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CONTIABOGADOS

Derecho civil · Guía práctica

Internaron a mi familiar (o a mí) por salud mental: cuáles son sus derechos

Estar internado por salud mental —o tener a un familiar en esa situación— no significa quedar sin derechos ni sin voz en el proceso. La ley reconoce un catálogo concreto de protecciones, y una de ellas es especialmente accionable: el derecho a tener un abogado, gratis si hace falta, desde el primer momento.

El derecho más concreto: tener un abogado

  1. La persona internada (o su representante legal) puede designar un abogado propio.
  2. Si no lo hace, el Estado tiene que proporcionarle uno gratis, desde el momento mismo de la internación.
  3. Ese defensor puede oponerse a la internación y pedir la externación en cualquier momento del proceso.
  4. El juzgado tiene que permitirle controlar el expediente en todo momento, sin restricciones.

El control judicial que tiene que activarse automáticamente

Notificación al juez no es lo mismo que Decisión del juez

La internación involuntaria tiene que notificarse al juez y al órgano de revisión dentro de las diez horas. El juez, a partir de esa notificación, tiene hasta tres días corridos para resolver.

Autorizar no es lo mismo que Denegar con externación inmediata

Si el juez evalúa que no están dados los requisitos legales, no solo rechaza la medida: tiene que asegurar la externación de forma inmediata, sin demora adicional.

Otros derechos que corresponden durante todo el proceso

  1. Recibir atención integral, humanizada y gratuita, con el tratamiento que menos restrinja los derechos y libertades de la persona.
  2. Ser acompañado por familiares o allegados antes, durante y después del tratamiento, salvo excepciones terapéuticas debidamente fundadas.
  3. Recibir información comprensible sobre los derechos que la asisten y sobre su propio tratamiento.
  4. Acceder a su historia clínica y sus antecedentes, tanto la persona como su abogado, un familiar o un allegado que designe.
  5. Que la internación, si se prolonga, sea supervisada periódicamente por el órgano de revisión creado por esta ley.

Qué hacer si creés que los derechos no se están respetando

  1. Verificá si ya se designó un abogado para la persona internada; si no, activá ese derecho de inmediato.
  2. Pedí acceso a la documentación de la internación: el dictamen profesional, la fecha de notificación al juez, y el estado del expediente judicial.
  3. Consultá con el defensor designado si corresponde solicitar la externación, evaluando la situación concreta de la persona.
  4. Hacé seguimiento de los plazos: si pasaron más de diez horas sin notificación al juez, o más de tres días corridos sin resolución judicial, es un punto concreto para plantear.

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

Internaron a mi hermano sin que nadie le haya asignado un abogado, ¿es correcto?

No: la ley obliga al Estado a proporcionarle un abogado desde el momento mismo de la internación involuntaria, si no designó uno propio. Es un derecho que corresponde de oficio, sin necesidad de que la familia lo reclame activamente para que exista.

¿Puedo pedir la externación de mi familiar en cualquier momento, o hay que esperar a una fecha determinada?

El defensor de la persona internada puede oponerse a la internación y solicitar la externación en cualquier momento del proceso, no solo en instancias predeterminadas.

Pasaron varios días y nadie nos informó si un juez revisó la internación, ¿qué podemos hacer?

Conviene verificar de inmediato el estado del expediente judicial: la ley exige notificación al juez en diez horas y una decisión en tres días corridos, así que una demora mayor a esos plazos es un punto concreto para plantear con asesoramiento.

¿La familia tiene derecho a ver a la persona internada durante el proceso?

Sí, en principio: la ley promueve el mantenimiento de vínculos y contactos con la familia durante la internación, salvo excepciones que el equipo de salud funde específicamente por razones terapéuticas.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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