Saltar al contenido
CONTIABOGADOS

Normativa comentada · Ley 24.240 de Defensa del Consumidor

Art. 12 Ley 24.240: si no hay repuestos, el vendedor incumple la ley

Que un producto tenga garantía escrita en el papel no sirve de nada si, llegado el momento, no hay dónde repararlo ni con qué piezas: por eso la ley no se conforma con la promesa de garantía, exige la infraestructura detrás de ella.

Respuesta directa

El art. 12 de la Ley 24.240 obliga a los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas muebles no consumibles a las que se refiere el artículo anterior a asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos. No alcanza con vender el producto: deben garantizar que exista dónde repararlo y con qué piezas, mientras la vida útil razonable del bien lo justifique.

Texto oficial vigente

Servicio Técnico

ARTICULO 12. — Servicio Técnico. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas mencionadas en el artículo anterior, deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.

Fuente: Ley 24.240 de Defensa del Consumidor — verificado el 2026-09-13.

Comentario

El artículo complementa directamente la garantía legal del artículo anterior, imponiendo una obligación de infraestructura: los fabricantes, importadores y vendedores deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos para las cosas muebles no consumibles que comercializan. No alcanza con reconocer la garantía en teoría si, en la práctica, no existe dónde llevar el producto a reparar, o si los repuestos necesarios simplemente no se consiguen.

La obligación recae sobre toda la cadena: no solo el vendedor final, sino también el fabricante y el importador, cada uno según su rol en la comercialización del producto. Esto tiene sentido con la lógica general de protección al consumidor de esta ley: quien pone un producto en el mercado —lo fabrique, lo importe o lo venda— asume la responsabilidad de que ese producto pueda sostenerse en el tiempo, no solo de entregarlo funcionando el primer día.

La palabra "adecuado" que usa la norma para calificar el servicio técnico no es un adjetivo vacío: implica que ese servicio debe ser realmente accesible y efectivo para el consumidor, no una formalidad que exista solo en el papel. Un servicio técnico que existe nominalmente pero que en la práctica tiene demoras irrazonables, que deriva sistemáticamente al consumidor de un lugar a otro sin resolver nada, o que no cuenta con los repuestos que la propia norma exige, no cumple con este estándar de adecuación, más allá de que formalmente la empresa pueda decir que "tiene" un servicio técnico habilitado.

Vale la pena distinguir esta obligación de la garantía legal del artículo anterior: mientras aquella cubre el defecto puntual de un producto individual dentro de un plazo determinado, esta obligación de servicio técnico y repuestos tiene un alcance más amplio en el tiempo, vinculado a la vida útil razonable del tipo de producto en cuestión —un electrodoméstico que la empresa dejó de vender hace años igual debería poder repararse mientras sea razonable esperar que siga en uso, no solo mientras corra el plazo estricto de la garantía original—.

Cómo se usa en la práctica

Frente a un producto en garantía para el cual no se consigue servicio técnico o repuestos, esta norma da un fundamento legal concreto para reclamar, incluso contra el fabricante o el importador y no solo contra el vendedor directo. El desarrollo completo sobre la garantía legal y sus problemas está en la guía de garantía legal de productos de este sitio.

Preguntas frecuentes

Mi producto está en garantía pero el vendedor me dice que no consigue el repuesto necesario, ¿eso es un incumplimiento?

Sí: la ley obliga a asegurar el suministro de partes y repuestos, no es una excusa válida para no cumplir con la reparación bajo garantía.

¿Esta obligación es solo del negocio donde compré el producto, o también del fabricante?

Alcanza a toda la cadena: fabricantes, importadores y vendedores están igualmente obligados a asegurar el servicio técnico y los repuestos.

No encuentro ningún servicio técnico habilitado para mi producto en mi ciudad, ¿puedo reclamar igual?

Sí: la falta de un servicio técnico adecuado y accesible es, en sí misma, un incumplimiento de esta obligación, más allá de que el producto todavía esté cubierto por la garantía legal.

¿Estás en esta situación ahora?

Esta página comenta el artículo. Si ya tenés el problema encima, la guía práctica es Garantía legal de productos.

Seguí leyendo

Normativa comentada

Los artículos del Código Civil y Comercial, la Ley de Defensa del Consumidor, el CPCCN y otras normas, con su texto oficial y comentario propio…

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

¿Querés que revisemos tu caso?

Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.

Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19.