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CONTIABOGADOS

Derecho laboral · Guía práctica

Tuve un accidente de trabajo: ART, comisiones médicas y qué te corresponde

Después de un accidente de trabajo se juegan dos partidos a la vez: tu recuperación médica y tu expediente. El sistema de riesgos del trabajo (Ley 24.557 y sus reformas) te da derecho a atención integral, salarios durante la licencia e indemnización por la incapacidad que quede — pero funciona con plazos, formularios y una ART cuyo incentivo natural es cerrar rápido y reconocer poco. Esta guía te ordena el circuito completo y los puntos exactos donde no hay que ceder.

Qué cubre el sistema (tus derechos de base)

El circuito, paso por paso

  1. Denunciá ya: al empleador y a la ART (el empleador está obligado; si no lo hace, denunciás vos directamente a la ART o ante la SRT). Sin denuncia no hay expediente, y los relatos tardíos se pelean caro.
  2. Atención por la ART: la aseguradora dirige la atención médica. Guardá todo: constancias de cada consulta, estudios, prescripciones, carnets de sesiones.
  3. Cuidado con el alta apurada: si te dan el alta sin estar recuperado, tenés derecho a cuestionarla (divergencia en el alta) — no vuelvas a trabajar «para no tener problemas» con dolor y sin dejar constancia.
  4. Cese de la incapacidad temporaria y evaluación: consolidada la lesión, se determina si quedó incapacidad permanente y su porcentaje. Acá se define la plata: llegá con informe médico propio, no solo con el de la ART.
  5. Comisión médica (instancia administrativa obligatoria, Ley 27.348, con patrocinio letrado): se discute el porcentaje y el carácter del accidente. Lo resuelto es revisable judicialmente — y la revisión, con buena prueba, mueve porcentajes.

Distinciones que valen porcentaje (y plata)

Alta médica no es lo mismo que Fin del reclamo

El alta cierra (bien o mal) la etapa de curación; la discusión por la incapacidad permanente empieza justamente ahí. Firmar el alta no es renunciar a nada — pero dejá asentada tu disconformidad si seguís con dolencias.

Porcentaje de la ART no es lo mismo que Porcentaje real

La ART mide con su baremo y su incentivo. Tu informe médico de parte, los estudios completos y la revisión (administrativa y judicial) son el contrapeso previsto por el propio sistema. La diferencia entre un 5 % y un 12 % es mucha plata por fórmula.

In itinere no es lo mismo que Cualquier trayecto

El accidente de camino está cubierto en el recorrido habitual y directo, con desvíos admitidos puntuales. La hora, el lugar y la denuncia inmediata (con constancia policial si hubo terceros) arman o desarman la cobertura.

Si estabas en negro (leé esto primero)

El trabajador no registrado accidentado es el caso más urgente del derecho laboral: sin ART que responda automáticamente, el empleador responde en forma directa, y cada hora de atención y cada testigo importan. Denunciá igual ante la SRT, atendete dejando rastro (guardia, historia clínica que diga «accidente trabajando en…») y consultá de inmediato: hay vías para que la cobertura y la indemnización lleguen, pero se construyen con prueba desde el día uno. Más sobre la registración en trabajo no registrado.

Qué documentación mandar

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

¿La ART me tiene que pagar el sueldo mientras no puedo trabajar?

Durante la incapacidad temporaria cobrás tu ingreso conforme la ley (los primeros días a cargo del empleador, luego la ART), sin que te «adelanten vacaciones» ni te lo descuenten. Si el pago no llega o llega recortado, se intima: es prestación debida, no un favor.

¿Pueden despedirme mientras estoy de licencia por el accidente?

El despido durante la licencia paga por accidente tiene consecuencias indemnizatorias agravadas por los salarios del período faltante, y el despido-represalia por haber denunciado se litiga como lo que es. Si te llegó un telegrama en plena licencia, consultá antes de responder.

No estoy de acuerdo con el porcentaje de la comisión médica, ¿se termina ahí?

No: la resolución es revisable ante la justicia, con pericia médica judicial de por medio. Buena parte de los porcentajes serios se consiguen en esa revisión. El plazo para recurrir es corto: traé la resolución apenas salga.

¿Qué pasa si el accidente fue por culpa grave del empleador (máquina sin protección, sin capacitación)?

Además del sistema de ART, puede analizarse la vía civil por responsabilidad del empleador en supuestos que lo habilitan, con sus propias reglas y opciones. Es una decisión estratégica con números y prueba a la vista: la evaluamos caso por caso.

Además de la indemnización por incapacidad, ¿me corresponde algo más?

Sí, en la mayoría de los casos: un adicional de pago único del 20 % sobre esa indemnización, salvo que se trate de un accidente in itinere, supuesto que la Corte Suprema excluyó de este beneficio (causa "Espósito"). Si además necesitás ayuda de otra persona para las actividades básicas de tu vida diaria, existe una prestación mensual adicional por gran invalidez.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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