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CONTIABOGADOS

Área de práctica

Derecho societario: sociedades, socios y asambleas

Una sociedad bien armada es un límite de responsabilidad y una máquina de tomar decisiones; una mal armada es un juicio en cámara lenta entre socios. El área societaria del estudio cubre el ciclo completo: elegir la figura y constituirla, documentar los acuerdos entre socios, atravesar los conflictos internos y responder cuando se discute la responsabilidad de quienes administran.

Elegí tu situación

Guías del área

Aportes en especie

Cómo se valúa un aporte en especie, cómo impugnar esa valuación en 5 días, y qué pasa si el bien aportado tenía un vicio de título.

Derecho de preferencia societario

Si la sociedad emite nuevas acciones, tenés derecho a suscribirlas en proporción a tu tenencia, y a reclamar si te dejaron afuera del aumento.

Veedor o interventor judicial

Si sospechás manejo opaco de la caja o vaciamiento mientras se resuelve el conflicto de fondo, hay cautelares societarias: veedor, interventor y…

Cesión de cuotas sociales

Las cuotas de una SRL son libremente transmisibles salvo pacto en contrario, pero exigen pasos formales y pueden estar sujetas a preferencia de…

Conflictos entre socios

Te excluyen de las decisiones, no ves los números o el negocio se maneja a tus espaldas: los derechos del socio y las salidas legales del conflicto.

Constituir una sociedad

Qué figura conviene según tu negocio, qué cambia en responsabilidad y costos, y las cláusulas del estatuto que evitan los pleitos más comunes.

Derecho de receso

Si votaste en contra (o estuviste ausente) de un cambio estructural en tu sociedad, podés separarte con reembolso de tus acciones. Plazos de 5 o 15…

Disolución de la sociedad

Las nueve causales que disuelven una sociedad, la pérdida de capital suspendida desde 2019, y la transformación automática si queda un solo socio.

ON en dólares: pago en pesos

Si pactaste el pago exclusivamente en moneda extranjera, la facultad general de liberarse pagando en pesos no se aplica a tu emisión.

Exclusión de socio

La ley permite excluir a un socio por justa causa, con un plazo de 90 días y consecuencias económicas precisas. Cómo se hace, y qué corresponde…

Fiscalización estatal de la SA

Oferta pública, capital elevado, participación estatal o ser unipersonal activan el control permanente; el resto de las SA tienen fiscalización…

Cooperativa vs. sociedad comercial

Un solo voto por asociado, sin importar el capital aportado: la cooperativa tiene una lógica de gobierno y reparto distinta a la de una SA o SRL.

Programa de integridad

Es condición obligatoria para contratar con el Estado en contratos grandes, y puede eximir a tu empresa de responsabilidad penal si ocurre un delito.

Impugnar una asamblea

Asambleas mal convocadas, mayorías violadas o decisiones abusivas: causales de impugnación, el plazo de tres meses y las medidas para frenar efectos.

Investigación penal empresaria

Un empleado cometió cohecho u otro delito a nombre de tu empresa: si te autodenunciás a tiempo, podés quedar exenta de pena bajo 3 condiciones.

Reconstrucción de libros societarios

Sin libros societarios la sociedad no puede registrar transferencias ni celebrar asambleas válidas. Cómo se cancelan y reconstruyen judicialmente.

Reclamo de retorno cooperativo

El retorno se calcula según el uso real del servicio, con un orden legal de destinos previos: reserva, fondo asistencial y educación cooperativa.

Reorganización societaria

Transformar el tipo social, fusionar con otra empresa o dividir el patrimonio en sociedades nuevas: tres caminos distintos, sin liquidar la sociedad.

Reparto de dividendos

Los dividendos solo salen de ganancias reales y líquidas de un balance aprobado. Fuera de esa regla, distribuirlos genera responsabilidad personal.

Represalias al socio minoritario

Ejerciste tu derecho de información y la mayoría te cortó beneficios de hecho como castigo. El conflicto societario no habilita represalias: cómo se…

Responsabilidad de administradores

Gerentes y directores responden por mal desempeño, ley violada y daños: los estándares de los arts. 59 y 274 LGS, cómo se demanda y cómo se defiende.

Sindicatura de la SA

Las SA del art. 299 deben tener síndico colegiado; el resto puede prescindir si el estatuto lo prevé. Requisitos, atribuciones y responsabilidad del…

Sociedad extranjera en Argentina

Un acto aislado no exige trámite, pero la actividad habitual sí requiere inscripción, contabilidad separada y un representante responsable.

Socio que no integró su aporte

El socio que no aporta lo comprometido entra en mora automáticamente, sin necesidad de intimación, y responde por daños e intereses.

Venta de acciones trabada

Querés vender tu participación y el estatuto o los otros socios te ponen trabas indefinidas. Los límites legales a esas restricciones y cómo…

Negocio con un socio sin formalizar

Un negocio compartido sin contrato inscripto igual tiene régimen legal propio: la sociedad simple, con reglas sobre responsabilidad y disolución.

La regla que ordena la materia

La Ley General de Sociedades (19.550) arma un equilibrio de tres piezas: los socios deciden en asamblea o reunión de socios, los administradores gestionan con la diligencia de un «buen hombre de negocios» (artículos 59 y 274), y la personalidad jurídica separa el patrimonio social del personal — separación que se pierde cuando la sociedad se usa para fines extrasocietarios o como pantalla (artículo 54, tercer párrafo). Casi todos los conflictos societarios son una de estas tres piezas fallando: decisiones tomadas sin las mayorías o las formas debidas, administradores que confunden la caja de la sociedad con la propia, o terceros y socios que buscan perforar la separación patrimonial.

Qué suele trabar los casos societarios

Documentación base para una consulta societaria

Preguntas frecuentes

¿La consulta societaria es solo para empresas grandes?

Al revés: los conflictos más duros se ven en sociedades chicas y familiares, donde no hay protocolos ni mayorías claras y todo dependía de la confianza. Cuanto más chica la sociedad, más importa el papel bien escrito.

¿Qué diferencia hay entre un conflicto societario y uno comercial común?

El societario se rige por la Ley 19.550 y se juega adentro de la sociedad: asambleas, libros, mayorías, derechos del socio. Tiene herramientas propias —impugnación, intervención judicial, exclusión— y plazos de caducidad cortos que un pleito comercial común no tiene.

Mi socio maneja todo y no me muestra los números, ¿puedo hacer algo?

Sí. El socio tiene derecho de información y herramientas para ejercerlo, que van desde el pedido formal de exhibición de libros hasta medidas judiciales. El camino concreto depende del tipo social y de tu participación: está explicado en la guía de conflictos entre socios.

¿Hacen el trámite de inscripción ante la IGJ?

Sí, la constitución se lleva de punta a punta: redacción del estatuto a medida, inscripción ante la Inspección General de Justicia y los registros fiscales, y los libros iniciales. El detalle está en la guía de constitución de sociedades.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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