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CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Guía práctica

El banco me ejecuta con un certificado de saldo deudor de cuenta corriente

Recibiste una demanda de ejecución del banco por el saldo deudor de la cuenta corriente comercial de tu empresa, con un certificado firmado por dos funcionarios bancarios como único título. La ley reconoce ese certificado como título ejecutivo, pero exige recaudos formales estrictos y no impide discutir la causa de la deuda cuando el certificado no los cumple.

Qué es y cómo se emite el certificado de saldo deudor

El Código Civil y Comercial autoriza al banco a emitir un certificado con el saldo deudor final de la cuenta corriente bancaria una vez cerrada, firmado por el gerente y el contador del banco, y previo aviso al cliente. Ese certificado tiene fuerza ejecutiva por la sola presentación, sin necesidad de exhibir el contrato ni los resúmenes que compusieron el saldo. La ejecutividad depende, sin embargo, de que se cumplan estos recaudos y de que el saldo se haya conformado con débitos y créditos realmente exigibles.

Las defensas típicas de la empresa ejecutada

El deudor ejecutado puede oponer inhabilidad de título si el certificado carece de las firmas exigidas, si no se cerró previamente la cuenta o si no se notificó al cliente el cierre y el saldo. También puede cuestionarse la composición del saldo: débitos automáticos por seguros, tarjetas o servicios no autorizados; intereses y comisiones aplicados por encima de lo pactado; cargos duplicados o débitos ya conciliados. La prescripción y la pluspetición inexcusable son también defensas habituales.

Distinciones que cambian el resultado

Certificado con recaudos cumplidos no es lo mismo que Certificado incompleto

Solo el certificado que cumple con las firmas, el cierre previo y la notificación al cliente conserva su fuerza ejecutiva.

Discusión de la causa no es lo mismo que Discusión de los recaudos formales

En el juicio ejecutivo se discuten los recaudos del título; el análisis profundo de la causa suele quedar para el juicio ordinario posterior.

Cuenta corriente bancaria no es lo mismo que Cuenta corriente mercantil

La regulación y el título ejecutivo del art. 1406 CCyC aplican a la cuenta corriente bancaria, no a la cuenta corriente mercantil entre comerciantes.

Cómo actuar

  1. Pedí copia completa del certificado y verificá firmas, fecha de cierre y aviso al cliente.
  2. Requerí al banco los resúmenes completos que componen el saldo ejecutado.
  3. Reconstruí la deuda real: separá capital, intereses, comisiones y cargos por servicios.
  4. Identificá débitos no autorizados o duplicados y cargos aplicados sin pacto expreso.
  5. Evaluá antes del vencimiento del plazo para oponer excepciones cuál es la defensa procesalmente viable.

Documentación para evaluar el caso

Preguntas frecuentes

¿El banco puede ejecutarme sin mostrarme antes los resúmenes que forman el saldo?

El certificado por sí solo habilita la ejecución, pero la empresa puede exigir en el juicio la exhibición de los resúmenes y cuestionar los débitos que no correspondan.

Firmé la apertura de la cuenta hace años y no recuerdo haber pactado esos intereses, ¿los tengo que pagar igual?

No necesariamente. Los intereses y comisiones que no estén pactados por escrito o que superen lo convenido pueden ser cuestionados en la ejecución.

¿Puedo discutir en el juicio ejecutivo que la deuda es menor o inexistente?

En el juicio ejecutivo el debate es limitado, pero varias defensas concretas (inhabilidad de título, pago, prescripción, pluspetición) permiten cuestionar el monto reclamado.

¿Qué excepciones puedo oponer frente al certificado de saldo deudor en el juicio ejecutivo?

Las excepciones procesalmente admisibles incluyen la inhabilidad de título (por falta de las firmas del gerente y contador, ausencia de cierre previo de la cuenta o falta de notificación al cliente), el pago documentado, la prescripción y la pluspetición inexcusable cuando el importe reclamado supera la deuda que surge de los propios registros bancarios.

¿Qué documentación conviene reunir para defenderse antes de contestar la demanda?

Lo esencial es contar con todos los resúmenes del período reclamado, los comprobantes de pago propios, la solicitud de apertura con las condiciones pactadas y cualquier comunicación del banco sobre cambios de tasas o límites. Esa documentación permite reconstruir el saldo real y detectar débitos no autorizados, cargos duplicados o intereses no convenidos que pueden reducir significativamente el monto ejecutado.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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