Derecho empresarial · Empresas ejecutadas, deudas y fiadores · Tema
Ejecutan a mi empresa: cómo ordenar la defensa y proteger la operación
Este tema reúne las situaciones en las que una empresa es ejecutada o ya no puede sostener lo que debe: un pagaré librado entre empresas, un embargo que paraliza las cuentas, un crédito prendario impago, una tarjeta corporativa, o un pasivo que supera cualquier juicio puntual. Sirve para quien tiene que decidir si resiste el título, negocia o piensa una salida de fondo.
- 6 guías
- CABA y Provincia de Buenos Aires
Las guías
Elegí la guía que se parezca al problema de tu empresa.
- Diagnóstico de la ejecuciónAntes de responder: quién te ejecuta, si el título es válido, a quién demandaron y qué patrimonio está expuesto. El mapa que ordena todo lo demás.
- Pagaré comercial entre empresasTe ejecutan un pagaré librado entre empresas por una operación comercial. Qué excepciones siguen disponibles y por qué el margen es más acotado que en consumo
- Liberar cuentas embargadasEmbargaron las cuentas operativas y la empresa se ahoga: sustitución por seguro de caución y rechazo del embargo ómnibus sobre el BCRA.
- Opciones frente al pasivo impagableCuando el pasivo ya no es una ejecución puntual: negociación privada, acuerdo preventivo extrajudicial, concurso preventivo o quiebra propia.
- Crédito prendario impagoCuando la empresa no puede pagar el crédito prendario y el acreedor ejecuta la prenda: procedimiento, defensas del deudor y opciones de renegociación.
- Tarjeta corporativa impagaCuando la empresa no puede pagar la tarjeta corporativa emitida a su nombre: renegociación con el banco, ejecución y responsabilidad del firmante.
Qué casos atendemos
Acá van los problemas de la sociedad o PyME que es parte demandada: cómo defenderla y cómo seguir operando mientras tanto.
- Demanda ejecutiva a la empresa y duda sobre por dónde empezarLeemos la cédula, el título y la liquidación para decir qué se reclama, qué defensas se miran y cuánto tiempo hay para presentarse.
- Ejecución de un pagaré por una operación entre empresasRevisamos el título y la operación que le dio origen para oponer las defensas que correspondan en el juicio ejecutivo.
- Embargo de cuentas que paraliza el pago de sueldos y proveedoresAnalizamos el alcance del embargo y las vías para levantarlo, reducirlo o sustituirlo y liberar las cuentas de la empresa.
- Pedido de sustituir el embargo por un seguro de cauciónEvaluamos si el seguro de caución puede reemplazar el embargo y armamos el pedido con los datos de la empresa.
- Ejecución prendaria de un vehículo o maquinaria de la empresaRevisamos el contrato de prenda, la inscripción y la liquidación reclamada y buscamos una defensa o un acuerdo sobre el bien.
- Reclamo por la tarjeta de crédito corporativa con saldo impagoAnalizamos el contrato de la tarjeta, los consumos y los resúmenes para definir la defensa o una forma de pago.
- Plazo corriendo para oponer excepciones tras la notificaciónContamos el plazo desde la notificación y preparamos las excepciones antes de que venza.
- Pasivo con varios juicios abiertos y necesidad de una salida globalReunimos las deudas y los juicios abiertos y planteamos una estrategia conjunta de negociación o reestructuración del pasivo.
Qué necesitamos para analizar tu caso
Para armar la defensa de la empresa necesitamos reconstruir la operación, lo pagado y el estado de las cuentas; con eso te decimos qué defensas se miran y qué conviene hacer con el embargo.
Lo que tenés que tener a mano
- Cédula o mandamiento: con la fecha de notificación visible.
- Demanda y título: el pagaré, cheque o contrato tal como lo presentó el acreedor.
- Documentos de la operación: contrato de préstamo, facturas, órdenes de compra o remitos que dieron origen a la deuda.
- Comprobantes de pago: transferencias, recibos o conciliaciones, si pagaron algo.
- Si hay embargo: la resolución con el monto y los resúmenes de cada cuenta afectada.
Si lo tenés, sumalo
- Contrato de prenda y constancia de inscripción, si la deuda es prendaria.
- Solicitud de la tarjeta corporativa con las firmas de los usuarios y los últimos resúmenes.
- Flujo de caja aproximado y último balance, para evaluar sustitución del embargo o una salida de fondo.
Si el plazo está corriendo, mandanos primero la cédula y el título; lo demás se suma después. Fotos legibles o PDF por WhatsApp o correo.
La ejecución a una empresa, en corto
Antes de elegir una defensa hay que responder cuatro preguntas: quién ejecuta, si el título es válido, si hay una garantía real y a quién demandaron exactamente. Cada acreedor litiga distinto, porque el fisco tiene un proceso propio con defensas tasadas, la sociedad de garantía recíproca suele usar firma electrónica y el proveedor a veces ejecuta con un título más débil de lo que parece. Es el contenido de el diagnóstico de la ejecución.
También importa el escenario de las partes: solo la empresa, solo el fiador o ambos en el mismo expediente. Lo que se plantea contra el título afecta a los dos codemandados, pero las defensas personales del fiador son propias y no se transmiten a la empresa. Con esas respuestas se traza el mapa del patrimonio expuesto y se elige entre resistir el título, negociar o encarar el pasivo entero.
El diagnóstico va antes que la respuesta
Responder de apuro, pagando, ignorando la cédula o discutiendo lo que no corresponde discutir en un ejecutivo, suele ser el error más caro de corregir. Si la intimación ya llegó, el plazo para oponer excepciones es perentorio: ver cómo se cuenta.
Qué guía corresponde a cada problema de la empresa
Pagaré comercial entre empresas no es lo mismo que pagaré de consumo
Entre empresas no rige el control del art. 36 de la Ley 24.240 y el título se rige solo por las reglas cambiarias. Las excepciones que quedan están en pagaré comercial entre empresas.
Discutir la deuda no es lo mismo que liberar la cuenta
Cuando el embargo ahoga la operación, el objetivo inmediato puede ser recuperar el capital de trabajo mientras la discusión de fondo sigue en paralelo, con las dos herramientas de liberar cuentas embargadas.
Una ejecución puntual no es lo mismo que un pasivo impagable
Si hay varios acreedores, embargos superpuestos y un flujo de caja que ya no sostiene la operación, discutir juicio por juicio no alcanza: opciones frente al pasivo impagable.
Crédito prendario no es lo mismo que tarjeta corporativa
Con una prenda con registro el acreedor puede llegar al secuestro y remate del bien, como explica crédito prendario impago. En la tarjeta emitida a nombre de la sociedad, lo central es quién firmó y hasta dónde responde: tarjeta corporativa impaga.
Si en cambio quien te ejecuta es una persona que firmó como garante y no la sociedad, el tema que corresponde es fiadores, avalistas y SGR.
Qué suele trabar la defensa de la empresa
El error recurrente es mezclar discusiones. Entre empresas, las objeciones sobre la operación de fondo, como la calidad de la mercadería, quedan en principio fuera del ejecutivo, porque el pagaré es abstracto y autónomo de la causa. La causa solo entra con fraude o dolo, o cuando el portador es la contraparte directa de la operación y no un tercero de buena fe.
- Afirmar un pago sin respaldo. El pago documentado es una defensa directa, pero la mera afirmación de que «ya se pagó» no alcanza: hacen falta transferencias, recibos o conciliaciones contables. Lo desarrolla la guía del pagaré entre empresas.
- Pedir mal la sustitución del embargo. Pedirla no implica reconocer la deuda, pero la caución tiene que cubrir razonablemente lo embargado: una oferta claramente insuficiente no obliga al juez a levantar el embargo, como se ve en la guía de las cuentas embargadas.
- Reaccionar tarde frente a la prenda. En la ejecución prendaria las defensas son taxativas y los plazos breves, así que la reacción temprana define el resultado. Ver crédito prendario impago.
- Esperar a que cierre la cuenta de la tarjeta. La renegociación es más flexible antes de que el banco cierre la cuenta y emita el certificado de saldo deudor, y la posición negocial se endurece después, según la guía de la tarjeta corporativa.
Un último punto es la elección de la salida cuando el problema es de fondo. La negociación privada es la más rápida pero no obliga a quien no firma, el acuerdo preventivo extrajudicial obliga a los firmantes y, homologado con las mayorías legales, también a los demás, el concurso preventivo reúne las ejecuciones en un solo proceso y la quiebra propia es el último recurso. Todo está en opciones frente al pasivo impagable.
Qué documentación juntar
Conviene llevar los papeles completos y no copias parciales. El punto de partida es siempre la notificación y el título, porque con eso se revisan los requisitos formales y se confirma el plazo. Después se suma lo que permite reconstruir la operación, los pagos y el estado de la empresa.
- La cédula de notificación o el mandamiento completo, con fecha, y la demanda con el título ejecutado, todas las hojas.
- El contrato de préstamo, la garantía otorgada a la SGR, las facturas, las órdenes de compra o los remitos de la operación que originó el título.
- Comprobantes de pago total o parcial, y si hay fianza, el instrumento donde consta la firma del fiador.
- Para un embargo: la resolución que lo ordenó con el monto, los resúmenes de cada cuenta afectada y un flujo de caja aproximado.
- Para una prenda o una tarjeta: el contrato de prenda y la constancia de inscripción, o la solicitud de emisión con las firmas de cada usuario y los resúmenes de los últimos períodos.
- Para evaluar una salida de fondo: un listado completo del pasivo con el estado de cada juicio, los últimos balances, el detalle de bienes registrables y una proyección de flujo de caja.
Si el plazo corre, empezá por el título y la cédula
Con esos dos documentos se hace el primer diagnóstico. Podés enviarlos desde la página de contacto aunque el resto de la documentación esté incompleto.
Preguntas frecuentes
¿Puedo saber en una sola consulta si conviene pelear el juicio o negociar?
En la mayoría de los casos, sí: con el título, la demanda y los datos de quién fue demandado el diagnóstico suele dar un panorama claro de las opciones reales, aunque la decisión final pueda requerir un análisis más fino. Ver diagnóstico de la ejecución.
Nuestra empresa nunca recibió la mercadería facturada, ¿sirve como defensa en el ejecutivo?
Puede ser relevante, pero rara vez alcanza por sí solo en el ejecutivo, salvo que se acredite fraude o que el portador sea la misma contraparte de la operación. Conviene evaluar discutirlo en paralelo por la vía ordinaria. Está en pagaré comercial entre empresas.
¿Pedir la sustitución del embargo por una caución implica reconocer la deuda?
No. Es un planteo procesal sobre cómo se garantiza el juicio y no resigna las defensas de fondo. Además, la resolución judicial no libera sola los fondos: hay que seguir el oficio hasta el banco. Detalle en liberar cuentas embargadas.
Si la empresa entra en concurso preventivo, ¿se frenan las ejecuciones de los fiadores personales?
El concurso suspende las ejecuciones contra el patrimonio de la empresa concursada. En principio no alcanza a los fiadores personales, que pueden seguir siendo ejecutados por su cuenta. Ver opciones frente al pasivo impagable.
Firmé la tarjeta corporativa como director, ¿el banco puede ir contra mi patrimonio personal?
Depende de lo que dice el contrato firmado. Si asumiste responsabilidad solidaria personal por los consumos, el banco puede dirigirse contra vos; si solo firmaste como usuario autorizado, sin ese compromiso, la deuda es de la sociedad. Lo vemos en tarjeta corporativa impaga.
¿Qué cambia si la deuda tiene una prenda?
El acreedor tiene un bien concreto sobre el cual ejecutar, por una vía especial de trámite abreviado que puede llegar al secuestro del bien. Antes de eso hay margen para refinanciar con más plazo, quitas de intereses o dación en pago. Ver crédito prendario impago.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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