Tecnología, datos y reputación digital · Servicio
Datos personales y privacidad: hábeas data, uso indebido y sanciones
Acompañamos a personas que quieren saber qué información guardan las empresas sobre ellas, corregir o dar de baja un dato falso y frenar el uso de sus datos sin permiso, y a empresas que manejan datos de clientes y tienen que cumplir con la autoridad de control o defenderse de una sanción. Más abajo están las tres guías, lo que necesitamos de tu parte y cómo trabajamos.
- 3 guías
- CABA y Provincia de Buenos Aires
Qué casos atendemos
Tomamos reclamos de titulares de datos y asesoramos y defendemos a empresas que tratan datos personales.
- Saber qué datos tiene una empresa sobre vos y a quién los cedióRedactamos el pedido de informe por un medio fehaciente y, si la respuesta es incompleta, evaluamos la acción de hábeas data.
- Corregir o dar de baja un dato falso en un registroSeñalamos con precisión el dato inexacto, reunimos la prueba que lo desmiente y pedimos su rectificación o supresión.
- Crédito o tarjeta rechazados por un dato que no es tuyoIdentificamos en qué registro figura el dato, intimamos a corregirlo y valoramos las consecuencias concretas que te produjo.
- Líneas, cuentas o servicios a tu nombre que nunca pedistePedimos la rectificación de la titularidad y ordenamos la prueba de lo que no recibiste ni autorizaste.
- Llamadas comerciales pese a estar inscripto en el registro No LlameArmamos la denuncia con el detalle de cada llamada que exige la norma y evaluamos si además corresponde otra vía.
- Denuncia ante la AAIP por uso indebido de tus datosPreparamos la presentación ante la autoridad de control y te explicamos qué puede esperarse de ella y qué no.
- Intimación o acta de constatación a tu empresa por una base de datosRelevamos la base, reunimos la documentación de cumplimiento y preparamos el descargo dentro del plazo.
- Defensa ante una multa de la autoridad de controlRevisamos competencia, procedimiento y graduación de la sanción y la discutimos con prueba concreta, no con negativas genéricas.
- Ordenar tus bases y tus llamadas comerciales antes de una inspecciónRevisamos inscripción, consentimientos, datos que pedís y medidas de seguridad, y los registros de llamadas salientes.
Qué necesitamos para analizar tu caso
Con estos documentos te decimos en la primera consulta qué vía corresponde, qué se puede pedir y qué falta probar.
Lo que tenés que tener a mano
- El dato cuestionado: informe de una consultora de riesgo crediticio, de la Central de Deudores o la respuesta de la empresa donde figura.
- Tus reclamos previos: carta documento, correos o mensajes en que pediste información, corrección o baja, con la fecha y la respuesta.
- La prueba de que el dato es falso o no autorizado: pagos, bajas, facturas o altas que no reconocés.
- El detalle de cada contacto si es por llamadas: día, hora, número y empresa, más la constancia de tu inscripción en el registro No Llame.
- El perjuicio concreto: el crédito denegado, la tarjeta rechazada o el servicio cortado, con su comprobante.
- Si sos empresa: la nota, el acta o la resolución de la autoridad de control, con la fecha de notificación.
Si lo tenés, sumalo
- Tu DNI y los datos del producto o servicio que originó el registro.
- Capturas de pantalla de los registros de llamadas del celular.
- Política de privacidad y formularios con los que tu empresa recaba datos.
- Contratos con proveedores que hacen llamadas o ventas en nombre de tu empresa.
Si falta algo, mandanos igual lo que tengas, en fotos legibles o PDF, por WhatsApp o por correo; lo que falte lo definimos juntos en la consulta.
Cómo trabajamos tu caso
Primero ordenamos el dato y la prueba, y recién después elegimos entre reclamar, denunciar o defender.
- Relevamiento del dato y de la prueba. Revisamos qué información figura, quién la tiene, qué reclamaste y qué respuesta hubo, para ver qué falta documentar.
- Intimación o denuncia. Redactamos el pedido a la empresa por un medio fehaciente o la denuncia ante la autoridad de control, según lo que busques.
- Acción judicial o descargo. Si no hay respuesta suficiente iniciamos el hábeas data; si recibiste una intimación o un acta, presentamos el descargo con la prueba de cumplimiento.
- Seguimiento y adecuación. Controlamos que el dato se corrija en los registros y, en el caso de empresas, ordenamos las bases para evitar nuevas observaciones.
Las guías de este servicio
Elegí la guía según seas el titular de los datos o el responsable de la base.
Datos personales
3 guías- Hábeas data: qué datos tienen sobreCómo pedir el acceso, la rectificación o la supresión de tus datos en una base y cuándo conviene iniciar la acción de hábeas data, según la Cámara.
- Datos usados sin tu consentimientoQué podés hacer si una empresa usó tus datos sin permiso o te llama pese al registro No Llame: denuncia, sanciones y reclamo judicial, según la Cámara.
- Protección de datos: qué debeInscripción de bases, consentimiento, seguridad, llamadas comerciales y sanciones: qué exige la Ley 25.326 y cómo lo aplicó la Cámara Contencioso.
Datos personales, en corto
Si sos el titular de los datos, podés pedir a la empresa que te informe qué guarda sobre vos, de dónde lo sacó y a quién se lo cedió. Si hay algo inexacto, podés exigir que lo corrija o lo suprima y, si no lo hace, promover la acción de hábeas data, prevista en el artículo 43 de la Constitución y reglamentada por la Ley 25.326. Está desarrollado en la guía sobre hábeas data.
También podés denunciar el uso indebido ante la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), la autoridad de aplicación de esa ley. La denuncia busca sancionar a la empresa, no indemnizarte: la multa se cobra a favor del Estado. Para corregir tu situación concreta o reclamar un perjuicio hace falta otra vía, que se explica en la guía sobre uso de datos sin consentimiento.
Si estás del otro lado y tu empresa guarda datos de clientes, empleados o prospectos, aunque sea en una planilla, sos responsable de una base de datos. La autoridad puede intimar, constatar y multar, y los tribunales revisan esas sanciones con la prueba a la vista. La guía sobre protección de datos en la empresa ordena las obligaciones y explica cómo se discute una multa.
Qué guía corresponde a tu situación
Saber y corregir tus datos no es lo mismo que denunciar su uso sin permiso
Si querés conocer qué datos tiene una empresa y rectificar un dato falso, ver hábeas data. Si te llaman pese a estar anotado en el registro No Llame o te dieron de alta productos que no pediste, ver datos usados sin consentimiento.
Reclamar como titular no es lo mismo que responder como empresa
Si recibiste una intimación, un acta de constatación o una multa de la autoridad de control, o querés ordenar tus bases antes de que llegue, ver qué tiene que cumplir tu empresa.
Corregir un dato no es lo mismo que discutir la relación comercial
El hábeas data no sirve para cuestionar una deuda, una baja de servicio o una sanción de una plataforma. Esa diferencia se ve con casos reales en la guía de hábeas data.
Qué suele trabar estos reclamos
- Pedir solo información cuando el problema es un dato falso. En el caso Almirón el tribunal no se expidió sobre la rectificación porque la actora no la había incluido en su demanda. Ver qué resolvió la Cámara.
- Confiar en que intimar define las costas. En Mazzola el actor intimó por carta documento y la empresa no contestó, pero las costas se distribuyeron en el orden causado porque conocía la deuda que originó el dato.
- No probar lo que no recibiste ni autorizaste. En Zanitti, las dudas fundadas solo en la ausencia de prueba de un hecho negativo no fueron atendibles. Ver líneas, cuentas o servicios que nunca pediste.
- No poder acreditar el cumplimiento. En los casos de llamadas comerciales, la carga de probar que se respetó el registro No Llame recae sobre la empresa, y un listado ilegible o los datos de los subcontratistas no alcanzan. Ver el registro No Llame.
- Negativas genéricas frente a una sanción. Para desvirtuar el acta de constatación hay que identificar vicios concretos y ofrecer prueba idónea; también cuenta si la sanción la firmó quien tenía competencia.
Antes de elegir la vía conviene ordenar qué se persigue: que dejen de contactarte, que se corrija un registro o que se sancione a la empresa. Cada objetivo tiene un camino distinto, y la guía de uso de datos sin consentimiento explica cómo se combinan la denuncia administrativa y la acción judicial.
Documentación base para cualquier consulta
Con este material se puede decidir si alcanza una intimación bien armada, una denuncia, una acción judicial o un descargo. Cada guía suma lo propio de su caso.
- Informe de una consultora de riesgo crediticio o de la Central de Deudores donde figure el dato cuestionado.
- Cartas documento, correos o mensajes en los que pediste información, la corrección o la baja, y las respuestas recibidas.
- Comprobantes de que el dato es falso: pagos, bajas de líneas o servicios, constancias de reclamos resueltos.
- Registro de llamadas recibidas con día, hora, número y empresa, y la constancia de inscripción en el registro No Llame.
- Para empresas: listado de bases, formularios de consentimiento, política de privacidad y cualquier nota o acta de la autoridad de control.
Otros servicios de Tecnología, datos y reputación digital
- Reputación digital y redes
- Datos personales y privacidad
- Cuentas, fraudes digitales y comercio electrónico
Preguntas frecuentes
¿Hace falta intimar a la empresa antes de iniciar el hábeas data?
Conviene. Intimar por un medio fehaciente, como carta documento, ordena la prueba y deja abierta la vía judicial si no contestan o lo hacen de forma incompleta. Aun así, no garantiza que las costas queden a cargo de la empresa. El paso a paso está en la guía de hábeas data.
¿Puedo denunciar ante la AAIP y también iniciar un juicio?
Sí, no se excluyen entre sí. La denuncia apunta a que se sancione la conducta de la empresa y el juicio a que se corrija tu situación concreta. Si lo urgente es que dejen de contactarte, la denuncia es el camino natural; si lo urgente es rectificar registros, es más directa la acción judicial. Ver las dos vías.
Si la empresa recibe una multa por usar mis datos, ¿me indemnizan?
No automáticamente. La multa se cobra a favor del Estado y no te indemniza. Los fallos analizados resuelven sanciones y rectificaciones, no daños, de modo que un perjuicio concreto, como un crédito denegado, hay que analizarlo con la prueba a la vista. Ver qué pasa con los daños.
Mi empresa no inscribió su base de datos, ¿queda fuera de la ley?
No. El decreto 1558/2001 aclara que las sanciones alcanzan a los responsables de archivos y bancos de datos públicos y privados destinados a dar información, se hubieren inscripto o no. Lo desarrolla la guía sobre obligaciones de la empresa.
Me llegó una intimación o un acta de la autoridad de control, ¿qué hago?
El plazo para presentar el descargo es corto y esa presentación define buena parte del expediente. Reuní las bases, los consentimientos y las medidas de seguridad que puedas documentar y consultanos cuanto antes. Ver cómo se discute una sanción.
Me llaman para ofrecerme servicios aunque estoy en el registro No Llame, ¿qué anoto?
Día y hora de cada llamada, número desde el que te llamaron y empresa o marca que dijeron representar. Ese es el detalle que pide el decreto reglamentario para que la denuncia sea admisible. Ver publicidad no deseada.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
¿Querés que revisemos tu caso?
Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.
Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19. Atendemos casos que tramitan en la Argentina, aunque vivas afuera.