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CONTIABOGADOS

Guía práctica

Clase 5 de marcas: productos farmacéuticos, suplementos y veterinarios

La clase 5 de Niza cubre los productos farmacéuticos y las preparaciones de uso médico y veterinario, los productos higiénicos y sanitarios para uso médico, los alimentos dietéticos y para bebés, los suplementos, los desinfectantes, los fungicidas y los herbicidas. La autorización de la ANMAT no es el registro de marca: son trámites distintos.

Qué cubre la clase 5

El nomenclador del INPI agrupa en la clase 5 lo que se vincula con la salud: los productos farmacéuticos y las preparaciones para uso médico y veterinario; los productos higiénicos y sanitarios para uso médico; los alimentos y sustancias dietéticas para uso médico y los alimentos para bebés; los suplementos alimenticios; los desinfectantes; y los fungicidas y herbicidas.

Ejemplos hipotéticos: un analgésico de venta libre, un suplemento de vitaminas, una fórmula infantil, un desinfectante de superficies, un antiparasitario para perros. La ubicación exacta de cada producto se confirma en el nomenclador al armar la solicitud. El INPI no la anticipa.

Qué NO va en esta clase

Si tu producto o servicio es…Mirá la clasePor qué
Cosméticos y dentífricos no medicinales3La 3 es solo para lo «no medicinal»
Abonos y fertilizantes1Son insumos químicos; el herbicida, en cambio, es de la 5
Aparatos, instrumentos y material de sutura10Son aparatos médicos y veterinarios, no preparaciones
Alimentos comunes29 o 30Carnes, lácteos, panificados y similares tienen su clase
Bebidas sin alcohol32Incluye aguas, gaseosas y bebidas a base de frutas
Alimento y bebida para animales31El alimento balanceado no es un producto veterinario
Clínica, consultorio o veterinaria44Son servicios médicos y veterinarios
Venta en farmacia, droguería o tienda online35La venta minorista y mayorista es un servicio

La ANMAT y el SENASA no son el INPI

La ANMAT, creada por el Decreto 1490/92, controla la sanidad y calidad de medicamentos, drogas y otros productos de uso en la medicina humana. La Ley 16.463 es el marco de las actividades con esos productos. Para los productos veterinarios y fitosanitarios interviene el SENASA: la propia Ley 24.766 contempla la autorización de ese organismo para productos zoosanitarios y fitosanitarios (art. 7), y el SENASA tiene su sistema de trazabilidad de productos veterinarios (Res. SENASA 654/2026).

Esas autorizaciones habilitan a elaborar o vender. No te dan el nombre. Según el art. 4 de la Ley 22.362, la propiedad y la exclusividad de uso se obtienen con el registro de la marca. Al pedir la inscripción de un producto similar a uno ya autorizado, hay que informar el nombre propuesto (Ley 24.766, art. 5, inc. a). Eso es un dato del trámite sanitario y no vale como derecho marcario. Si lanzás el producto con un nombre que otro ya registró, la autorización sanitaria no te protege.

El nombre genérico y la marca: la ley los hace convivir

La Ley 25.649 define el nombre genérico como la denominación del principio activo adoptada por la autoridad sanitaria o, en su defecto, la denominación común internacional (DCI) recomendada por la OMS (art. 4, inc. c). Lo hace obligatorio en envases, rótulos, prospectos y publicidad (art. 5), y exige que en los rótulos y prospectos figure con el mismo tamaño y realce que el nombre comercial (art. 6). La receta se expresa por principio activo, no por marca (art. 2).

De ahí salen dos consecuencias para tu marca:

Un hipotético laboratorio que quiera llamar «Paracetamol Plus» a su analgésico no tiene marca. Uno que lo llame con un nombre de fantasía sí puede tenerla.

Nombres que prometen salud y riesgo de confusión

Dos riesgos se suman en este rubro. El primero, el engaño: un suplemento llamado «CuraTotal» sugiere un efecto terapéutico que el producto puede no tener, y la ley no registra marcas susceptibles de inducir a error sobre las propiedades o el mérito del producto (art. 3, inc. d). El segundo, la confusión: dos nombres parecidos para productos de salud pueden confundir a un paciente o a un farmacéutico, con consecuencias que van más allá de lo comercial.

Desde el 1/3/2026, el INPI examina de oficio solo las prohibiciones absolutas. La semejanza con marcas anteriores (art. 3, inc. b) y el engaño (inc. d) quedan para el planteo de terceros (Res. 583/2025), dentro de los 30 días corridos posteriores a la publicación. Por eso conviene dos cosas: una búsqueda de antecedentes cuidadosa, que mire también los nombres parecidos al oído, y la vigilancia del boletín después de registrar. Sobre cómo se mide la semejanza: marcas parecidas.

Suplementos, alimentos, desinfectantes y veterinarios: dónde termina la 5

Si tu nombre se parece al principio activo

Una marca que repite la raíz del principio activo es la más fácil de objetar, por descriptiva, y la más fácil de confundir con otras del mismo grupo. Elegí un nombre de fantasía y revisá el rótulo con el genérico al lado.

Cuánto cuesta y cuándo conviene sumar clases

El arancel base de la Res. INPI 75/2026 está definido para una solicitud de marca nueva en una clase con hasta 20 indicaciones. Se expresa en UMAPI. Valor de referencia de la unidad: $360 (valor inicial de la UMAPI al 1 de abril de 2026; desde mayo de 2026 se actualiza todos los meses por el IPC del INDEC). El arancel base es de 100 UMAPI (equivalía a $36.000 al valor inicial de abril de 2026) por una solicitud de marca nueva en una clase con hasta 20 indicaciones. Ese monto en pesos cambia todos los meses. Para más clases o indicaciones, consultá el cuadro vigente en el portal del INPI.

Combinaciones de clases típicas

Para decidir cuántas clases pedir, leé cómo elegir las clases de Niza y cuánto cuesta registrar una marca. Las clases vecinas tienen su guía: la clase 3, la clase 10 y la clase 44. El índice de clases reúne las 45.

Cómo ordenar el trámite

  1. Listá los productos con su principio activo y su forma de uso.
  2. Separá lo que es de la 5 de lo que cae en la 3, la 10, la 29, la 30 o la 31.
  3. Elegí un nombre de fantasía que no repita el principio activo ni su raíz.
  4. Buscá antecedentes, incluidos los nombres parecidos al oído.
  5. Definí quién es titular del nombre: el laboratorio, el distribuidor o la sociedad.
  6. Gestioná aparte la autorización sanitaria ante la ANMAT o el SENASA.
  7. Activá la vigilancia del boletín una vez presentada la solicitud.

Tres distinciones del rubro

Autorización sanitaria no es lo mismo que Registro de marca

La primera habilita a elaborar o vender; la segunda da la propiedad del nombre.

Nombre genérico no es lo mismo que Marca

El primero designa el principio activo y no se registra; la segunda distingue tu producto, y va al lado, con igual realce.

Cosmético no es lo mismo que Producto de salud

El cosmético es de la clase 3; el que declara fin terapéutico, de la 5.

Qué reunir antes de consultar

Preguntas frecuentes

¿Puedo registrar como marca el nombre del principio activo?

No. El nombre genérico es la designación necesaria del producto y esas no son marca (art. 2, inc. a, de la Ley 22.362). Además, la Ley 25.649 lo exige en rótulos y publicidad como identificación del principio activo.

Mi producto tiene autorización de la ANMAT con un nombre. ¿Eso me da la marca?

No. La autorización es sanitaria. La propiedad del nombre se obtiene con el registro en el INPI (art. 4).

¿Un suplemento va en la clase 5 o con los alimentos?

El nomenclador incluye los suplementos alimenticios en la 5. Los alimentos comunes van en la 29 o la 30. Confirmalo al armar la solicitud.

Tengo una veterinaria con productos de marca propia. ¿Qué clases?

La atención veterinaria es de la 44, la venta de la 35, y tus productos propios de la 5 (preparaciones veterinarias).

Tengo una droguería. ¿Necesito la clase 5?

Tu marca como droguería distingue un servicio de venta mayorista: la 35. La clase 5 aplica a los productos que lleven tu marca.

Voy a lanzar un producto y todavía no registré el nombre. ¿Qué hago?

Registralo antes de imprimir envases y tramitar la autorización. Escribinos por WhatsApp con el nombre y el principio activo y revisamos antecedentes y clases.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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