Derecho laboral
El área de derecho laboral completa del estudio.
Derecho laboral · Guía práctica
Trabajás desde tu casa (o desde cualquier lugar distinto al establecimiento de tu empleador) usando tecnología de la información y comunicación. La ley te reconoce derechos concretos por esa modalidad, y dos de los artículos centrales de ese régimen fueron reformados en 2023, así que conviene conocer el texto realmente vigente hoy.
Tu empleador no puede exigirte tareas ni mandarte comunicaciones por ningún medio fuera de tu jornada laboral, ni durante tus licencias. Y no pueden sancionarte por hacer valer ese derecho.
Podés coordinar con tu empleador horarios compatibles con esa tarea de cuidado, o interrupciones esporádicas de tu jornada compensadas de forma acorde, siempre que no afecte lo que tu trabajo requiere. Este derecho no aplica si tu empleador ya te paga alguna compensación por esos gastos de cuidado.
Si pasaste de un puesto presencial al teletrabajo, la reversión (volver a la oficina) se hace hoy por acuerdo mutuo entre vos y tu empleador —salvo que las características propias del puesto la requieran—. Ninguna de las dos partes puede imponerla unilateralmente fuera de esos supuestos.
Tu empleador tiene que darte el equipamiento necesario y hacerse cargo de su instalación, mantenimiento y reparación (o compensarte si usás herramientas propias). Vos no respondés por el desgaste normal del uso, y si algo se rompe e impide que trabajes, seguís cobrando tu sueldo mientras te lo reparan o reemplazan.
Comunicación dentro de tu jornada no es lo mismo que Comunicación fuera de tu jornada
Solo la segunda viola tu derecho a la desconexión digital.
Reversión por acuerdo mutuo no es lo mismo que Reversión impuesta unilateralmente sin fundamento en el puesto
Solo la primera (o la fundada en las necesidades objetivas del puesto) es válida según el texto vigente.
Desgaste normal del equipamiento no es lo mismo que Rotura por mal uso del trabajador
Solo la segunda puede generarte responsabilidad; el desgaste normal nunca.
Dos de estos derechos —tareas de cuidado y reversibilidad— fueron modificados por el Decreto 70/2023, así que conviene desconfiar de cualquier información sobre estos puntos que no aclare a qué redacción se refiere: la original de 2020, o la vigente hoy. Antes de tomar una decisión basada en lo que "dice la ley de teletrabajo" sobre estos dos temas puntuales, conviene verificar el texto actualizado.
No, y además tenés derecho a que no te sancionen por no responder: la ley te da derecho a desconectarte fuera de tu jornada laboral y durante tus licencias, sin consecuencias.
Podés solicitar coordinar con tu empleador horarios compatibles con esa tarea de cuidado, o interrupciones esporádicas compensadas de forma acorde, siempre que no afecte lo que tu trabajo requiere.
Depende: según el texto vigente, la reversión requiere en principio tu acuerdo, salvo que se funde en las necesidades propias de tu puesto según las características de la actividad; conviene evaluar en qué supuesto concreto encuadra tu situación.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El área de derecho laboral completa del estudio.
El régimen general del jus variandi, si el cambio de modalidad se impuso sin respetar estas reglas específicas.
Si la falta de desconexión digital se tradujo, en los hechos, en horas de trabajo no reconocidas.
El texto oficial completo sobre el derecho a no ser contactado fuera de la jornada.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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