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CONTIABOGADOS

Guía práctica

Derechos de autor: qué protege la ley y cómo defenderlos

A diferencia de una marca, que se protege registrándola, el derecho de autor nace con la creación misma de la obra. Eso no significa que el registro no importe: cambia lo que hace, no si existe el derecho.

Qué protege la ley

Escritos de cualquier extensión, programas de computación, compilaciones de datos, obras dramáticas y musicales, obras plásticas, fotografías y fonogramas, entre otras. La protección alcanza la expresión concreta de una idea, un método o un concepto, pero nunca esa idea, método o concepto en sí mismos.

Cuánto dura la protección

Toda la vida del autor y setenta años más para sus herederos, contados desde el 1° de enero siguiente a su muerte (o a la del último colaborador, en obras conjuntas). Los intérpretes y los productores de fonogramas tienen su propio plazo de setenta años, pero contado desde la publicación.

Qué conservás aunque vendas tu obra

El comprador adquiere el derecho de aprovechamiento económico, pero vos conservás siempre el derecho a exigir la fidelidad de tu texto y título, y la mención de tu nombre como autor. Si la obra es literaria, científica o musical, además, la cesión debe inscribirse en el Registro Nacional de Propiedad Intelectual para tener validez.

Qué pasa si no registrás tu obra

El registro no crea el derecho: lo que hace es distinto. Mientras la obra no esté inscripta, el ejercicio del derecho queda suspendido, y se recupera por completo en el momento de la inscripción. Esa suspensión no afecta la validez de lo que terceros hayan hecho válidamente mientras tanto.

Qué hacer si copian tu obra sin permiso

Reproducir, editar o vender una obra sin autorización no es solo un conflicto civil: la ley lo trata como delito, con penas que van de la multa hasta prisión de hasta seis años en los casos de piratería de fonogramas, y con herramientas procesales como el secuestro inmediato de copias ilícitas.

Cómo se ordena el análisis

  1. Identificá con precisión qué se copió: si es la expresión concreta de tu obra (protegida) o solo una idea o método general (no protegido).
  2. Verificá si tu obra está registrada en el Registro Nacional de Propiedad Intelectual, y si corresponde inscribir alguna cesión pendiente.
  3. Si vendiste derechos económicos, confirmá que se estén respetando la fidelidad del texto y la mención de tu autoría.
  4. Reuní evidencia concreta del uso no autorizado: capturas, ejemplares, facturas, fecha de detección.
  5. Evaluá en paralelo la vía civil (daños) y la penal (según el caso, desde la defraudación general hasta la piratería de fonogramas).

Distinciones que cambian el resultado

Idea o método no es lo mismo que Expresión concreta de una obra

Solo la segunda está protegida por el derecho de autor.

Derecho de autor no es lo mismo que Marca registrada

El primero nace con la creación de la obra; la segunda exige el registro para existir como derecho exclusivo.

Obra sin registrar no es lo mismo que Obra sin protección

La falta de registro suspende el ejercicio del derecho, no lo extingue.

Reproducción no autorizada no es lo mismo que Simple infracción civil

La ley la trata como delito, con penas específicas según el tipo de obra y de conducta.

Documentación para evaluar el caso

Preguntas frecuentes

Escribí un libro pero nunca lo registré, ¿igual tengo derechos sobre él?

Sí: el derecho de autor nace con la creación de la obra, no con el registro; lo que la falta de inscripción hace es suspender el ejercicio de ese derecho hasta que lo registres.

Un desarrollador que contraté como empleado en relación de dependencia programó un software para mi empresa, ¿el código es de la empresa o de él?

En principio de la empresa, si fue contratado específicamente para elaborar ese programa y lo hizo en el desempeño de sus funciones, salvo que hayan pactado expresamente lo contrario.

Vendí los derechos de mi canción a una productora, ¿pueden modificarle la letra sin mi autorización?

No: aunque hayas vendido la obra, conservás el derecho a exigir la fidelidad de su texto, así que una modificación sin tu autorización viola ese derecho.

Alguien está vendiendo copias de mi obra sin mi permiso, ¿esto se resuelve solo con un reclamo civil por daños?

No necesariamente: la reproducción, edición o venta no autorizada de una obra es delito según la Ley 11.723, así que la vía penal está disponible además del reclamo civil.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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