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CONTIABOGADOS

Guía práctica

Cómo registrar un modelo o diseño industrial en la Argentina

Si diseñaste la forma o el aspecto de un producto —un envase, una pieza de mobiliario, un objeto de uso cotidiano— y ese aspecto es lo que lo distingue en el mercado, tenés una figura específica de propiedad intelectual para protegerlo, distinta de la marca y de la patente.

Qué protege esta figura (y qué no)

Modelo o diseño industrial no es lo mismo que Patente de invención

El diseño protege el aspecto ornamental de un producto; la patente protege una solución técnica. Si la forma de tu producto está impuesta por su función técnica, no calificás para esta figura: la vía correcta es la patente o el modelo de utilidad.

Modelo o diseño industrial no es lo mismo que Marca registrada

La marca identifica el origen comercial de un producto (un nombre, un logo); el diseño protege el aspecto físico concreto del producto en sí. Pueden coexistir sobre el mismo producto, protegiendo cosas distintas.

Diseño novedoso no es lo mismo que Mero cambio de color

Un cambio de colorido sobre un diseño ya conocido no alcanza para un registro nuevo: la ley lo excluye expresamente.

Cuánto dura la protección

Cinco años desde la fecha del depósito, con la posibilidad de pedir dos prórrogas de cinco años cada una: hasta un máximo de quince años de protección total, si el titular decide renovar en cada vencimiento.

Quién es el titular si el diseño lo hizo un empleado

A diferencia de las patentes de invención, la regla por defecto acá favorece al trabajador: un modelo o diseño creado por alguien en relación de dependencia le pertenece a él, salvo que haya sido contratado específicamente para crearlo o sea un mero ejecutante de directivas recibidas. Si es obra conjunta del empleador y el empleado, pertenece a ambos salvo pacto en contrario.

Cómo se ordena el trámite

  1. Confirmá que lo que querés proteger es el aspecto ornamental, no una función técnica: si es lo segundo, evaluá una patente o un modelo de utilidad en su lugar.
  2. Verificá la novedad: que el diseño tenga una configuración distinta y propia respecto de diseños anteriores conocidos.
  3. Si ya divulgaste el diseño públicamente, revisá si estás dentro del plazo de gracia de seis meses y si tu situación encaja en las excepciones previstas.
  4. Presentá la solicitud de registro ante la Dirección de Modelos y Diseños Industriales del INPI, con la documentación gráfica del diseño.
  5. Llevá un calendario de vencimientos: la protección inicial es de solo cinco años, y hay que pedir la prórroga a tiempo para no perderla.

Qué documentación reunir

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

Diseñé el envase de mi producto con una forma distintiva, ¿puedo protegerlo como diseño industrial?

Si esa forma tiene carácter ornamental y es novedosa frente a diseños anteriores, sí. Es exactamente el tipo de protección que ofrece esta figura.

¿Puedo registrar varios diseños distintos en una sola solicitud?

La normativa permite incluir hasta veinte modelos o diseños en una misma solicitud de registro, lo que puede simplificar el trámite si tenés varias variantes relacionadas.

Ya empecé a vender mi producto con este diseño hace tres meses sin registrarlo, ¿perdí la posibilidad?

No necesariamente: existe un plazo de gracia de seis meses desde la divulgación para presentar la solicitud sin que eso destruya la novedad, siempre que se cumplan las condiciones previstas (por ejemplo, que la divulgación haya sido resultado de tus propios actos). Cuanto antes regularices la situación, mejor.

Un empleado mío diseñó un producto usando materiales de la empresa, ¿de quién es el diseño?

A diferencia de las patentes, la regla por defecto en esta figura favorece al empleado, salvo que lo hayas contratado específicamente para crear diseños o haya actuado como mero ejecutante de tus directivas. Conviene evaluar tu situación concreta con precisión.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

Seguí leyendo

Patentes y modelos de utilidad

Si lo que tenés no es un aspecto ornamental sino una solución técnica, la vía correcta es la patente de invención o el modelo de utilidad.

Propiedad intelectual

Registro de marcas, derechos de autor y patentes de invención: las leyes 22.362, 11.723 y 24.481 comentadas, con defensa ante el uso no autorizado.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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