Amparos de salud
El área completa de amparos de salud del estudio.
Derecho civil · Guía práctica
Para quienes viven con dolor crónico severo que no responde a otros tratamientos, o con espasticidad grave por una lesión neurológica, la bomba de infusión intratecal —que administra morfina o baclofeno directamente en el líquido cefalorraquídeo— puede ser la única opción efectiva. Su suspensión repentina no es solo una molestia: puede desencadenar un síndrome de abstinencia grave.
En "W., S. J. c/ Medicus SA s/ amparo de salud" (Juzgado Civil y Comercial Federal 7, Expte. CCF 005551/2025, sentencia del 22/06/2026), un paciente con dolor cráneo-encefálico permanente por una lesión de columna, para quien la morfina intratecal era la única medicación efectiva tras probar distintos tratamientos, sufrió la suspensión de la entrega por parte de Medicus. Esa suspensión derivó en un síndrome de abstinencia que terminó en una internación de urgencia. El caso muestra el riesgo concreto de estas discontinuaciones: no es una demora administrativa neutra, es una interrupción con consecuencias médicas inmediatas.
En "Savi, Martín c/ Obra Social Unión Personal s/ amparo de salud" (Cámara Civil y Comercial Federal, Sala III, Expte. CCF 001840/2014, sentencia del 07/08/2014), un paciente con paraplejia completa y espasticidad severa reclamó la cobertura de un implante de bomba Synchromed para infusión intratecal de Baclofeno. La obra social alegó que la prestación no estaba incluida en el PMO. La Cámara rechazó ese argumento, aplicando la Ley 24.901 y remarcando que el enfoque de la demandada era "propio de una pugna de intereses netamente patrimoniales entre personas que no se encuentran en pie de igualdad", lo que no podía admitirse frente al derecho a la salud en juego.
Fuera del PMO no es lo mismo que Sin cobertura posible
Igual que con otros dispositivos e insumos de alto costo, la ausencia en el listado del PMO no exime a la obra social de la obligación de cobertura cuando hay discapacidad certificada y el respaldo de la Ley 24.901.
Suspensión de suministro no es lo mismo que Trámite administrativo neutro
Discontinuar la entrega de morfina intratecal, aunque sea por una gestión interna de la obra social, puede desencadenar un síndrome de abstinencia grave: no es un simple retraso burocrático.
Recarga y mantenimiento del dispositivo no es lo mismo que Prestación aparte ya cubierta
El recambio de catéter, la recarga periódica de morfina y el mantenimiento del sistema son parte del mismo tratamiento continuo, no prestaciones separadas que la obra social pueda tratar de forma independiente.
La suspensión abrupta puede provocar un síndrome de abstinencia grave, como ocurrió en el caso citado, que derivó en una internación de urgencia; por eso conviene actuar de inmediato ante cualquier señal de demora.
No necesariamente, sobre todo si hay discapacidad certificada: el criterio judicial citado aplicó la Ley 24.901 más allá de la ausencia en el listado del PMO.
Sí, integran el mismo tratamiento continuo, no son prestaciones separadas que la obra social pueda negar de forma independiente.
También se usa para tratar espasticidad severa asociada a lesiones neurológicas, como en el caso de baclofeno intratecal citado.
Dado el riesgo médico inmediato de una interrupción, estos casos suelen tramitarse con medida cautelar de urgencia.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El área completa de amparos de salud del estudio.
La cobertura total de discapacidad que suele respaldar este reclamo cuando hay Certificado Único de Discapacidad.
El régimen general de ayudas técnicas de la Ley 24.901, en el que puede encuadrar este dispositivo.
Otro tratamiento continuo de por vida donde la suspensión del suministro tiene consecuencias médicas graves.
Daños y accidentes, sucesiones, amparos de salud, alquileres y consorcios: el área civil del estudio con guías prácticas por situación y sus plazos.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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