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CONTIABOGADOS

Guía práctica

Obras creadas con inteligencia artificial: ¿tienen derechos de autor en Argentina?

Hoy la ley argentina no dice nada específico sobre obras hechas con inteligencia artificial. La Ley 11.723 habla de autor, herederos y plazos medidos desde la muerte del autor, y eso apunta a una persona. No encontramos un criterio oficial publicado de la DNDA. Lo prudente es proteger tu aporte humano y documentarlo.

Qué dice la Ley 11.723 y qué no dice

El texto de la ley no menciona la inteligencia artificial. Lo que sí establece:

La ley no define «autor». Pero un plazo medido por la vida del autor y la referencia a sus herederos apuntan a una persona humana. Es una lectura del texto, no una definición expresa.

Qué dicen las autoridades, y qué no pudimos confirmar

Lo que no pudimos confirmar

No sabemos si la DNDA aplica un criterio interno a las obras hechas con IA, ni cómo resolvieron los tribunales argentinos la autoría de esas obras: esta guía no incluye jurisprudencia. Tampoco pudimos verificar el estado actual del proyecto 1013-D-2024. Antes de tomar una decisión importante, consultá.

Qué parte podés proteger: tu aporte humano

Esta sección es una lectura prudente, no un criterio oficial. Lo que escribís, dibujás, componés, fotografiás o editás con tu propia creación sigue siendo expresión tuya, aunque uses una herramienta de apoyo en alguna etapa. Lo incierto es lo que sale directamente de un modelo, sin una decisión creativa tuya que puedas identificar.

Dos pistas del texto legal. El art. 1 protege expresamente las compilaciones de datos o de otros materiales: si seleccionás y ordenás con criterio propio resultados de una herramienta, hasta dónde llega esa protección es una pregunta abierta. Y adaptar una obra es una facultad del autor (art. 2): si usás IA para transformar una obra ajena, necesitás su permiso, y recién entonces tenés derecho de coautor sobre tu adaptación (art. 25).

Entrenar modelos con obras ajenas y términos de uso

La Ley 11.723 no tiene una excepción específica para la minería de datos ni para entrenar modelos. Las excepciones que prevé son puntuales, por ejemplo la cita con fines didácticos o científicos (art. 10), los actos educativos (art. 36), los formatos accesibles (art. 36 bis) y la copia de salvaguardia de un programa (art. 9). Cómo se aplican las reglas generales de reproducción y adaptación al entrenamiento de un modelo es un tema en discusión, sin una norma que lo resuelva expresamente. Por eso esta guía no da una conclusión sobre ese punto.

Las herramientas de IA se rigen además por sus términos de uso, que son contratos. Antes de usar una para un trabajo comercial, revisá si autoriza el uso comercial de lo generado, si exige atribución, qué licencia se reserva la empresa sobre lo que cargás y qué pasa con el material de terceros que subas. Guardá una captura de los términos vigentes, con fecha.

Tres confusiones frecuentes

IA como herramienta no es lo mismo que IA como autora

Usar un programa de apoyo para escribir, editar o retocar no es lo mismo que dejar la creación en manos de un modelo. La ley no regula esa diferencia expresamente: lo que conviene es poder demostrar tu aporte.

Registrar una obra no es lo mismo que Probar que la creaste vos

El reglamento dice que el Registro admite el depósito cuando los derechos se piden para quien aparece como autor (art. 25). Registrar no prueba cómo se creó la obra.

Proyecto de ley no es lo mismo que Ley vigente

El expediente 1013-D-2024 propone reformas a la Ley 11.723, pero no está en vigor.

Cómo reducir riesgos hoy

  1. Documentá tu proceso: indicaciones, versiones, borradores y los cambios que hiciste vos, con fecha.
  2. Guardá los originales de lo que escribiste, dibujaste o compusiste antes de usar la herramienta.
  3. Revisá los términos de uso de la herramienta y guardá una copia fechada.
  4. Al registrar, declará como autor solo a quien hizo el aporte creativo humano.
  5. En contratos con clientes, aclará si usaste IA y no prometas una exclusividad que no podés garantizar.
  6. No uses obras de terceros como insumo sin permiso cuando el resultado tenga fines comerciales.

Qué reunir antes de consultar

Preguntas frecuentes

¿Puedo registrar en la DNDA una imagen generada con IA?

No encontramos un criterio oficial publicado. Los trámites piden como autor a una persona con nombre o seudónimo y CUIL, CUIT o pasaporte, y si registrás aparecés como autor. Consultá antes: además, el registro no crea el derecho.

¿Quién es el autor de un texto que escribí con ayuda de IA?

La parte que escribiste y editaste vos es tu aporte humano. Lo que salió directo del modelo es una zona incierta. Por eso conviene documentar qué hiciste en cada etapa.

¿Alguien puede copiar libremente lo que generé con IA?

No hay una regla expresa. No des por hecho que es de uso libre ni que tenés exclusividad total: dependerá del aporte humano que haya y de los términos de la herramienta.

Mi obra se usó para entrenar un modelo sin avisarme. ¿Puedo reclamar?

No hay una norma que lo resuelva expresamente, y es un tema en discusión. Guardá evidencia de qué obra es y dónde la encontraste, y consultá antes de intimar a nadie.

Un cliente me encargó un trabajo y lo hice con IA. ¿Qué cuido?

Aclarar en el contrato que usaste IA y qué podés garantizar sobre la titularidad. Mandanos el borrador por WhatsApp y lo revisamos antes de entregar.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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