Despido sin causa
La guía completa del despido sin causa: qué revisar antes de firmar la liquidación y cómo reclamar diferencias.
Derecho laboral · Guía práctica
Cargá la fecha de ingreso, la fecha del despido y tu mejor sueldo mensual del último año, y la calculadora estima lo que te corresponde cobrar por un despido sin causa con la ley vigente desde el 6 de marzo de 2026: la indemnización por antigüedad, el preaviso, la integración del mes, el aguinaldo y las vacaciones proporcionales. Abajo te explicamos cómo se calcula cada rubro, con un ejemplo resuelto.
¿Querés que un abogado revise el cálculo con tus recibos y el telegrama? Mandanos el resultado por WhatsApp.
Que revisen mi despido por WhatsAppLa liquidación final por un despido sin causa tiene dos partes: lo que se debe por el despido (antigüedad, preaviso e integración) y lo que se debe siempre, cualquiera sea la forma en que termine el trabajo (días trabajados, aguinaldo y vacaciones proporcionales).
| Rubro | Regla de la Ley de Contrato de Trabajo | Cómo lo calcula la herramienta |
|---|---|---|
| Indemnización por antigüedad | Art. 245: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses | Mejor remuneración × años computables, con tope y piso si cargaste el tope del convenio |
| Preaviso omitido | Arts. 231 y 232: un mes si la antigüedad no supera cinco años, dos meses si la supera | Uno o dos sueldos, solo si no te dieron preaviso |
| Integración del mes | Art. 233: los días que faltan hasta fin de mes, si el despido fue sin preaviso | Días faltantes × sueldo/30 |
| Aguinaldo proporcional | Art. 123: la doceava parte de lo devengado en el semestre | Sueldo × días del semestre / 365 |
| Vacaciones proporcionales | Arts. 150, 155 y 156: 14, 21, 28 o 35 días según la antigüedad, en proporción al año trabajado | Días proporcionales × sueldo/25 |
Desde la reforma de 2026, el art. 245 define por ley qué sueldo se toma. Es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año (o del tiempo trabajado, si fue menos), y quedan afuera los pagos que no son mensuales, como el aguinaldo, las vacaciones o los premios anuales. Un concepto es habitual si se cobró al menos seis meses en el último año; los variables (horas extra, comisiones, premios mensuales) se promedian en los últimos seis meses o en el último año, lo que sea más favorable para vos.
Esa base tiene un tope: tres veces el salario promedio del convenio colectivo que te corresponde. Pero el tope nunca puede dejarte por debajo del 67 % de tu propia remuneración. Ese piso, que antes era un criterio de la Corte Suprema, hoy está escrito en la ley. Si no sabés el tope de tu convenio, dejá el campo vacío: la calculadora toma tu sueldo completo y te avisamos que el resultado puede ser menor si el tope se aplica.
Despidos anteriores al 6 de marzo de 2026
La Ley 27.802 sustituyó el art. 245 desde su publicación en el Boletín Oficial. Si te despidieron antes, se aplica el texto anterior y la base puede calcularse distinto. En ese caso, usá el resultado solo como referencia y revisá el cálculo con un abogado.
Una trabajadora ingresó el 1 de marzo de 2019 y la despidieron sin causa y sin preaviso el 15 de octubre de 2026. Su mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año fue de $ 1.500.000 y su convenio no la alcanza con el tope.
Total estimado: $ 17.983.926,03. Si su convenio tuviera un tope de $ 900.000, la base de la indemnización por antigüedad no bajaría a esa cifra sino al piso del 67 % de su sueldo ($ 1.005.000), y ese rubro pasaría a $ 8.040.000.
La herramienta estima los rubros que la ley fija para cualquier despido sin causa. No calcula lo que depende de cada caso, y que puede cambiar mucho el total:
Despido sin causa no es lo mismo que Despido con causa
Sin causa, la indemnización corresponde siempre que haya pasado el período de prueba. Con causa, el empleador no paga antigüedad ni preaviso, pero tiene que probar la causa que invocó en el telegrama.
Preaviso no es lo mismo que Integración del mes
El preaviso compensa el aviso que no te dieron (uno o dos meses); la integración completa los días que faltaban para terminar el mes del despido. Las dos proceden solo si el despido fue sin preaviso.
Liquidación final no es lo mismo que Indemnización
Los días trabajados, el aguinaldo y las vacaciones proporcionales se deben en cualquier extinción, incluso si renunciás. La indemnización por antigüedad, el preaviso y la integración se deben por el despido.
Es una estimación con los datos que cargaste y las reglas de la ley vigente. El monto exacto depende de tus recibos, del convenio aplicable y de rubros que la herramienta no calcula, como horas extra o diferencias salariales. Sirve para saber si la liquidación que te ofrecen está en el orden correcto.
La mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, en bruto: el sueldo más alto de esos doce meses, sin aguinaldo, vacaciones ni premios anuales. Si cobrás comisiones u horas extra todos los meses, promediá los últimos seis meses o el año, lo que te convenga más.
Lo calculan las partes que firmaron el convenio colectivo (el sindicato y las cámaras empresarias) y lo homologa o registra la autoridad laboral; suele publicarse junto con las escalas salariales. Si no lo encontrás, dejá el campo vacío: el resultado puede ser algo mayor al real si a tu sueldo le aplica el tope, pero nunca puede bajar del 67 % de tu remuneración.
No hay indemnización por antigüedad ni preaviso, pero sí los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones proporcionales. El período de prueba es de seis meses y los convenios pueden ampliarlo a ocho meses o a un año según el tamaño de la empresa.
No. El cálculo se hace en tu navegador y no se envía ni se guarda nada. Si querés que revisemos tu caso, el botón de WhatsApp te deja mandarnos un mensaje, y vos decidís qué datos compartís.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
La guía completa del despido sin causa: qué revisar antes de firmar la liquidación y cómo reclamar diferencias.
El texto oficial del art. 245 tras la reforma de 2026, con comentario sobre la base, el tope y el piso del 67 %.
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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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