Deudas de expensas
Si el departamento además debe expensas, ese frente corre en paralelo.
Derecho civil · Guía práctica
Cada mes que un inquilino no paga es plata que probablemente no recuperes entera: por eso la respuesta correcta es temprana, documentada y en el orden exacto que la ley exige. El circuito tiene tres frentes —intimar, desalojar, cobrar— y el error típico del propietario es mezclarlos o saltearse el primero. Esta guía te muestra el camino completo, con lo que hay que hacer y lo que está prohibido hacer.
Cortar la luz, cambiar la cerradura, sacar pertenencias, «mandar gente»: además de generar responsabilidad civil y hasta penal, cada acto de mano propia le regala al ocupante argumentos, tiempo y hasta un juicio contra vos. El desalojo lo ordena un juez; tu trabajo (y el nuestro) es que lo ordene lo antes posible.
Tras el DNU 70/2023, el contrato es la ley principal entre las partes: moneda, precio, actualización y plazo valen como se pactaron, con el Código Civil y Comercial como marco. Lo que no cambió es el núcleo procesal: el desalojo por falta de pago exige la intimación previa válida, y el juicio de desalojo discute la restitución del inmueble —no todos los conflictos económicos, que suelen ir por cuerda separada—. Por eso la estrategia se arma con los dos expedientes en mente desde el día uno.
Desalojo no es lo mismo que Cobro de la deuda
El desalojo recupera el inmueble; la deuda se cobra en su propio carril contra inquilino y garantes. Confundirlos demora ambos.
Intimación fehaciente no es lo mismo que Mensaje de WhatsApp
El reclamo informal no cumple el requisito legal previo al desalojo por falta de pago. El WhatsApp sirve como prueba de contexto; la intimación válida es la carta documento bien hecha.
Recibir pagos parciales no es lo mismo que Renunciar al desalojo
Se pueden recibir pagos a cuenta sin perder la causal, si se documentan con imputación clara y reserva. Recibirlos «en silencio» es lo que después complica el juicio.
Depende del juzgado y de la resistencia del ocupante; lo que está en tus manos es no regalar tiempo: intimación correcta al primer incumplimiento serio, demanda completa, impulso constante. Los desalojos que se eternizan suelen cargar errores formales de origen o meses de «espera de buena voluntad».
La presencia de menores no impide el desalojo; activa protocolos de notificación e intervenciones que el juzgado ordena. Lo manejamos con la sensibilidad y las formas debidas, sin resignar el derecho a recuperar tu propiedad.
Puede serlo: la fianza no se extiende a prórrogas o renovaciones no consentidas por el fiador. Es una de las primeras cosas que auditamos, porque define contra quién se cobra. Y es la razón por la que las renovaciones deben firmarse con la garantía de nuevo.
A veces sí: recuperar rápido el inmueble vale plata. Pero «a mano» se firma, con acta de entrega, reconocimiento de deuda si la hay y quita expresa si la otorgás. El apretón de manos verbal deja viva la deuda para el que la quiera cobrar y el reclamo para el que quiera inventarlo.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
Si el departamento además debe expensas, ese frente corre en paralelo.
La lógica general del cobro documentado, aplicada a cualquier deuda.
El área completa de alquileres y consorcios.
Cuándo y cómo reclamarle al garante del alquiler, si el inquilino no paga.
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Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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