Oposición al registro de marca
La guía general: causales de oposición, cómo defenderte y qué cambió en 2026.
Guía práctica
Para oponerte a una marca tenés 30 días corridos desde su publicación (art. 13). Después hay tres meses para negociar (art. 16), 15 días hábiles para que el oponente mantenga la oposición y otros 15 para que el solicitante pida que se resuelva, una vista final de 10 días hábiles y 30 días hábiles para apelar (art. 17).
El cuadro sigue el orden del trámite; las causales para oponerse están en la guía de oposición al registro de marca. Rige para oposiciones contra solicitudes de marcas nuevas ingresadas desde el 1° de marzo de 2026, según la Res. INPI 297/2026 (B.O. 10/8/2026), que reemplazó el Anexo I de la Res. P-183/2018 (su texto consolidado está en Infoleg).
| Etapa | Plazo | Quién actúa | Base |
|---|---|---|---|
| Publicación de la solicitud | Un día, en el Boletín de Marcas | INPI | Art. 12 |
| Presentar la oposición | 30 días corridos desde la publicación | Quien se opone | Arts. 13 y 14 |
| Notificar la oposición al solicitante | Desde acá corren los tres meses | INPI | Art. 15 |
| Negociar, acordar, retirar | Tres meses desde la notificación | Las dos partes | Art. 16 y art. 16 del Decreto 242/2019 |
| Mantener la oposición | 15 días hábiles improrrogables, tras la notificación del INPI | Oponente: paga el arancel, amplía fundamentos y ofrece prueba | Anexo I, art. 1 |
| Pedir que se resuelva y contestar | 15 días hábiles improrrogables | Solicitante: paga la tasa, contesta y ofrece prueba | Anexo I, art. 2 |
| Argumentos finales | Vista común de 10 días hábiles, voluntaria | Las dos partes | Anexo I, art. 6 |
| Mediación o conciliación | Interrumpe esa vista una sola vez, por 30 días hábiles | Las dos partes, en un escrito conjunto | Anexo I, art. 6 |
| Resolución | Vencida la vista final | Dirección Nacional de Marcas: oposición fundada o infundada | Anexo I, art. 9 |
| Recurso directo ante la Cámara | 30 días hábiles desde la notificación | La parte que pierde | Art. 17 |
| Comunicar el recurso al INPI | 20 días hábiles desde su interposición, con declaración jurada y arancel | La parte recurrente | Anexo I, art. 10 |
Las solicitudes ingresadas hasta el 28 de febrero de 2026 siguen con las reglas que regían cuando se presentaron, y tienen etapas distintas (por ejemplo, una etapa de prueba propia). Antes de contar nada, mirá la fecha en que se presentó la solicitud. Hoy no hay etapa de prueba separada: se acompaña con los escritos (art. 4).
Los escritos del procedimiento requieren patrocinio de abogado o de agente de la propiedad industrial (art. 3 del Anexo I).
La ley no fija una duración total. En su guía para oponerse a una marca, el INPI informa que el trámite lleva 15 meses. Es una estimación del organismo, no un plazo legal.
Días corridos no es lo mismo que Días hábiles
Los corridos cuentan todos los días del calendario; los hábiles solo los días de trabajo. Contarlos mal es la forma más común de llegar tarde.
Plazo para oponerse no es lo mismo que Plazo para negociar
Los 30 días corren desde la publicación y los tres meses desde la notificación de la oposición al solicitante. Son dos relojes distintos.
Resolución de la oposición no es lo mismo que Concesión de la marca
La Dirección resuelve primero si la oposición es fundada; la concesión o denegatoria se decide después, en otro acto (art. 11).
Perdiste la oposición, pero no todo. Tenés la nulidad de una marca registrada en contravención a la ley (art. 24, inc. a), que prescribe a los diez años (art. 25), y la caducidad si no se la usó en los cinco años previos al pedido (art. 26). Desde las solicitudes ingresadas el 1° de marzo de 2026 ya no hay llamados de atención.
No. Los plazos son improrrogables y perentorios (arts. 1, 2 y 7 del Anexo I). Por eso conviene calcular cada fecha apenas llega la notificación.
Se tiene por no mantenida, automáticamente y sin más trámite, y no abre la instancia administrativa (art. 1 del Anexo I). El decreto reglamentario deja a salvo que la Dirección considere una presentación sin tasa si el registro afecta el orden público (art. 16).
Contra la resolución de la Dirección Nacional de Marcas solo cabe el recurso directo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, dentro de los 30 días hábiles de la notificación (art. 17). Tramita solo entre solicitante y oponente (art. 17 del Decreto).
Sí. Escribinos por WhatsApp con el número de acta y la fecha de notificación y calculamos con vos cada fecha.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
La guía general: causales de oposición, cómo defenderte y qué cambió en 2026.
Cómo aprovechar los tres meses de negociación con un acuerdo entre las partes.
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