Amparos de salud
El área completa de amparos de salud del estudio.
Derecho civil · Guía práctica
El implante coclear y, sobre todo, el procesador externo que lo hace funcionar, generan un tipo de reclamo particular: no alcanza con que la obra social lo "autorice" en el papel si después la importación del equipo se demora meses. En niños pequeños, esa demora tiene un costo que no se recupera: cada mes sin estímulo auditivo adecuado afecta el desarrollo del lenguaje en la ventana evolutiva donde más impacto tiene.
El artículo 3 de la Ley 25.415 obliga a las obras sociales y a las empresas de medicina prepaga a brindar las prestaciones del Programa Nacional de Detección Temprana de la Hipoacusia, que incluyen la provisión de audífonos y prótesis auditivas —categoría dentro de la cual se encuadra el implante coclear cuando la hipoacusia lo requiere—. A la vez, el artículo 27 de la Ley 24.901 respalda la cobertura como parte de las ayudas técnicas y aparatos ortopédicos que corresponden a las personas con discapacidad, según la prescripción del especialista.
En "Kassar, Noa c/ OSDE s/ amparo de salud" (Cámara Civil y Comercial Federal, Sala II, Expte. CCF 002564/2026/CA001, sentencia del 01/09/2026), la controversia no fue si correspondía cubrir el implante —eso no estaba discutido— sino la demora en la provisión del procesador de habla, un Cochlear Nucleus Nexa con procesador retroauricular, que debía importarse. La Cámara confirmó la procedencia de la medida cautelar pese a que OSDE ya había emitido la orden de compra, remarcando que el carácter innovativo de una cautelar no es, por sí mismo, un obstáculo para concederla, ni tampoco lo es que coincida parcialmente con el objeto de la acción principal.
Autorización formal no es lo mismo que Provisión efectiva
Que la obra social emita la orden de compra o "autorice" el procesador no cierra el reclamo si la importación y la entrega efectiva siguen demorándose sin una fecha concreta.
Medida cautelar innovativa no es lo mismo que Obstáculo para concederla
El hecho de que una cautelar imponga a la demandada una obligación de hacer (como agilizar la importación) no es, según el criterio judicial citado, un motivo para rechazarla cuando el derecho de fondo ya está acreditado.
Implante coclear en niños no es lo mismo que Reclamo sin urgencia
En pacientes pediátricos, la demora en la estimulación auditiva compromete directamente el desarrollo del lenguaje en la ventana evolutiva crítica, lo que suele justificar una medida cautelar con mayor premura que en otros reclamos de salud.
Sí: como muestra el caso citado, la autorización formal no agota la obligación de la obra social; si la importación o entrega se demora sin una fecha concreta, podés intimar y, de ser necesario, pedir una medida cautelar.
Porque el desarrollo del lenguaje tiene una ventana evolutiva crítica en la primera infancia; cada mes sin estimulación auditiva adecuada durante esa etapa tiene un impacto que después es más difícil de revertir, algo que los jueces suelen ponderar al evaluar la urgencia de una cautelar.
Sí, ambos integran la misma prestación: sin el procesador externo, el implante interno no cumple su función, por lo que la cobertura alcanza al conjunto completo del sistema.
El reemplazo por rotura o desgaste, cuando está indicado por el equipo tratante, integra la misma obligación de cobertura de ayudas técnicas que exige la Ley 24.901.
Sí: según el criterio sostenido en el caso citado, que el trámite ya esté en curso no impide solicitar una cautelar que fije plazos concretos, si la demora sigue sin resolución.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El área completa de amparos de salud del estudio.
La otra ayuda técnica auditiva con cobertura obligatoria por la misma Ley 25.415, para casos que no requieren cirugía.
El régimen general de prótesis y ayudas técnicas de la Ley 24.901, que también respalda este reclamo.
Si tuviste que pagar de tu bolsillo un tratamiento por la demora o negativa de la obra social, podés reclamar el reintegro además de la cobertura…
Daños y accidentes, sucesiones, amparos de salud, alquileres y consorcios: el área civil del estudio con guías prácticas por situación y sus plazos.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.
Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19.