Art. 21: control judicial de la internación
El texto oficial completo sobre el control judicial obligatorio y sus plazos.
Derecho civil · Guía práctica
Estar internado por salud mental —o tener a un familiar en esa situación— no significa quedar sin derechos ni sin voz en el proceso. La ley reconoce un catálogo concreto de protecciones, y una de ellas es especialmente accionable: el derecho a tener un abogado, gratis si hace falta, desde el primer momento.
Notificación al juez no es lo mismo que Decisión del juez
La internación involuntaria tiene que notificarse al juez y al órgano de revisión dentro de las diez horas. El juez, a partir de esa notificación, tiene hasta tres días corridos para resolver.
Autorizar no es lo mismo que Denegar con externación inmediata
Si el juez evalúa que no están dados los requisitos legales, no solo rechaza la medida: tiene que asegurar la externación de forma inmediata, sin demora adicional.
No: la ley obliga al Estado a proporcionarle un abogado desde el momento mismo de la internación involuntaria, si no designó uno propio. Es un derecho que corresponde de oficio, sin necesidad de que la familia lo reclame activamente para que exista.
El defensor de la persona internada puede oponerse a la internación y solicitar la externación en cualquier momento del proceso, no solo en instancias predeterminadas.
Conviene verificar de inmediato el estado del expediente judicial: la ley exige notificación al juez en diez horas y una decisión en tres días corridos, así que una demora mayor a esos plazos es un punto concreto para plantear con asesoramiento.
Sí, en principio: la ley promueve el mantenimiento de vínculos y contactos con la familia durante la internación, salvo excepciones que el equipo de salud funde específicamente por razones terapéuticas.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El texto oficial completo sobre el control judicial obligatorio y sus plazos.
El resto de la Ley 26.657 de Salud Mental, comentada.
Los requisitos que tuvo que cumplir la internación para ser legalmente procedente.
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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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