿Sirve el amparo si me denegaron una visa para mi familia?
Depende. En un caso de 2026 se rechazó el amparo contra la negativa consular de visas a la esposa y al hijo de un residente, y el tribunal tuvo en cuenta que seguían abiertos recursos administrativos. Conviene analizar cada vía; ver residencia denegada.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
¿Querés que revisemos tu caso?
Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.
Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19. Atendemos casos que tramitan en la Argentina, aunque vivas afuera.