Trámite de registro de marca
El trámite completo de la solicitud, con el régimen vigente desde marzo de 2026.
Guía práctica
La marca de un alimento o una bebida se registra en la clase del producto: 29 y 30 para alimentos elaborados, 31 para productos en bruto, 32 para cervezas y bebidas sin alcohol, 33 para vinos y demás bebidas alcohólicas. El registro da exclusividad sobre el nombre; la habilitación para elaborar y vender es otro trámite.
Según el nomenclador de Niza que usa el INPI:
| Clase | Qué incluye |
|---|---|
| 29 | Carnes, pescados y aves; frutas, verduras y legumbres en conserva, congeladas, secas o cocidas; huevos; leche, quesos, manteca y yogur; aceites y grasas comestibles |
| 30 | Café, té, cacao y yerba mate; arroz, pastas y harinas; pan, pastelería, alfajores y confitería; chocolate; helados; azúcar y miel; sal, condimentos y especias |
| 31 | Productos agrícolas y forestales en bruto; granos y semillas; frutas y verduras frescas; plantas y flores naturales; animales vivos; alimento para animales; malta |
| 32 | Cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales y gaseosas; jugos de frutas; siropes para preparar bebidas |
| 33 | Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; vinos, espumantes, licores, aperitivos y bebidas espirituosas |
Dos detalles que confunden. La cerveza va en la 32 aunque tenga alcohol: la 33 la excluye expresamente. Y el grado de procesamiento cambia la clase: la fruta fresca va en la 31, la misma fruta en conserva, congelada o cocida va en la 29. Si además tenés un local gastronómico (restaurante, bar, cafetería, catering), eso es un servicio y va en la clase 43; mirá la guía de restaurante, bar o cafetería.
La ley exige una solicitud por cada clase (art. 10), cada una con su arancel. La misma marca para un queso (29) y un alfajor (30) son dos solicitudes. El arancel base oficial es de 100 UMAPI (equivalía a $36.000 al valor inicial de abril de 2026) por una solicitud de marca nueva en una clase con hasta 20 indicaciones. La UMAPI, la unidad con la que se calcula, tiene este valor de referencia: $360 (valor inicial de la UMAPI al 1 de abril de 2026; desde mayo de 2026 se actualiza todos los meses por el IPC del INDEC). El monto en pesos cambia todos los meses.
Para no pagar de más, registrá la marca en la clase del producto principal y sumá las siguientes cuando tengan fecha de lanzamiento. Una marca se sostiene con uso: la ley permite declarar la caducidad de la marca, incluso parcialmente, respecto de los productos que no se usaron en el país durante los cinco años previos al pedido, salvo que se haya usado en un producto afín, aun de otra clase (art. 26). Y pensá la marca como la casa y las variedades como descripción: el sabor, la cepa o el tipo de producto describen y no son marca (art. 2, inc. a). Más en cómo elegir las clases.
Usar el nombre de tu zona para un queso, una miel o un vino es tentador, y la ley no prohíbe los nombres geográficos como tales. Pero si ya es una denominación de origen registrada, no lo podés registrar como marca; si tu producto no viene de ese lugar, puede inducir a error; y aun siendo legítimo, es difícil que el nombre de un lugar, que es de todos los productores de la zona, te dé exclusividad. Combinalo con un elemento propio.
Las indicaciones geográficas y denominaciones de origen de productos agrícolas y alimentarios tienen un régimen propio, la Ley 25.380, que deja afuera a los vinos y a las bebidas espirituosas de origen vínico, regidos por la Ley 25.163. Si sos productor de una región y querés proteger el nombre en conjunto, mirá registrar una denominación de origen y la diferencia con la indicación geográfica.
Si otro elabora tu producto por encargo (a fasón), la marca no es del elaborador: es de quien la registra (art. 4). Registrala vos antes de entregar la primera etiqueta y dejá por escrito que el elaborador solo puede usarla para producir para vos, qué pasa con las etiquetas y el stock cuando termina el vínculo, y quién controla la calidad. Si querés autorizarlo a vender o a producir para otros bajo tu marca, eso es una licencia de uso y conviene inscribirla.
La marca no es la habilitación sanitaria
El registro del INPI no te autoriza a elaborar ni a vender. Según el producto intervienen organismos como la ANMAT (creada por el Decreto 1490/92, con competencia sobre el control de la sanidad y calidad de los alimentos), el SENASA o, para los vinos, el INV, además de las habilitaciones que exija tu jurisdicción. Cada uno tiene su propio trámite y sus reglas de rotulado, que esta guía no cubre. Y al revés: tener el producto habilitado no te da exclusividad sobre el nombre.
Cerveza (clase 32) no es lo mismo que Otras bebidas alcohólicas (clase 33)
La clase 33 comprende las bebidas alcohólicas excepto las cervezas, que van en la 32.
Nombre de un lugar en la marca no es lo mismo que Denominación de origen
La denominación de origen es una figura registrada con régimen propio y no puede ser marca (art. 3, inc. c); un nombre geográfico en una marca es solo un signo más.
Marca registrada no es lo mismo que Producto habilitado
La marca da exclusividad sobre el nombre; la habilitación sanitaria permite elaborar y vender.
En la 32: el nomenclador ubica las cervezas ahí y la 33 comprende las bebidas alcohólicas excepto las cervezas. Si además vendés vino o licores con la misma marca, necesitás también la 33, que es otra solicitud.
Depende. Si ese nombre es una denominación de origen registrada, no se puede registrar como marca; si el producto no es de ahí, puede inducir a error; y si es legítimo, probablemente no te dé exclusividad sobre una palabra que es de toda la zona. Combinalo con un nombre propio.
Normalmente no: el sabor, la cepa o el tipo de producto describen y no son marca (art. 2, inc. a). Registrá el nombre que te identifica, y submarcas solo si esa línea tiene identidad propia.
No. El registro del INPI da exclusividad sobre el nombre; la habilitación sanitaria es otro trámite ante otros organismos. Si querés que revisemos el nombre, las clases y el contrato con quien te elabora, escribinos por WhatsApp con la etiqueta y la lista de productos.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El trámite completo de la solicitud, con el régimen vigente desde marzo de 2026.
Cómo decidir qué clases cubrir primero cuando tenés varios productos.
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