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CONTIABOGADOS

Derecho societario · Administradores, control y cumplimiento · Tema

Administradores, síndicos y control de la sociedad: responsabilidades y reglas

Este tema reúne las reglas sobre quién administra y quién controla una sociedad: la responsabilidad personal de gerentes y directores, la sindicatura, el control del Estado sobre las sociedades anónimas y qué hacer cuando se pierden los libros. Sirve tanto a quien sufrió una gestión dañina como a quien administra y quiere protegerse.

  • 4 guías
  • CABA y Provincia de Buenos Aires

Las guías

Elegí la guía según el problema: responsabilidad personal, sindicatura, control estatal o libros perdidos.

Qué casos atendemos

Los casos sobre quién administra y quién controla la sociedad que tomamos desde ambos lados.

Qué necesitamos para analizar tu caso

Con esto evaluamos si hay acción contra el administrador o defensa para él, y qué papeles faltan reconstruir.

Lo que tenés que tener a mano

  • Estatuto y acta de designación de la persona cuestionada, con su aceptación del cargo
  • Actas que muestren la decisión o la omisión: quién propuso, quién votó y quién protestó
  • Estados contables de los ejercicios en que ocurrió el hecho
  • Pruebas del daño: facturas, transferencias, contratos o balances que muestren la pérdida y su vínculo con el acto

Si lo tenés, sumalo

  • Informes del síndico o de la auditoría, si existen
  • Constancia de que reclamaste o protestaste en su momento
  • Denuncia y listado de libros, en caso de pérdida o robo

Si algo falta, mandá lo que tengas: con fotos legibles o PDF por WhatsApp o correo ya podemos empezar a mirar el caso.

Quién administra, quién controla y quién responde

Administrar una sociedad es un cargo con un estándar legal de conducta: la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios. Los gerentes de SRL y los directores de SA responden con su patrimonio personal por mal desempeño, por violar la ley, el estatuto o el reglamento y por daños causados con dolo, abuso de facultades o culpa grave. El desarrollo completo está en responsabilidad de administradores.

El control tiene dos planos. Hacia adentro, la sindicatura fiscaliza la administración con atribuciones concretas y responde ilimitada y solidariamente si incumple. Hacia afuera, la fiscalización estatal vigila de forma permanente a las SA que caen en alguno de los siete supuestos del art. 299, y de forma limitada al resto.

Los libros societarios son el cuarto elemento. El libro de actas y el registro de acciones, o el libro de socios en la SRL, prueban quién es socio y qué se decidió. Si se pierden o se roban, la sociedad queda bloqueada y la salida es la reconstrucción por orden judicial, que explica la guía de reconstrucción de libros societarios.

Qué guía corresponde a cada situación

Mal resultado no es lo mismo que mala gestión

Los negocios pueden salir mal sin que nadie responda. Lo que la ley castiga es decidir sin informarse, en conflicto de interés o contra la ley. Si querés reclamar o defenderte, el punto de partida es responsabilidad de administradores.

Fiscalización privada no es lo mismo que fiscalización estatal

El síndico es un control interno, ejercido por profesionales que designan los accionistas: ver sindicatura de la SA. La autoridad de contralor es externa y su alcance depende del régimen: ver fiscalización estatal de la SA.

Libro perdido no es lo mismo que sociedad sin historia

La pérdida del soporte no borra quién era socio ni qué se decidió. La prueba se reconstruye con otros medios y con intervención judicial, según reconstrucción de libros societarios.

Estas guías se cruzan con frecuencia. Para demandar a un administrador hacen falta papeles contables que a veces están en los libros perdidos, y un síndico que no informó a la asamblea puede terminar compartiendo la responsabilidad con los directores cuando el daño no se habría producido si hubiera controlado como correspondía.

Qué suele trabar estos casos

En las acciones de responsabilidad, el error más caro es elegir mal la vía. El daño a la sociedad se reclama con la acción social, y el socio o tercero perjudicado directamente en su patrimonio tiene la acción individual del artículo 279. Para el acreedor, una deuda impaga de la SRL no alcanza para ir contra el gerente: hacen falta maniobras como el vaciamiento o la insolventación. Ver responsabilidad de administradores.

Del lado del administrador, lo que protege es la documentación. El director que dejó constancia escrita de su protesta y dio noticia conforme a la ley puede quedar fuera de la condena solidaria. También ayuda abstenerse e informar por escrito cuando un tema lo toca personalmente, y cerrar su paso por el cargo con renuncia inscripta e inventario de la documentación.

En la sindicatura, la traba habitual es no verificar si la SA está comprendida en el art. 299, porque de eso depende que la sindicatura sea obligatoria y colegiada o pueda omitirse si el estatuto lo prevé. Otra es designar a quien tiene una incompatibilidad, como un cónyuge o pariente de un director. Los requisitos están en sindicatura de la SA.

En la fiscalización estatal, la calificación no se hace una vez y para siempre: un aumento significativo del capital o la entrada en un grupo económico pueden cambiar el régimen. Y en la reconstrucción de libros, el error típico es seguir operando como si nada hubiera pasado, sin dejar constancia de la situación. Ver fiscalización estatal de la SA y reconstrucción de libros societarios.

Qué documentación juntar

Todos los casos de este tema parten del estatuto o contrato social con sus reformas y de los estados contables del período. A partir de ahí, cada situación pide algo distinto.

Preguntas frecuentes

Soy director «de nombre» y no manejo nada, ¿respondo igual?

El cargo formal genera deberes reales y la pasividad no exime. La protesta documentada, en cambio, sí puede hacerlo. Lo desarrolla responsabilidad de administradores.

Mi SA no cotiza en bolsa ni tiene capital elevado, ¿necesito síndico?

No necesariamente. Si no está en ninguno de los siete supuestos del art. 299, podés prescindir de la sindicatura, siempre que el estatuto lo prevea expresamente. Ver sindicatura de la SA.

¿Se puede remover al síndico sin invocar una causa?

En principio sí: la asamblea puede revocar su mandato sin causa, salvo que se oponga el 5% del capital social. Los detalles están en sindicatura de la SA.

Mi SA no tiene fiscalización permanente, ¿está fuera del control estatal?

No del todo. Conserva una fiscalización limitada al contrato constitutivo, sus reformas y las variaciones de capital, y la autoridad puede intervenir en un caso puntual y sancionar violaciones. Ver fiscalización estatal de la SA.

Se perdieron los libros de la sociedad, ¿alcanza con comprar uno nuevo y anotar lo que recordamos?

No con garantías suficientes. Un libro rehecho a mano, sin intervención judicial, es fácilmente impugnable. Lo primero es denunciar el extravío o el robo y juntar la prueba indirecta, como se explica en reconstrucción de libros societarios.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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