Derecho de familia · Divorcio, bienes y convivencia · Tema
Divorcio y división de bienes: qué se decide, qué se reparte y qué plazos corren
Acompañamos a quienes se divorcian o ya se divorciaron: el trámite del divorcio, el reparto de los bienes, la situación de quien es socio de una empresa, la compensación económica y la nulidad del matrimonio.
- 5 guías
- CABA y Provincia de Buenos Aires
Las guías
Cada guía baja a una situación concreta del divorcio y de sus efectos patrimoniales.
- Divorcio: cómo es el trámiteEl divorcio es incausado y no puede negarse: qué es el llamado 'divorcio express', cuánto tarda, qué pasa con bienes, hijos y alimentos, y cómo empezar.
- División de bienes en el divorcioQué bienes son propios, cuáles gananciales, desde qué fecha se cuentan y cómo se dividen al terminar el matrimonio, con el Código Civil y Comercial.
- Divorcio con empresa o accionesEn el divorcio no se reparte la empresa sino las cuotas o acciones gananciales: cómo se valúan, qué pasa con las utilidades capitalizadas y cómo se protegen.
- Pedir compensación económicaSi el divorcio o el fin de la convivencia te dejó en desequilibrio económico por haberte dedicado a la familia, hay compensación. Caduca a los 6 meses.
- Nulidad del matrimonioSi tu matrimonio se celebró con un impedimento, podés pedir su nulidad; las consecuencias dependen de si actuaste (o no) de buena fe.
Qué casos atendemos
Intervenimos en el divorcio y en todo lo que se discute alrededor del reparto del patrimonio.
- Divorcio de común acuerdo, con convenio sobre hijos, vivienda y bienesArmamos el convenio sobre hijos, vivienda y bienes, lo revisamos con vos antes de firmar y lo presentamos para su homologación.
- Divorcio pedido por uno solo, con propuesta reguladoraPresentamos el divorcio con la propuesta reguladora y respondemos a la otra parte si plantea una propuesta distinta.
- Reparto de bienes gananciales y definición de cuáles son propiosClasificamos cada bien, fijamos la fecha de corte y armamos la masa a repartir, con la prueba del origen de los bienes propios.
- Valuación de la parte de un cónyuge en una sociedad o negocio familiarAnalizamos la participación societaria del cónyuge, cómo se la califica y cómo se la incluye en la liquidación.
- Pedido o defensa de una compensación económica por desequilibrioEvaluamos el desequilibrio, juntamos la prueba de la dedicación de cada uno y presentamos o contestamos el pedido.
- Nulidad de matrimonio por impedimento al casarseRevisamos si había un impedimento al casarse y promovemos o respondemos la acción de nulidad del matrimonio.
Qué necesitamos para analizar tu caso
Con esta documentación te decimos cómo se arma el reparto, qué bienes entran y si hay algo para reclamar o para defender.
Lo que tenés que tener a mano
- DNI de ambos cónyuges y el domicilio actual de cada uno
- Acta de matrimonio y, si hay hijos, sus partidas de nacimiento
- Escrituras, títulos y boletos de cada inmueble, para ver fecha de adquisición y origen del dinero
- Resúmenes de cuentas e inversiones de los últimos meses, a nombre de cualquiera de los dos
- Detalle de deudas contraídas durante el matrimonio: préstamos, tarjetas, hipotecas
- Convenio o propuesta que ya circule entre ustedes, aunque sea un borrador
Si lo tenés, sumalo
- Contrato social, estatuto y últimos balances si hay una empresa de por medio
- Prueba de la dedicación de cada uno al hogar y a los hijos, para evaluar una compensación
- Documentos de bienes recibidos por herencia o donación
- Fecha de la separación de hecho y mensajes que la muestren
Si el otro cónyuge se ocupa de los papeles, pedíselos antes de firmar nada. Mandanos lo que tengas y vemos qué falta.
El divorcio se pide sin causas y lo patrimonial va por carril propio
El divorcio es incausado: cualquiera de los cónyuges puede pedirlo, solo o junto al otro, y ni el juez ni la otra parte pueden impedirlo. Lo que la ley exige es una propuesta sobre hijos, alimentos, bienes y vivienda, o un convenio si hay acuerdo. El detalle del recorrido está en la guía sobre el trámite del divorcio.
La consecuencia práctica es que nadie queda atado al matrimonio por una pelea económica. Las diferencias sobre bienes o alimentos se discuten por separado y no frenan la sentencia, de modo que se puede estar divorciado con la comunidad todavía sin liquidar. Conviene decidir desde el principio qué se cierra en el convenio y qué queda para después.
La contraparte suele plantear dos cosas: que el reparto debería seguir el aporte de cada uno y que la empresa o los bienes a su nombre son propios. La respuesta depende de la clasificación de cada bien y de la fecha de corte, que explicamos en la guía de división de bienes en el divorcio.
Qué se reparte y desde cuándo se cuenta
Solo se dividen los bienes gananciales, es decir, los adquiridos a título oneroso durante el matrimonio, incluidos los ingresos del trabajo de cada cónyuge. Lo que cada uno tenía antes de casarse y lo recibido por herencia, legado o donación es propio. La masa ganancial se divide por mitades, sin mirar quién aportó más, salvo que ambos, siendo plenamente capaces, acuerden otra cosa.
La comunidad se extingue con efecto retroactivo al día de la notificación de la demanda o de la petición conjunta, o antes si hubo una separación de hecho que pueda probarse. No cuenta el día de la sentencia: lo que cada uno adquiere después del corte ya no se reparte.
- Inventariá. Bienes, cuentas, inversiones y deudas, con la fecha de adquisición de cada uno.
- Clasificá. Propio o ganancial, con la prueba del origen de los bienes propios.
- Fijá la fecha de corte. Notificación de la demanda, petición conjunta o separación de hecho anterior.
- Negociá o litigá la partición sobre la masa ya depurada.
La compensación económica tiene reloj
La compensación económica caduca a los seis meses de la sentencia de divorcio. Evaluala antes de firmar cualquier convenio: hay renuncias que a los seis meses y un día son irreversibles.
Cómo elegir la guía que corresponde a tu caso
Divorcio no es lo mismo que división de bienes
El trámite del divorcio decide el fin del vínculo; la división de bienes en el divorcio ordena qué se reparte y desde cuándo. Son capítulos separables.
Dividir bienes no es lo mismo que dividir una empresa
La sociedad tiene personalidad propia: lo que se califica y se valúa es la participación del cónyuge socio, como explica la guía de divorcio con empresa o acciones.
Dividir bienes no es lo mismo que compensar un desequilibrio
Los gananciales reparten lo acumulado en común; la compensación económica corrige lo que dejó la ruptura y se reclama aunque no haya gananciales.
Divorcio no es lo mismo que nulidad
El divorcio termina un matrimonio válido desde el inicio; la nulidad del matrimonio discute que nunca debió celebrarse por un impedimento previo.
Qué suele trabar estos reclamos y qué documentación juntar
Los frenos más comunes son firmar un convenio apurado sin revisar la compensación, mover o vaciar bienes gananciales antes del corte y no poder acreditar el origen de un bien propio. Quien sostiene que un bien es propio tiene que probarlo, y el fraude entre cónyuges se revisa.
- Partida de matrimonio y partidas de nacimiento de los hijos.
- Inventario de bienes y deudas, con la fecha de adquisición de cada uno.
- Documentación de origen de los bienes propios: herencias, donaciones, bienes anteriores al matrimonio.
- La fecha de la separación de hecho, si la hubo, y cualquier prueba de esa fecha.
- Si hay una sociedad: contrato social o estatuto, balances y actas sobre distribución de utilidades.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda un divorcio?
El de común acuerdo, con un convenio prolijo, se mide en pocos meses según el juzgado. Los efectos discutidos corren por su carril sin frenar la sentencia. Lo desarrollamos en la guía sobre el trámite del divorcio.
¿Me corresponde la mitad de todo lo que tenemos?
Solo de los bienes gananciales, y por partes iguales. Lo heredado, lo donado y lo anterior al matrimonio es propio. Se explica en la guía de división de bienes en el divorcio.
¿Desde qué fecha se cuenta la masa ganancial?
Desde la notificación de la demanda o de la petición conjunta, o desde una separación de hecho anterior que pueda probarse, no desde la sentencia. Ver división de bienes en el divorcio.
Mi cónyuge es socio de una empresa, ¿se divide la empresa?
No: se califica y se valúa la participación del cónyuge socio, y se discuten los dividendos y las utilidades reinvertidas. Ver divorcio con empresa o acciones.
¿Puedo pedir compensación económica si nos casamos con separación de bienes?
Sí, procede aun en ese régimen, siempre dentro de los seis meses de la sentencia de divorcio. Ver compensación económica.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
¿Querés que revisemos tu caso?
Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.
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