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CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Guía práctica

Un competidor hace publicidad engañosa o me denigra: qué puedo hacer

Que un competidor te mencione en su publicidad no es, de por sí, un problema legal. Que lo haga con datos falsos, comparaciones sin base objetiva, o para denigrarte, sí lo es —y la ley te da herramientas concretas para actuar, más allá de la tentación de responder con la misma moneda.

Primero, identificá qué tipo de infracción es

  1. ¿La publicidad afirma algo falso o inexacto sobre vos o tu producto? Puede encajar en la prohibición general de publicidad engañosa.
  2. ¿Te compara explícita o implícitamente con su producto? Ahí se aplican las siete condiciones específicas de la publicidad comparativa.
  3. ¿La comparación tiene base objetiva y comprobable, o son afirmaciones genéricas de superioridad sin datos?
  4. ¿El mensaje te denigra o desacredita tus derechos de propiedad intelectual, más allá de simplemente mostrar una ventaja del competidor?
  5. ¿Se aprovecha indebidamente de tu reputación o de tu marca, presentando su producto como equivalente o imitación de la tuya?

Las condiciones que el competidor tiene que cumplir

Comparación objetiva y comprobable no es lo mismo que Afirmación sin respaldo

Si el competidor no puede sostener con datos concretos lo que afirma sobre tu producto, la comparación no cumple la condición legal de objetividad.

Informar una ventaja real no es lo mismo que Denigrarte sin necesidad

La norma exige que la comparación tenga fin informativo, no que sea una excusa para desacreditarte.

Presentarse como alternativa no es lo mismo que Presentarse como tu imitación o réplica

Esto último está expresamente prohibido, y suele ser el punto más fuerte de un reclamo cuando ocurre.

Cómo se ordena un reclamo

  1. Documentá la publicidad cuestionada completa, con fecha, medio de difusión y alcance.
  2. Reuní tu propia información técnica que contradiga las afirmaciones falsas o desmuestre que la comparación no es objetiva.
  3. Evaluá cuál de las condiciones legales se incumplió con precisión: no es lo mismo un problema de exactitud que uno de denigración o de aprovechamiento de tu reputación.
  4. Presentá el reclamo ante la Autoridad de Aplicación correspondiente, o evaluá en paralelo una vía civil si hubo un daño concreto.
  5. Buscá asesoramiento puntual antes de responder públicamente: una respuesta apresurada puede debilitar tu propia posición si no cumple las mismas condiciones legales.

Qué documentación reunir

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

Un competidor dice en su publicidad que su producto "rinde el doble" que el mío sin ninguna base, ¿puedo reclamar?

Sí, en principio: la norma exige que cualquier comparación sea objetiva y sobre características comprobables. Una afirmación sin base concreta no cumple esa condición.

Me compararon con datos reales, pero el tono del aviso es claramente burlón hacia mi marca, ¿eso es legal?

Es un punto a evaluar con cuidado: la norma exige que la comparación tenga fin informativo y no desacredite ni denigre las circunstancias del competidor, más allá de la exactitud de los datos usados.

¿Tengo que ir a la Justicia para frenar una publicidad de un competidor que me perjudica?

No necesariamente como primer paso: existe una Autoridad de Aplicación específica para este tipo de reclamos, y la vía judicial es una opción adicional según el caso y el daño concreto sufrido.

La publicidad cuestionada ya dejó de circular, ¿igual tiene sentido reclamar?

Puede tenerlo, sobre todo si hubo un daño comercial concreto durante el tiempo que circuló: la evaluación no depende solo de si la publicidad sigue activa, sino del perjuicio ya causado y de la prueba disponible para acreditarlo.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

Seguí leyendo

Uso no autorizado de marca

Si el competidor usó tu marca de forma indebida en su publicidad, esta guía cubre esa vía específica.

Publicidad y competencia desleal

Publicidad engañosa siempre prohibida; comparar con un competidor, permitido solo si cumplís siete condiciones a la vez. Ambos lados del conflicto.

Derecho comercial

Defensa del ejecutado, concursos y quiebras, cobranzas y contratos: el área comercial del estudio, con guías por situación y plazos reales.

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