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CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Guía práctica

Implementar un programa de integridad en mi empresa

Un Programa de Integridad bien diseñado no es solo un documento para mostrar: es la pieza que puede determinar si tu empresa puede contratar con el Estado, y si queda exenta de responsabilidad penal si algún día ocurre un delito.

Los tres elementos mínimos obligatorios

  1. Código de ética o de conducta (o políticas y procedimientos de integridad) aplicables a todos los directores, administradores y empleados, sin importar el cargo.
  2. Reglas y procedimientos específicos para prevenir ilícitos en licitaciones, contratos administrativos, y cualquier interacción con el sector público.
  3. Capacitaciones periódicas sobre el programa, dirigidas a directores, administradores y empleados.

Los elementos que lo fortalecen

  1. Análisis periódico de riesgos, con la consecuente adaptación del programa.
  2. Apoyo visible de la alta dirección y gerencia.
  3. Canales internos de denuncia, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos.
  4. Protección de denunciantes contra represalias.
  5. Un sistema de investigación interna, con sanciones efectivas frente a violaciones del código.
  6. Verificación de la integridad de terceros y socios de negocios: proveedores, distribuidores, agentes.
  7. Debida diligencia en procesos de transformación societaria y adquisiciones.
  8. Monitoreo y evaluación continua de la efectividad del programa.
  9. Un responsable interno a cargo del desarrollo, coordinación y supervisión.

Por qué el tamaño de tu empresa importa

Programa proporcional al riesgo no es lo mismo que Programa genérico de manual

La ley exige que el programa guarde relación con los riesgos propios de tu actividad, tu dimensión y tu capacidad económica. Un programa desproporcionado (por exceso o por defecto) no cumple el estándar legal.

Programa en papel no es lo mismo que Programa efectivo

Un documento archivado que nadie aplica no es lo mismo que un sistema de control real. La diferencia importa especialmente si algún día tu empresa necesita invocarlo para una exención de pena.

Cuándo se vuelve obligatorio, no solo recomendable

Si tu empresa contrata (o aspira a contratar) con el Estado nacional en contratos de gran envergadura —los que por su monto requieren aprobación de rango ministerial, o los de obra pública, concesión y licencia de servicios públicos—, el Programa de Integridad deja de ser una decisión optativa: es una condición necesaria para poder contratar.

Un dato que conecta el programa con la graduación de la pena

Aunque tu empresa no llegue a cumplir las tres condiciones de la exención total, un programa de integridad real sigue jugando a favor: entre los factores que el juez evalúa para graduar la pena están el incumplimiento de reglas internas, la omisión de vigilancia y el comportamiento posterior al hecho —todos aspectos donde un programa efectivo, aunque no haya sido suficiente para evitar el delito, deja mejor parada a la empresa que la ausencia total de controles.

Documentación para la consulta

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

¿Cualquier empresa está obligada a tener un programa de integridad?

No en general: la ley lo plantea como algo que las empresas pueden implementar, salvo que aspiren a contratar con el Estado nacional en operaciones de gran envergadura, donde se vuelve condición necesaria.

Ya tenemos un código de ética corporativo, ¿alcanza con eso?

Depende de si cubre específicamente los tres elementos mínimos: código de ética, reglas para licitaciones y contrataciones públicas, y capacitaciones periódicas. Conviene revisarlo contra esos tres puntos.

¿El programa tiene que ser igual de robusto para una pyme que para una multinacional?

No: la ley exige proporcionalidad con el riesgo, la dimensión y la capacidad económica de cada empresa.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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Derecho societario

Constitución de sociedades, conflictos entre socios, impugnación de asambleas y responsabilidad de administradores. Guías del área societaria.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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