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CONTIABOGADOS

Guía práctica

Clase 1 de marcas: productos químicos, abonos y adhesivos industriales

La clase 1 de Niza agrupa los productos químicos para la industria, la ciencia, la agricultura y la silvicultura, más los abonos para el suelo, las resinas y plásticos en bruto, las composiciones extintoras, las sustancias para conservar alimentos y los adhesivos industriales. Registrar tu marca ahí protege el nombre del producto, no su fórmula.

Qué cubre la clase 1

El nomenclador del INPI ubica en la clase 1 a los productos químicos que funcionan como insumo: los que se usan en la industria, la ciencia, la fotografía, la agricultura, la horticultura y la silvicultura. Suma las resinas artificiales y las materias plásticas en bruto, los abonos para el suelo, las composiciones extintoras, las sustancias para conservar alimentos y los adhesivos industriales.

Cuatro ejemplos hipotéticos para ubicarte: un fertilizante líquido para cultivos extensivos, un adhesivo industrial para fabricar calzado, un reactivo de laboratorio y un polvo extintor que se vende a granel. La ubicación exacta de cada producto se confirma en el nomenclador al armar la solicitud. Nadie puede asegurarte de antemano dónde lo va a aceptar el INPI.

Qué NO va en esta clase

Muchos productos del campo y de la industria parecen de la clase 1 y no lo son. Estas son las fronteras más habituales:

Si tu producto o servicio es…Mirá la clasePor qué
Herbicida o fungicida5El nomenclador los agrupa con los productos farmacéuticos, sanitarios y desinfectantes
Semillas, plantas o alimento para animales31Son productos agrícolas sin procesar y alimentos de animales
Pinturas, barnices o conservantes de la madera2Tienen su propia clase de recubrimientos
Aceites y grasas industriales, lubricantes4La clase 4 reúne los de uso industrial y los lubricantes
Adhesivos de papelería16El adhesivo industrial es de la 1; el de oficina, de la 16
Aplicación de productos en el campo44La 44 incluye los servicios de agricultura
Análisis e investigación química42La 42 cubre los servicios científicos y tecnológicos
Venta al por mayor de insumos35La venta es un servicio, no un producto

El abono va en la 1 y el herbicida en la 5. Parecen del mismo negocio, pero son dos clases.

Nombres técnicos y prefijos «bio»: lo que no te van a dejar registrar

La Ley 22.362 deja afuera como marcas a los nombres que constituyen la designación necesaria o habitual del producto, o que describen su naturaleza, función, cualidades u otras características (art. 2, inc. a). En química eso pesa mucho. «Urea granulada» o «Nitrato de potasio» no son marca de nadie. Un derivado evidente del nombre de la sustancia, como un hipotético «NitroFert» para un abono nitrogenado, se acerca a lo descriptivo y puede ser observado. Rinde más un término de fantasía, con el nombre técnico escrito aparte, como indicación del contenido.

Esta exclusión es absoluta: desde el 1/3/2026 el INPI la controla de oficio, antes de publicar tu solicitud.

Los términos «bio», «eco» y «orgánico» piden cuidado extra. La Ley 25.127 dice que calificar un producto como ecológico, biológico u orgánico es facultad de la autoridad de aplicación, que es el SENASA, y que solo corresponde a lo que proviene de un sistema donde se aplicaron las prácticas reglamentadas (arts. 3 y 4). Por su parte, la Resolución 128/2025 de la Secretaría de Agricultura define «bioinsumo» como un producto biológico producido por o consistente en micro o macroorganismos, o en extractos y compuestos bioactivos derivados de ellos, destinado a usarse como insumo agropecuario (art. 2).

Entonces, si tu producto es de síntesis química y lo llamás «BioAgro», un competidor puede plantear que el nombre induce a error sobre la naturaleza del producto (art. 3, inc. d). Ese inciso el INPI ya no lo revisa de oficio desde la Res. 583/2025: lo tiene que plantear un tercero, por ejemplo con una oposición dentro de los 30 días corridos de la publicación. Más información en marcas descriptivas o genéricas.

La fórmula no se protege con la marca

La marca protege un signo: el nombre, el logo, el envase. No impide que otro fabrique un producto equivalente y lo venda con otro nombre. Para la formulación hay otras dos vías, que son decisiones aparte:

Antes de pasar la formulación a un tercero, firmá un acuerdo de confidencialidad. Y guardá constancia de las medidas que tomaste: son una de las condiciones que exige la ley.

Registro del SENASA y registro de marca: dos trámites que no se reemplazan

Los fertilizantes y las enmiendas tienen su propio régimen de fiscalización (Ley 20.466), y el SENASA lleva un registro nacional de fertilizantes, enmiendas, acondicionadores, sustratos y materias primas (Res. SENASA 431/2024). Es un trámite sanitario y de fiscalización. No te da la propiedad del nombre: según el art. 4 de la Ley 22.362, la propiedad y la exclusividad de uso se obtienen con el registro de la marca. Y al revés: tener la marca no te exime de lo sanitario. Consultá en el SENASA qué exige tu producto.

El caso más frecuente del rubro es la distribuidora. Imaginá una distribuidora que importa un adhesivo industrial y registra a su nombre la marca del fabricante extranjero. El art. 24, inc. b, declara nulas las marcas registradas por quien, al solicitarlas, conocía o debía conocer que pertenecían a un tercero. Lo prolijo es que el contrato de distribución diga quién registra, quién usa y qué pasa con la marca cuando la relación termina; la herramienta es la licencia de uso de marca.

Combinaciones de clases que suelen acompañar a la 1

Cuánto cuesta y cuándo conviene sumar clases

El arancel base de la Res. INPI 75/2026 está definido para una solicitud de marca nueva en una clase con hasta 20 indicaciones. Se expresa en UMAPI. Valor de referencia de la unidad: $360 (valor inicial de la UMAPI al 1 de abril de 2026; desde mayo de 2026 se actualiza todos los meses por el IPC del INDEC). El arancel base es de 100 UMAPI (equivalía a $36.000 al valor inicial de abril de 2026) por una solicitud de marca nueva en una clase con hasta 20 indicaciones. Ese monto en pesos cambia todos los meses. Para más clases o indicaciones, consultá el cuadro vigente en el portal del INPI. Pedí solo las clases que respalde el negocio real: una marca no usada durante cinco años puede caducar para esos productos (art. 26).

Para decidir cuántas clases pedir, leé cómo elegir las clases de Niza y cuánto cuesta registrar una marca. Las clases vecinas tienen su guía: la clase 5 y la clase 31. El índice de clases reúne las 45.

Cómo ordenar el trámite

  1. Listá cada producto con su nombre técnico y su uso.
  2. Separá lo que es de la clase 1 de lo que cae en la 5, la 31 o la 2.
  3. Revisá el nombre: que no sea el de la sustancia ni describa el producto.
  4. Buscá antecedentes del nombre en la clase y en las vecinas.
  5. Definí quién es titular: el fabricante, la distribuidora o una sociedad aparte.
  6. Registrá antes de compartir la fórmula con maquiladores o distribuidores.

Tres distinciones del rubro

Nombre de la sustancia no es lo mismo que Marca del producto

«Urea» describe qué es; la marca es el nombre de fantasía con que vendés tu urea.

Inscripción sanitaria no es lo mismo que Registro de marca

El SENASA fiscaliza el producto; el INPI otorga la propiedad del nombre.

Marca no es lo mismo que Fórmula protegida

La marca evita que copien el nombre; la fórmula se cuida con secreto o con patente.

Qué reunir antes de consultar

Preguntas frecuentes

¿Un herbicida o un fungicida va en la clase 1?

Según el nomenclador del INPI, los herbicidas y fungicidas figuran en la clase 5, junto con los desinfectantes. En la 1 están los abonos y los químicos de uso industrial. Si vendés ambos, evaluá las dos clases.

Soy distribuidor de un fabricante del exterior. ¿Puedo registrar yo su marca?

No si sabías que era de él: el art. 24, inc. b, declara nulas esas marcas. Lo recomendable es que el fabricante la registre en el país y te la licencie, o que el contrato fije quién registra.

¿Puedo poner «Bio» en el nombre aunque mi producto no sea biológico?

Es riesgoso. Un competidor puede plantear que el nombre induce a error (art. 3, inc. d). Elegí un término de fantasía y reservá «bio» para lo que realmente lo es.

¿La marca sirve si otro copia mi fórmula?

No. La marca cubre el nombre. Para la fórmula están el secreto (Ley 24.766) y, si cumple los requisitos, la patente.

¿Cuánto dura el registro y qué pasa si dejo de vender el producto?

Dura diez años y se renueva si la marca se usó dentro de los cinco años previos al vencimiento (art. 5). Además, puede caducar parcialmente por los productos que no usaste en cinco años (art. 26).

Ya vendo con un nombre sin registrar. ¿Qué hago?

Registrá cuanto antes: la propiedad se obtiene con el registro, no con el uso (art. 4). Escribinos por WhatsApp con el nombre, los productos y desde cuándo los vendés, y revisamos la clase y la estrategia.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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