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CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Guía práctica

Mi empresa causó (o me acusan de) un daño ambiental: qué responsabilidad tengo

Una actividad productiva o industrial con permisos y habilitaciones en regla no queda automáticamente a salvo de responder por un daño ambiental: el régimen que se aplica acá es más exigente que el de un reclamo civil común, y conviene entenderlo antes de que se transforme en un conflicto judicial.

Por qué este régimen es más exigente que un reclamo civil común

Responsabilidad objetiva no es lo mismo que Responsabilidad por culpa

No hace falta que te prueben negligencia: alcanza con acreditar el daño ambiental y la relación de causalidad con tu actividad.

Habilitación administrativa en regla no es lo mismo que Exención de responsabilidad

Tener todos los permisos correspondientes no te exime, por sí solo, de esta responsabilidad si tu actividad efectivamente causó un daño ambiental.

Restablecimiento del ambiente no es lo mismo que Pago de una indemnización

La ley prioriza que repongas el ambiente a su estado anterior; la indemnización en dinero solo entra a jugar si eso no es técnicamente factible.

Qué puede pasarte si se determina tu responsabilidad

  1. Tener que restablecer el ambiente al estado anterior a la producción del daño, como consecuencia prioritaria.
  2. Si eso no es técnicamente factible, pagar una indemnización sustitutiva, que no va al damnificado individual sino al Fondo de Compensación Ambiental.
  3. Responder solidariamente junto con otros responsables, si participaron varios o no se puede determinar con precisión qué parte del daño aportó cada uno.
  4. Que la responsabilidad se extienda a los directivos y profesionales de la empresa, en la medida de su participación en el hecho, no solo a la sociedad como tal.

Quiénes pueden reclamarte

La legitimación para exigir la recomposición del ambiente es amplia: la tiene el propio afectado, el Defensor del Pueblo, las asociaciones de defensa ambiental, y el Estado nacional, provincial o municipal. Además, cualquier persona puede pedir por la vía de amparo que cese una actividad que esté generando daño ambiental colectivo, aunque no sea quien vaya a reclamar la indemnización de fondo. Esto significa que el universo de quienes pueden activar un reclamo o una medida urgente contra tu actividad es más amplio que en un conflicto civil ordinario.

Cómo prevenir esta responsabilidad

  1. Evaluá el riesgo ambiental real de tu actividad, más allá de contar con las habilitaciones administrativas correspondientes.
  2. Documentá las medidas de prevención y mitigación que efectivamente implementás, no solo las que exige el permiso mínimo.
  3. Monitoreá el cumplimiento ambiental de forma continua, no solo al momento de tramitar una habilitación.
  4. Definí protocolos internos de actuación ante un incidente con potencial impacto ambiental, para limitar el daño desde el primer momento.

Qué hacer si ya enfrentás un reclamo o una denuncia

  1. Evaluá con precisión si la alteración generada tiene entidad suficiente para calificar como daño ambiental de incidencia colectiva.
  2. Analizá la viabilidad técnica del restablecimiento al estado anterior, en lugar de asumir de entrada que la única salida es una indemnización.
  3. Identificá a todos los eventuales responsables, si participaron otras empresas o personas en la actividad cuestionada.
  4. Revisá la exposición personal de directivos y profesionales involucrados en las decisiones vinculadas al hecho.

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

Mi empresa tiene todas las habilitaciones ambientales en regla, ¿igual puedo ser responsable de un daño ambiental?

Sí, en principio: la ley alcanza tanto a hechos lícitos como ilícitos. Contar con las autorizaciones correspondientes no excluye, por sí solo, que se determine que tu actividad causó un daño ambiental.

¿Puedo evitar pagar una indemnización si me ofrezco a reparar directamente el ambiente afectado?

La ley prioriza justamente esa vía: el restablecimiento al estado anterior es la consecuencia prioritaria, y la indemnización sustitutiva solo procede cuando ese restablecimiento no es técnicamente factible.

Si somos varias empresas involucradas en la actividad que generó el daño, ¿cada una responde solo por su parte?

Si no es posible determinar con precisión qué parte del daño aportó cada una, todas responden solidariamente frente a la sociedad, sin perjuicio del derecho de repetición entre ustedes.

¿Yo, como director de la empresa, puedo responder personalmente por un daño ambiental que causó la sociedad?

Puede extenderse la responsabilidad a las autoridades y profesionales de la empresa, en la medida de su participación en el hecho. Conviene una evaluación puntual de tu rol concreto en la situación.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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