Saltar al contenido
CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Área de práctica

Juicios ejecutivos: la defensa del ejecutado, paso por paso

Un juicio ejecutivo es el cobro por la vía rápida: el acreedor presenta un título —pagaré, cheque, contrato con saldo— y el juzgado ordena intimar el pago y embargar, casi sin discusión previa. Para el ejecutado eso significa una sola cosa: hay cinco días hábiles judiciales para oponer defensas desde la intimación, y lo que no se plantea en esa ventana, en general, ya no se plantea. Esta sección existe para que llegues a tiempo y con la defensa correcta.

Cómo funciona el proceso, en corto

El acreedor demanda con el título. El juzgado libra un mandamiento: un oficial de justicia te intima el pago y, si no pagás en el acto, traba embargo. Desde esa intimación corre el plazo para oponer excepciones, que son las únicas defensas admisibles (artículo 544 del Código Procesal): incompetencia, inhabilidad o falsedad del título, pago documentado, prescripción, entre otras. Si no hay excepciones o se rechazan, viene la sentencia de remate y la ejecución de los bienes embargados. La discusión de fondo —de dónde salió la deuda, qué pasó de verdad— queda para un juicio posterior, si alguna vez ocurre.

Por eso la defensa del ejecutado es un trabajo de precisión sobre tres piezas: el título (¿es formalmente hábil?, ¿es un pagaré de consumo?), la notificación (¿te intimaron en tu domicilio real?) y la competencia (¿ese juzgado podía intervenir?).

Elegí tu situación

Todas las guías del cluster

DDJJ de destino comercial

Firmaste una declaración jurada de que el préstamo era para tu emprendimiento: es un papel aparte del pagaré y se puede discutir con pruebas…

Oponer inhabilidad de título

La defensa central del ejecutado: cuándo un pagaré u otro título no es hábil, qué se puede discutir por esta vía y cómo se funda para que no la…

Incompetencia territorial

En créditos de consumo, el juez competente es el de tu domicilio real y la prórroga pactada es nula. Cómo se plantea la incompetencia y qué logra.

Liquidación inflada

La liquidación aplica un índice de actualización y, además, todos los intereses del contrato sobre el capital ya actualizado: eso duplica el mismo…

Saldo de tarjeta o cuenta corriente

El banco prepara la vía ejecutiva por saldo deudor de cuenta corriente o de tarjeta: qué controlar en el certificado y cuándo pedir juicio de…

Deuda vieja, intereses usurarios

Una deuda con sentencia firme desde hace años aparece multiplicada al ejecutarse: los intereses posteriores a la cosa juzgada también se pueden…

Me embargaron el sueldo

Apareció un descuento judicial en tu recibo: cómo identificar el expediente, qué porcentaje del sueldo es embargable y qué defensas siguen abiertas.

Mandamiento de intimación de pago

Vino un oficial de justicia con un mandamiento: qué es la intimación de pago, qué pasa con el embargo y desde cuándo corre el plazo para defenderte.

Demanda por un pagaré

Te demandaron por un pagaré que no reconocés o que firmaste en otra situación. Qué mirar en la cédula, qué defensas existen y cuánto tiempo tenés.

Secuestro extrajudicial del auto

Te notificaron que van a secuestrar el auto prendado sin juicio previo: qué es el secuestro extrajudicial del art. 39 y qué es la bilateralización…

Nulidad de notificación

Si la intimación de pago fue a un domicilio que no es el tuyo, el juicio avanzó sobre una ficción: cómo se plantea la nulidad y qué efectos tiene.

Pagaré de consumo: defensas

El pagaré firmado para un préstamo de consumo tiene defensas propias: art. 36 LDC, competencia de tu domicilio, control de intereses y del monto real.

Plazo para oponer excepciones

Cinco días hábiles judiciales desde la intimación de pago: cómo se cuenta el plazo para oponer excepciones, qué lo altera y qué queda si se venció.

Embargo de bienes de un tercero

Si embargaron un bien tuyo por una deuda que no es tuya, hay una vía rápida y una tercería completa. Cuál conviene según cuánta prueba tenés.

Qué suele hundir la defensa de un ejecutado

Documentación para diagnosticar tu caso en una reunión

Preguntas frecuentes

¿Me pueden rematar la casa por un pagaré?

El juicio ejecutivo puede terminar en la ejecución de bienes embargados, y un inmueble puede ser embargado. Que se llegue o no al remate depende del monto, de las defensas, de si el bien es sede del hogar y de figuras de protección como la afectación a vivienda. Es exactamente el tipo de riesgo que se evalúa en el diagnóstico, no una fatalidad automática.

¿Conviene pagar para que termine?

A veces sí, pero nunca a ciegas. Antes de pagar hay que saber si el título es hábil, si los intereses son legales y si el juzgado era competente: cada una de esas preguntas puede cambiar el número final o voltear la ejecución. Pagar sin diagnóstico es la forma más cara de cerrar un problema.

El plazo ya se me venció, ¿está todo perdido?

No necesariamente. Si la notificación fue defectuosa —por ejemplo, a un domicilio donde no vivías— puede plantearse su nulidad y rediscutirse todo. Y aun con sentencia, quedan cuestiones ejecutables por revisar: liquidación, intereses, límites del embargo. Traé el expediente y vemos qué queda en pie.

¿Qué es eso de que «la causa no se discute» en el ejecutivo?

El proceso ejecutivo mira las formas del título, no el negocio que le dio origen: esa es la regla de abstracción. Pero tiene una excepción de peso en las relaciones de consumo, donde el orden público de la Ley 24.240 obliga a mirar la operación real. Está explicado en la guía del pagaré de consumo y en el glosario.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

¿Querés que revisemos tu caso?

Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.

Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19.