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CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Guía práctica

Soy perito y me regularon honorarios: cómo se defienden frente a la apelación y el impago

Ser designado perito en un juicio —contable, médico, ingeniero, calígrafo— termina, si todo va bien, en una regulación de honorarios a tu favor. El problema empieza después: la parte que debe pagarlos apela para bajarlos, o directamente no paga aunque la regulación quede firme. En ambos casos, el perito tiene una posición procesal propia para actuar, distinta de la de las partes del juicio principal.

Tu posición como perito frente a la apelación

Cuando la parte obligada a pagar apela la regulación de tus honorarios buscando reducirlos, vos, como perito, sos parte interesada en ese incidente y tenés legitimación para contestar el recurso y defender el monto fijado. No es un trámite que quede solo en manos del juez o de las partes del litigio: el perito puede (y conviene que) se presente activamente a sostener por qué la regulación es correcta, con argumentos sobre la complejidad de la tarea pericial, el tiempo insumido, la trascendencia del dictamen para la resolución del caso y los parámetros de la ley arancelaria aplicable.

No dejes el incidente sin contestar

Si la apelación de tus honorarios queda sin respuesta de tu parte, el tribunal resuelve solo con los argumentos de quien apela. Contestar el traslado con fundamentos técnicos y arancelarios es la única forma de influir en el resultado.

Qué se discute en la apelación

  1. La complejidad de la pericia: cuántos puntos de pericia tuviste que responder, y qué nivel de especialización exigieron.
  2. El tiempo y el trabajo efectivamente insumidos: estudio del expediente, tareas de campo o de gabinete, elaboración del informe, eventuales explicaciones o impugnaciones respondidas.
  3. La trascendencia del dictamen en la resolución del caso: si el informe pericial fue determinante para la sentencia.
  4. Los parámetros de la ley arancelaria aplicable, que fijan pautas objetivas (porcentajes, escalas) sobre las que se apoya la regulación.

Cuando la regulación queda firme y no te pagan

Firme la regulación —sea la original o la que resulte confirmada o ajustada tras la apelación—, tus honorarios son un crédito ejecutable como cualquier otro. Si la parte obligada no paga, corresponde:

  1. Verificar la firmeza de la resolución que reguló tus honorarios, con constancia expresa.
  2. Identificar a quién corresponde reclamarle: normalmente la parte condenada en costas, aunque en ciertos supuestos el reclamo puede alcanzar a la parte que ofreció la prueba pericial.
  3. Intimar el pago por escrito, con la liquidación actualizada del monto regulado.
  4. Iniciar la ejecución judicial del honorario si no cobrás en el plazo intimado, con las costas de esa ejecución también a cargo del deudor.
  5. Solicitar el embargo sobre bienes o cuentas identificadas del deudor, hasta el cobro efectivo.

Distinciones que definen tu estrategia

Contestar la apelación no es lo mismo que Trámite optativo sin consecuencias

El silencio del perito frente al recurso de la parte deja la decisión librada solo a los argumentos de quien busca bajar el honorario; contestar con fundamentos técnicos es lo que permite sostenerlo.

Regulación apelada no es lo mismo que Regulación firme

Mientras el recurso está pendiente, el monto todavía puede variar; solo con la firmeza (agotada la apelación o vencido el plazo para interponerla) el honorario queda listo para ejecutar sin margen de discusión sobre su cuantía.

Reclamo contra el condenado en costas no es lo mismo que Reclamo contra quien ofreció la pericia

Según cómo haya quedado resuelta la imposición de costas y las reglas aplicables, el perito puede tener más de un obligado al pago; conviene identificar correctamente contra quién dirigir la ejecución.

Qué documentación traer

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

La parte apeló mis honorarios pidiendo que los bajen, ¿tengo que hacer algo o el juez decide solo?

Conviene contestar el traslado de la apelación con argumentos propios sobre la complejidad y el trabajo insumido en la pericia: sos parte interesada en ese incidente y tenés derecho a defender el monto regulado.

¿Puedo ejecutar mis honorarios mientras la apelación de la otra parte sigue en trámite?

No: mientras el recurso está pendiente, la regulación todavía no quedó firme. Recién con la resolución de la apelación (o el vencimiento del plazo para recurrir sin que se apele) el honorario queda en condiciones de ejecutarse.

¿A quién le reclamo si el que ofreció la prueba pericial no es quien terminó condenado en costas?

Depende de cómo haya quedado resuelta la imposición de costas en la causa; conviene revisar la sentencia o resolución puntual para identificar correctamente contra quién dirigir la ejecución.

Si mis honorarios quedaron firmes hace tiempo y nunca los cobré, ¿todavía puedo ejecutarlos?

En principio sí, mientras no haya operado la prescripción del crédito; cuanto antes se intime y se ejecute, mejor la posibilidad real de encontrar bienes o cuentas del deudor para embargar.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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Cobranzas

El circuito completo de cobro, desde la intimación hasta el remate.

Cobro de honorarios regulados

El cuadro general de apelación, re-regulación y ejecución de honorarios profesionales, aplicable a cualquier auxiliar de justicia.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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