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CONTIABOGADOS

Derecho civil · Mala praxis médica

Diagnóstico tardío o equivocado: cuándo se indemniza la chance perdida de curarse o de sobrevivir

Si un diagnóstico tardío o equivocado te hizo perder la posibilidad de curarte o de sobrevivir, lo que se indemniza es esa chance perdida, no el resultado seguro que habrías tenido. No es automático: hay que probar que el médico no agotó los medios disponibles y que, con un diagnóstico a tiempo, tenías posibilidades reales.

En corto

Error excusable y error culpable

La medicina no es una ciencia exacta, y un diagnóstico equivocado no es mala praxis por sí mismo. El médico es un profesional liberal: responde por culpa, es decir por imprudencia, negligencia o impericia (arts. 1724 y 1768 del Código), y la valoración de su conducta se hace con el nivel de diligencia que exige la actividad (art. 1725). Para ver cómo se aplica esa regla, mirá la guía de mala praxis de un profesional.

La Sala M de la Cámara Civil, en "Q., C. F. y otros" (07/02/2025), marcó dónde pasa la frontera: el error de diagnóstico es culpable cuando no se agotan los medios disponibles. Eso significa que el reproche no es haberse equivocado, sino no haber pedido los estudios, las interconsultas o los controles que el cuadro justificaba.

La chance como daño autónomo

Nadie puede saber hoy si con un diagnóstico a tiempo te habrías curado. Lo que sí se puede afirmar es que perdiste una oportunidad real de lograrlo. El art. 1738 incluye la pérdida de chances entre los rubros de la indemnización, y el art. 1739 pone dos condiciones: que la chance sea razonable y que tenga un nexo adecuado con el hecho que la frustró. La causalidad adecuada es la regla general (art. 1726).

Por eso el rubro no equivale al daño completo. Se indemniza el valor de la oportunidad perdida: una parte de lo que habrías obtenido si todo hubiera salido bien. El glosario de pérdida de chance explica el concepto en general. Acá se aplica a la salud.

Cómo fijan el porcentaje los tribunales

No hay una tabla. Cada sentencia fija el porcentaje a partir de la pericia y de las circunstancias. Dos fallos de la Cámara Civil, ambos con el 50 %, sirven de ejemplo:

Dos fallos con el mismo porcentaje no hacen una regla. En otro caso, con otra pericia, el porcentaje puede ser mayor, menor o la chance puede considerarse inexistente. Los montos son ejemplos de sentencias, no una promesa.

Qué tenés que poder probar

Un reclamo por diagnóstico tardío se arma con cuatro piezas:

  1. Que el diagnóstico fue tardío o errado frente a lo que correspondía según tus síntomas y estudios.
  2. Que no se agotaron los medios: qué estudios o derivaciones faltaron.
  3. Que con un diagnóstico oportuno tenías posibilidades reales de evolucionar mejor. Esto lo dice una pericia médica.
  4. Qué pasó después: cómo evolucionó tu salud, o la de tu familiar, y qué daños dejó.

La prueba central suele ser la historia clínica. Si le faltan hojas o está ilegible, eso también juega: lo explicamos en historia clínica incompleta en el juicio.

Si el paciente murió

Cuando el paciente falleció, la chance de sobrevida perdida también se indemniza. Los legitimados para reclamar el daño moral en caso de muerte están en el art. 1741. El detalle de quiénes reclaman y cómo se prueba está en murió un familiar por mala praxis.

Diagnóstico tardío por el médico o demora de la obra social

No toda demora es culpa del médico. La Sala H de la Cámara Civil, en "C., A. M." (15/10/2026), trató un caso en el que la obra social tardó 9 días en dar turno para una tomografía "urgente" y 40 días en dar turno con el especialista. La fractura de tobillo ya no pudo operarse a tiempo y quedó una pseudoartrosis.

La Sala dejó firme la condena a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC), que en primera instancia fue de $32.100.000 y que la Cámara solo modificó en la tasa de interés. Al médico, en cambio, lo absolvió: su tratamiento conservador era correcto dado el tiempo transcurrido. Si tu demora fue administrativa, mirá la obra social demoró la atención y quedé con secuelas.

Distinciones que cambian el reclamo

Error excusable no es lo mismo que error culpable

El primero es un error razonable dado el cuadro. El segundo supone no haber agotado los medios disponibles para llegar al diagnóstico.

Chance perdida no es lo mismo que daño total

La chance indemniza el valor de la oportunidad frustrada, no el resultado seguro. Por eso se fija un porcentaje del daño.

Mal resultado no es lo mismo que chance perdida

Que no te hayas curado no prueba nada. Hay que mostrar que un diagnóstico oportuno te habría dado posibilidades reales.

Demora del médico no es lo mismo que demora de la obra social

Cambia quién responde y qué se prueba. En el caso de la tomografía, la obra social fue condenada y el médico, absuelto.

Qué reunir para evaluar tu caso

  1. Armá una línea de tiempo: primera consulta, síntomas, estudios pedidos, fecha del diagnóstico definitivo.
  2. Pedí la historia clínica completa y todos los estudios con sus fechas.
  3. Anotá qué estudios se pidieron y cuáles no, y qué derivaciones se hicieron o se omitieron.
  4. Conseguí una segunda opinión por escrito sobre cuándo debió hacerse el diagnóstico (art. 2, inc. g, de la Ley 26.529).
  5. Guardá turnos, órdenes, mensajes y comprobantes de los gastos del tratamiento.
  6. Controlá el plazo: son tres años, y la calculadora de prescripción te da una estimación.

Preguntas frecuentes

Me diagnosticaron tarde, pero igual me estoy tratando, ¿puedo reclamar?

Si la demora te hizo perder una chance concreta, o agravó tu cuadro, puede haber un daño. Lo decide la pericia médica. Un diagnóstico equivocado sin consecuencias en tu salud no genera una indemnización por sí solo.

¿Me corresponde el 50 % del daño?

No necesariamente. El 50 % es el porcentaje que fijó la Cámara Civil en dos casos concretos. En el tuyo, el porcentaje depende de la pericia y de las circunstancias.

¿Qué pasa si igual iba a morir, aunque lo hubieran diagnosticado a tiempo?

Si la chance era remota o inexistente, no hay una chance razonable que indemnizar (art. 1739). Por eso hay que pedir una pericia que determine qué posibilidades había.

¿Un diagnóstico equivocado es siempre mala praxis?

No. Es mala praxis cuando el error se debe a no haber agotado los medios disponibles. Si el médico hizo lo que correspondía y igual se equivocó, el error se considera excusable.

¿A quién se demanda?

Al médico, y según el caso a la clínica, a la obra social o a la prepaga. Lo desarrollamos en a quién se le reclama por mala praxis.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

Derecho civil · Mala praxis médica

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Ver todo el servicio (9 guías) →

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