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CONTIABOGADOS

Glosario jurídico

Mandamiento de intimación de pago: el acto que enciende el reloj

El mandamiento de intimación de pago es el acto con el que el juicio ejecutivo toca la puerta: una orden del juzgado, en papel, que un oficial de justicia lleva al domicilio del deudor para intimarle el pago, dejarle las copias de la demanda y —en el mismo movimiento— citarlo para defenderse. Es un acto triple, y de su validez cuelga todo lo que sigue: por eso, del lado del ejecutado, es el documento que más lupa merece.

Idea central

La intimación de pago «importa la citación para oponer excepciones»: no habrá otro aviso. El mismo papel que reclama la plata abre —y empieza a cerrar— la única ventana de defensa del proceso.

Qué contiene, pieza por pieza

Dónde debe practicarse

En el domicilio real del deudor persona humana (la sede efectiva de su vida) o en el social inscripto de la persona jurídica, según el caso. Es el punto neurálgico: la intimación practicada en un domicilio que no era el del ejecutado —el viejo, el «contractual» del formulario, el que convino al actor— es el vicio típico que sostiene la nulidad y, con ella, la reapertura de la defensa. La cláusula que «constituye domicilio» en un contrato de consumo no convalida notificar donde el consumidor no vive.

Qué mira el juez

Efectos prácticos (los que importan)

  1. Arranca el plazo de cinco días hábiles judiciales: días hábiles judiciales, con las reglas de cómputo del código.
  2. Queda trabado el embargo, si se diligenció: los bienes afectados aseguran el resultado.
  3. El pago en el acto termina el juicio con costas: opción legítima, pero que conviene ejercer con diagnóstico (título, intereses, competencia) y no por pánico.
  4. El silencio habilita la sentencia: sin excepciones en plazo, el juez dicta sentencia de remate sin más sustanciación.

En qué se diferencia de sus vecinos

Mandamiento no es lo mismo que Cédula

La cédula notifica resoluciones; el mandamiento ordena y ejecuta actos (intimar, embargar, secuestrar) por mano del oficial de justicia. Distinto instrumento, distinto régimen, distinta lectura defensiva.

Mandamiento judicial no es lo mismo que Intimación privada

La carta documento de un estudio de cobranzas presiona; el mandamiento, con sello del juzgado y oficial actuante, ejecuta. Solo el segundo dispara plazos procesales — y solo el segundo exige respuesta técnica inmediata.

Intimación de pago no es lo mismo que Sentencia de remate

La intimación abre el proceso contradictorio (breve, pero contradictorio); la sentencia lo cierra. Entre ambas vive la defensa del ejecutado: excepciones, nulidades, competencia.

Preguntas frecuentes

El oficial no me encontró y le dejó todo a mi vecino, ¿vale?

El código regula las diligencias sin presencia del intimado (entrega a persona de la casa, fijación en puerta), siempre presuponiendo que el domicilio sea el correcto. Si la casa no era tu domicilio real, el problema es anterior y más grave que el vecino: es materia de nulidad.

¿Tengo que firmarle algo al oficial de justicia?

Podés firmar el acta o negarte; la diligencia vale igual. Lo importante no es la firma sino lo que el acta dice: leela, pedí tu copia de todo y anotá fecha y hora. La cortesía con el oficial es gratis; la información que recojas, oro.

En el mandamiento figura una suma mayor a la del pagaré, ¿por qué?

Porque incluye la partida presupuestada para intereses y costas, que es provisoria. La cifra definitiva sale de la liquidación, que se controla: presupuesto no es sentencia, y los intereses abusivos se pelean incluso después de perder las excepciones.

¿Puede el oficial llevarse cosas de mi casa?

El mandamiento de intimación de pago y embargo afecta bienes jurídicamente; el secuestro físico es otra medida, con su propia orden. En la práctica del ejecutivo comercial, el embargo típico recae sobre cuentas, sueldos o bienes registrables — no sobre el televisor. Si el mandamiento incluye algo inusual, mandalo a revisar hoy.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

¿Estás en esta situación ahora?

Esta página explica el concepto. Si el problema ya está en tu mesa, la guía práctica es Mandamiento de intimación de pago.

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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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