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CONTIABOGADOS

Derecho empresarial · Servicio

Emprendedores y startups: sociedad, socios, inversión y tecnología

Acompañamos a quienes arman un emprendimiento y a quienes ya tienen un conflicto dentro de él: elegir y constituir la sociedad, dejar por escrito el acuerdo entre cofundadores, ordenar una ronda de inversión o recuperar el código de una app. Más abajo están los casos que atendemos, lo que necesitamos de tu parte y cómo trabajamos.

  • 4 guías
  • CABA y Provincia de Buenos Aires

Qué casos atendemos

Tomamos casos de quien está armando su emprendimiento y de quien ya enfrenta un conflicto con socios, inversores o proveedores de tecnología.

Qué necesitamos para analizar tu caso

Con estos documentos te decimos en la primera consulta qué figura, qué acuerdo o qué reclamo corresponde, y qué prueba falta.

Lo que tenés que tener a mano

  • Estatuto o contrato social inscripto, con las actas de asamblea o de reunión de socios.
  • Composición del capital: libro de registro de acciones o cuotas, o el detalle de quién tiene qué porcentaje.
  • Pacto o convenio de socios, term sheet o acuerdo de inversión, aunque sea un borrador.
  • Comprobantes de aportes y pagos: transferencias con fecha, monto y cuenta de origen y destino.
  • Correos, mensajes y presupuestos donde se acordó el encargo, la inversión o el reparto de funciones.
  • Facturas emitidas por proveedores o por la sociedad, con sus pagos.

Si lo tenés, sumalo

  • Balances recientes y detalle de las cuentas de aportes y deudas con socios
  • Intimaciones o cartas documento ya enviadas o recibidas
  • Acceso a los repositorios, cuentas y credenciales de la app, o una captura que muestre su estado
  • Contrato con el cliente final, si el software se desarrolló para un tercero

Si el conflicto ya está planteado, juntá primero los correos y los pagos antes de intimar a nadie; enviá fotos legibles o PDF por WhatsApp o correo.

Cómo trabajamos tu caso

Trabajamos con el documento y la prueba por delante, porque en estos casos casi todo se decide por lo que quedó escrito.

  1. Diagnóstico con tus papeles. Revisamos estatuto, actas, pactos, aportes y comunicaciones para ver qué está firmado, qué se puede probar y dónde hay riesgo.
  2. Definición de la estrategia. Distinguimos si hace falta ordenar un documento antes de que haya conflicto o intervenir en uno ya abierto, y elegimos entre negociación, intimación, medida cautelar o acción de fondo.
  3. Redacción o presentación. Redactamos el pacto, el contrato o el acuerdo de inversión, o preparamos la intimación y el reclamo con la prueba organizada.
  4. Seguimiento. Controlamos que las asambleas, inscripciones, entregas o pagos se cumplan como se pactó, y actualizamos los documentos cuando entra un socio o un inversor nuevo.

Las guías de este servicio

Elegí la guía que se parece a tu etapa o a tu conflicto: cada una explica qué dijo la Cámara Comercial y qué documentación conviene reunir.

Todas las guías

4 guías

Las cuatro decisiones que ordenan un emprendimiento

Casi todos los conflictos de una startup nacen de decisiones que se tomaron rápido y sin papeles: qué sociedad se armó, qué se acordó entre los socios, en qué carácter entró el dinero y de quién es lo que se desarrolló. Los fallos de la Cámara Comercial que analizamos en esta sección muestran que esas decisiones se discuten años después, con la contabilidad y los correos como única prueba.

Lo que se repite en los cuatro casos

La primera constante es la prueba. En las cuatro guías, los tribunales resolvieron según lo que las partes dejaron escrito o lograron acreditar, y la carga de probar recae en quien alega. Un pacto de socios, un contrato de desarrollo o un acuerdo de inversión firmados antes del conflicto valen más que cualquier explicación posterior.

La segunda es la titularidad. Sin acuerdo escrito, no se presume que el código, la marca o los datos pertenezcan a la sociedad, como surge de la guía sobre el código de la app. La tercera es la contabilidad: libros ordenados, sede real y capital proporcionado a la actividad evitan que la sociedad sea cuestionada, según se ve en la guía de la SAS.

Qué suele trabar a un emprendimiento

Los conflictos entre socios suelen ir acompañados de pedidos de medidas cautelares. Los tribunales las conceden con criterio restrictivo: exigen motivos graves, derecho verosímil y un riesgo concreto para el interés social, y el pedido tiene que explicar qué peligro se quiere evitar. Se trabaja con prueba desde el primer día.

Otros servicios de Derecho empresarial

Preguntas frecuentes

¿Una SAS me protege de responder con mi patrimonio personal?

La SAS tiene personalidad propia, pero quien la administra responde de manera ilimitada y solidaria por el mal desempeño del cargo, por violar la ley o el estatuto y por daños causados con dolo, abuso de facultades o culpa grave (art. 274 de la Ley General de Sociedades). La responsabilidad personal es excepcional y exige probar una conducta propia, un daño y su relación causal. Lo desarrolla la guía sobre armar una SAS.

¿Hace falta un pacto de socios si ya tenemos estatuto?

El estatuto no alcanza para ordenar la relación diaria. El pacto permite fijar mayorías especiales, preferencia de compra, reglas de salida y la titularidad de lo que cada cofundador desarrolla. En un caso de la Sala E, un pacto que exigía el 80 % de las acciones para aumentar el capital sostuvo la suspensión de una decisión del mayoritario. Está en la guía de acuerdo de socios.

¿El dinero que pone un inversor siempre da acciones?

No. Según cómo se documente, puede ser un aporte, un préstamo o un anticipo de acciones. Si es un préstamo, el inversor es acreedor y no socio, salvo que se haya pactado la conversión. Por eso conviene dejar por escrito quién aporta, cuánto, cuándo y con qué destino. Lo explica la guía sobre recibir inversión en tu startup.

Un socio mayoritario aprobó un aumento de capital que me diluye, ¿qué puedo hacer?

Podés impugnar la decisión asamblearia y pedir su suspensión cautelar, que exige motivos graves y ausencia de perjuicio a terceros. La Sala D confirmó la suspensión de un aumento que llevaba al mayoritario del 66,67 % al 91,75 %, pero exigió una contracautela. Los criterios están en la guía de recibir inversión.

El desarrollador no me entrega el código y no tenemos contrato firmado, ¿puedo reclamar?

Sí. La falta de contrato escrito no impide reclamar: el vínculo se prueba con correos, mensajes, presupuestos, facturas y pagos. El primer paso suele ser una intimación formal que fije qué se reclama, en qué plazo y con qué apercibimiento. El detalle está en la guía sobre el desarrollador que no entrega el código.

Mi cofundador se apropió del software, ¿puedo excluirlo de la sociedad?

La apropiación de bienes sociales puede justificar la exclusión de un socio, pero hay que probar que el bien pertenece a la sociedad. En un caso de la Sala D, la exclusión fue rechazada porque no se acreditó que el código fuente fuera un activo social. Lo desarrollamos en salida de un cofundador.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

¿Querés que revisemos tu caso?

Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.

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