Art. 26: informes comerciales
El texto oficial completo del artículo que fija estos plazos, con comentario propio.
Derecho comercial · Guía práctica
Un rechazo de crédito, de alquiler o incluso de una oferta laboral por un informe comercial no siempre es justo: la ley le pone un límite de tiempo preciso a cuánto puede seguir apareciendo una deuda, y muchas empresas de informes simplemente no lo aplican de oficio.
Los informes comerciales tipo Veraz o Nosis solo pueden mantener archivado un dato sobre tu solvencia económica durante un plazo máximo: cinco años desde el hecho que lo originó. Y si la deuda que motivó el listado ya fue pagada o extinguida, ese plazo baja a dos años desde el pago. Pasado ese tiempo, el dato debería salir del sistema — pero en la práctica, muchas veces sigue apareciendo simplemente porque nadie lo reclamó.
Tenés derecho a solicitar el informe completo que una empresa de informes comerciales tiene sobre vos, incluyendo qué se comunicó sobre tu situación en los últimos seis meses y a quién se le cedieron esos datos. Esto te permite reconstruir el recorrido reciente de tu historial, no solo ver el estado actual, y detectar si un dato vencido siguió circulando entre empresas del rubro.
Deuda impaga no es lo mismo que Dato archivable para siempre
Que una deuda nunca se haya pagado no habilita a mantenerla visible indefinidamente: el límite de cinco años rige igual.
Discutir la deuda no es lo mismo que Discutir el plazo del dato
Muchos reclamos exitosos no cuestionan si la deuda existió, sino si ya venció el tiempo legal para que el dato siga apareciendo en un informe.
Informe comercial no es lo mismo que Cualquier base de datos
El art. 26 fija reglas especiales, más estrictas, específicamente para los servicios de información crediticia — distintas de las reglas generales que rigen cualquier otra base de datos personales.
Sí, en principio: el plazo máximo de conservación es de cinco años desde el hecho que originó el dato, independientemente de si la deuda sigue impaga.
Pedí el informe completo, documentá la fecha de pago, e intimá por escrito a que corrijan o eliminen el dato vencido. Si no responden en plazo, podés avanzar con la acción de hábeas data.
El plazo general para responder un pedido de rectificación es de cinco días hábiles desde que reciben el reclamo; si no cumplen, queda habilitada la vía judicial sin más trámite.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El texto oficial completo del artículo que fija estos plazos, con comentario propio.
El resto de tus derechos generales sobre tus datos personales en cualquier base.
Si el listado indebido te generó un perjuicio concreto (rechazo de un crédito, por ejemplo), puede sumar un reclamo de daño directo.
Si en cambio sos vos el acreedor y necesitás informar una deuda impaga a un informe comercial, hacelo dentro de estos mismos límites legales.
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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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