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CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Guía práctica

Vuelo cancelado o paquete turístico incumplido: qué podés exigir

Un vuelo cancelado dos horas antes del embarque o un hotel que no era el prometido no son solo un mal momento de viaje: son un incumplimiento contractual con una respuesta legal concreta, que la mayoría de los pasajeros nunca reclama porque no sabe que existe.

Las tres opciones que la ley te da (y que la empresa no siempre ofrece)

Frente al incumplimiento de la oferta o del contrato por parte del proveedor —salvo caso fortuito o fuerza mayor genuinos—, la ley te permite elegir, a tu libre elección, entre tres caminos: exigir el cumplimiento forzado de lo prometido (por ejemplo, que te reprogramen el vuelo o te den el paquete tal como se contrató, si eso todavía es posible), aceptar otro producto o servicio equivalente, o directamente rescindir el contrato con derecho a la devolución completa de lo pagado. Cualquiera de estos tres caminos es sin perjuicio de los daños y perjuicios que el incumplimiento te haya generado —gastos adicionales, pérdida de días de vacaciones, entre otros—.

Qué es (y qué no es) un caso fortuito real

La única excusa que exime a la empresa es el caso fortuito o la fuerza mayor genuinos: un hecho imprevisible e inevitable, ajeno a su control. Un problema climático extremo puede encuadrar; una cancelación por baja ocupación, una demora por mala programación de la aerolínea, o un hotel "overbookeado" por la propia agencia, no. La empresa tiene la carga de probar que el hecho que invoca realmente reúne esas características, no solo de invocarlo.

Cómo se ordena esto en la práctica

  1. Documentá el incumplimiento apenas ocurre: capturas de pantalla, mails, la comunicación de la aerolínea o la agencia, fotos si el paquete turístico no coincidía con lo contratado.
  2. Definí qué opción te conviene: si todavía te sirve viajar y hay forma de reprogramar, el cumplimiento forzado o el equivalente pueden ser más rápidos; si ya no tiene sentido, la rescisión con devolución es la vía.
  3. Reclamá por escrito a la empresa, dejando constancia de la opción elegida y un plazo razonable de respuesta.
  4. Si no hay respuesta adecuada, escalá a Defensa del Consumidor: es una instancia rápida y sin costo para el consumidor, pensada exactamente para estos reclamos.
  5. Cuantificá los daños adicionales: gastos de alojamiento de emergencia, traslados, días de trabajo perdidos, para sumarlos al reclamo más allá de la devolución del precio.

Distinciones que evitan que te paguen menos

Voucher ofrecido por la empresa no es lo mismo que Única opción disponible

La empresa puede ofrecerte un voucher o una reprogramación, pero la elección entre cumplimiento, equivalente o rescisión con devolución es tuya, no de ellos.

Caso fortuito invocado no es lo mismo que Caso fortuito probado

La empresa debe demostrar que el hecho que alega realmente fue imprevisible e inevitable. Una simple mención genérica a "razones operativas" no alcanza para liberarla de responsabilidad.

Devolución del precio no es lo mismo que Reparación completa

Rescindir con devolución de lo pagado no agota tus derechos: los daños y perjuicios adicionales que el incumplimiento te generó se reclaman aparte, sin perjuicio de esa devolución.

Qué documentación mandar

Preguntas frecuentes

Me cancelaron el vuelo y la aerolínea solo me ofrece reprogramarlo para dentro de un mes, ¿tengo que aceptar?

No: podés elegir en cambio la devolución completa de lo pagado, o exigir una prestación equivalente en un plazo razonable, según lo que más te convenga. La ley te da esa elección, no la aerolínea.

La agencia de turismo dice que el hotel prometido "no estaba disponible" y me dieron uno de categoría inferior, ¿puedo reclamar?

Sí: eso es un incumplimiento de la oferta, y tenés derecho a elegir entre las opciones que la ley prevé, además de reclamar la diferencia de valor y cualquier otro daño que esa sustitución te haya generado.

¿Puedo reclamar además del reembolso, o tengo que elegir entre uno u otro?

Podés reclamar ambas cosas: la opción que elijas (cumplimiento, equivalente o rescisión) es compatible con el reclamo adicional de los daños y perjuicios que el incumplimiento te haya causado.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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