Bloqueo de cuenta y medida cautelar
El contraste necesario: que el fuero sea competente para juzgar el reclamo no significa que sea fácil conseguir una medida cautelar mientras el caso se discute.
Jurisprudencia comentada · Sala VI
Antes de discutir si sos o no empleado de una aplicación, hay una pregunta previa que la empresa suele plantear como estrategia: ¿tiene competencia el fuero laboral para siquiera juzgar el reclamo? Este fallo responde que sí, y explica por qué esa respuesta llega antes de tocar el fondo del asunto.
Ficha técnica
| Carátula | P. M., J. E. c/ RAPPI ARG S.A.S. s/despido |
|---|---|
| Tribunal | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI |
| Expediente | CNT 17354/2026 |
| Fecha | 2026-09-01 |
| Resultado | Rechaza la excepción de incompetencia planteada por la plataforma demandada; el reclamo sigue su curso en el fuero laboral |
Estado de firmeza
Estado al 2026-09-14: No firme — puede ser objeto de recursos. Una resolución no firme puede ser modificada o revocada por una instancia superior: no la tomes como la última palabra sobre el tema.
Un repartidor demandó a una plataforma de reparto por despido, afirmando que había trabajado para la empresa desde 2018 como "mensajero repartidor domiciliario", con moto propia, bajo un convenio colectivo (CCT 722/15), hasta que en 2025 fue despedido sin expresión de causa al ser inhabilitado en la plataforma. El juez de primera instancia rechazó la excepción de incompetencia que planteó la empresa demandada, y esta apeló esa decisión ante la Cámara.
La Sala VI confirmó el rechazo de la excepción. Recordó que, para resolver una cuestión de competencia, hay que atender principalmente al relato de los hechos que el propio actor hace en su demanda, y solo después, en la medida en que se ajuste a ellos, al derecho que invoca. Aplicando la doctrina del art. 20 de la Ley 18.345 —que recepta el Fallo Plenario "Goldberg c/ Szapiro"—, el tribunal sostuvo que el fuero laboral resulta competente en toda causa donde el actor invoque una relación laboral y reclame la aplicación del derecho del trabajo, sea cual fuere la pretensión y la esencia real de los vínculos. Como el repartidor encausó su reclamo en las disposiciones del derecho laboral e invocó la existencia de un vínculo regido por ellas, la excepción de incompetencia se desestimó, citando un precedente análogo de la propia Sala contra la misma empresa.
El tribunal fue explícito en un punto que conviene entender bien: rechazar la excepción de incompetencia no implica abrir juicio sobre si la relación laboral invocada efectivamente existió. Esa es, textualmente, "cuestión que debe ser analizada en la sentencia definitiva". Lo único que decide esta resolución es que el reclamo se juzga en el fuero laboral, con las reglas probatorias y de fondo de esa disciplina — la discusión sustancial sobre si hubo o no relación de dependencia sigue abierta y se resuelve más adelante.
Si te dijeron que "no podés demandar laboralmente porque tu vínculo era comercial", este fallo es relevante: mientras encuadres tu reclamo en el derecho del trabajo y alegues una relación laboral en tu demanda, el fuero competente para juzgarlo es el laboral. Que la empresa termine teniendo razón sobre la naturaleza del vínculo es una discusión distinta, que se da después y con toda la prueba disponible — no antes.
Sí: alcanza con que tu demanda invoque una relación laboral y pida la aplicación del derecho del trabajo para que el fuero laboral sea formalmente competente. Que la relación sea realmente laboral o comercial es una discusión de fondo distinta, que se resuelve más adelante en el proceso.
No: esta resolución solo decide en qué fuero se juzga el caso, no si existió relación de dependencia. Esa cuestión sustancial se define en la sentencia definitiva, con toda la prueba producida.
Al 14/09/2026 lo verificamos como no firme: es una resolución interlocutoria de Cámara sobre una cuestión de competencia, dictada dentro de un expediente que todavía sigue su curso hacia la sentencia de fondo.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El contraste necesario: que el fuero sea competente para juzgar el reclamo no significa que sea fácil conseguir una medida cautelar mientras el caso se discute.
La guía práctica completa sobre cómo evaluar un reclamo laboral contra una aplicación de reparto.
El texto oficial de la presunción de contrato de trabajo, la norma de fondo que se discutirá recién en la sentencia definitiva de este mismo expediente.
El texto oficial completo del art. 20 de la Ley 18.345, con comentario propio.
Fallos reales verificados contra el PDF oficial sobre repartidores de apps: qué discuten realmente los jueces y qué todavía no está resuelto.
Fallos reales de tribunales argentinos, organizados por materia, verificados contra el PDF oficial de la CSJN y comentados con el mismo rigor.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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