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CONTIABOGADOS

Guía práctica

¿Qué pasa con mi marca si cierro o disuelvo la empresa?

Una marca registrada a nombre de una sociedad no desaparece ni queda en un limbo cuando la sociedad se disuelve: es un activo más que tiene que pasar, ordenadamente, por la etapa de liquidación, igual que cualquier otro bien social. Quién termina siendo su titular depende de decisiones que conviene tomar antes de llegar a ese punto.

La marca es un activo social que se liquida, no se extingue con la sociedad

El artículo 101 de la Ley General de Sociedades es claro: la sociedad en liquidación conserva su personalidad jurídica a ese efecto. Esa etapa —a cargo del liquidador designado conforme el artículo 102— existe precisamente para realizar los activos de la sociedad y cancelar sus pasivos antes de distribuir el remanente entre los socios. Una marca registrada a nombre de la sociedad entra en ese proceso como cualquier otro bien: puede transferirse a un tercero, adjudicarse a uno de los socios como parte de su cuota de liquidación, o directamente dejarse caducar si nadie va a seguir usándola. Lo que no corresponde es dejarla "flotando" sin una decisión expresa mientras se resuelve todo lo demás.

Cuando la marca es más vieja que la sociedad que la usa

El escenario se complica cuando la marca fue creada por los socios antes de que existiera la sociedad, y esta solo la usó por una licencia tácita. Un caso reciente lo ilustra: en "Martin, Diego c/ Industrias Martin SA s/cese de uso de marcas. Daños y perjuicios" (Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N° 8, Expte. CCF 5046/2026, resolución del 08/06/2026), un accionista —cotitular al 50% de la marca junto a su hermano, creada en 1985, once años antes de que se constituyera la sociedad que la explota desde 1996— reclamó una compensación por el uso de la marca mientras la sociedad tramitaba su liquidación en otro expediente. El juzgado, en esta resolución de tipo cautelar, rechazó fijar una compensación mensual porque no encontró acreditado, con la verosimilitud exigida en esa etapa, que la licencia de uso tácita, precaria y gratuita que los cotitulares le habían dado a la sociedad ya estuviera resuelta; explicó que la disputa se inserta en una trama negocial compleja que excede el limitado marco de una medida cautelar. Sí hizo lugar a la anotación de litis sobre la marca, para darle publicidad al conflicto frente a terceros mientras se resuelve el litigio de fondo. El caso muestra que, cuando la marca no nació dentro de la sociedad sino que fue licenciada a ella, la liquidación de la sociedad no le quita la titularidad a quienes la crearon —pero sí puede abrir una disputa real sobre si esa licencia sigue vigente y en qué condiciones.

Qué conviene definir antes de que la sociedad entre en liquidación

  1. Verificá a nombre de quién está registrada la marca ante el INPI: de la sociedad, o de los socios individualmente con una licencia a favor de la sociedad.
  2. Instrumentá por escrito, si todavía no existe, qué pasa con la marca al momento de la disolución.
  3. Controlá que las renovaciones sigan al día durante todo el proceso, para no perder la marca por descuido mientras se resuelve su destino.
  4. Definí si la marca se transfiere a un tercero, se adjudica a un socio o se licencia, como parte del plan de liquidación.

Marca registrada a nombre de la sociedad no es lo mismo que Marca de los socios licenciada a la sociedad

En el primer caso, la marca es un activo social que se liquida como cualquier otro; en el segundo, la disolución no le quita la titularidad a los socios, pero sí puede terminar la licencia de uso que le habían dado.

Disolución de la sociedad no es lo mismo que Extinción de la marca

La disolución abre la etapa de liquidación; la marca sigue vigente ante el INPI hasta que se decida transferirla, adjudicarla o dejarla caducar por falta de renovación.

Adjudicar la marca a un socio no es lo mismo que Transferencia automática por la liquidación

Igual que cualquier cesión de marca, la adjudicación a un socio en la liquidación tiene que instrumentarse e inscribirse ante el INPI para ser oponible a terceros.

Cómo actuar frente a esta situación

  1. Verificá la titularidad real de la marca: si está a nombre de la sociedad, o de los socios con una licencia de uso a favor de ella.
  2. Revisá que las renovaciones sigan al día durante todo el proceso de liquidación.
  3. Definí el destino de la marca dentro del plan de liquidación: transferencia, adjudicación a un socio, o extinción por falta de uso.
  4. Instrumentá e inscribí ante el INPI cualquier transferencia o adjudicación que resulte de la liquidación.
  5. Si hay conflicto entre socios sobre la marca, evaluá una medida como la anotación de litis para darle publicidad frente a terceros mientras se resuelve.

Documentación para evaluar el caso

Preguntas frecuentes

La marca está registrada a nombre de la sociedad que estamos disolviendo, ¿qué pasa con ella?

Es un activo social más: entra en el proceso de liquidación como cualquier otro bien, y el liquidador tiene que definir su destino —transferirla, adjudicarla a un socio, o dejarla caducar— antes de distribuir el remanente.

Registré la marca a mi nombre antes de fundar la sociedad, y la sociedad la usó todos estos años, ¿la sociedad se queda con ella al disolverse?

No automáticamente: si la marca sigue registrada a tu nombre y solo le diste una licencia de uso a la sociedad, la disolución no te quita la titularidad, aunque puede generar una disputa sobre si esa licencia sigue vigente y en qué condiciones, como muestra el criterio judicial citado.

¿Puedo pedir que se anote la disputa sobre la marca en el registro mientras se resuelve el conflicto?

Sí: la anotación de litis es una medida cautelar habitual para darle publicidad al conflicto frente a terceros, sin restringir el uso de la marca mientras tanto, según el criterio judicial citado.

¿Qué pasa si nadie renueva la marca durante el proceso de liquidación?

Corre el riesgo de caducar por falta de renovación, igual que cualquier otra marca. Conviene que el plan de liquidación defina expresamente quién se ocupa de mantenerla vigente hasta que se resuelva su destino.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

Seguí leyendo

Disolución de la sociedad

El régimen general de disolución y liquidación de sociedades, del que la marca es uno de los activos a definir.

Transferir o ceder una marca

Cómo se instrumenta e inscribe ante el INPI la transferencia de la marca, una vez definido su destino en la liquidación.

Caducidad o nulidad de marca

El riesgo de perder la marca por falta de renovación si nadie se ocupa de mantenerla vigente durante el proceso.

Titularidad: empleado o freelance

Quién es titular de los derechos de autor cuando la obra la creó un empleado o un freelance depende de cómo se haya definido la relación.

Propiedad intelectual

Registro de marcas, derechos de autor y patentes de invención: las leyes 22.362, 11.723 y 24.481 comentadas, con defensa ante el uso no autorizado.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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