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CONTIABOGADOS

Derecho civil · Guía práctica

Quiero (o me quieren) rescindir el alquiler antes de tiempo

Un contrato de alquiler con un plazo pactado no ata a ninguna de las partes hasta el último día: el Código da caminos concretos para terminarlo antes, con costos y requisitos que cambian mucho según quién lo pida y por qué.

Si sos inquilino y te querés ir sin ningún motivo especial

Podés resolver el contrato en cualquier momento, sin necesidad de invocar ninguna causa, pagando el 10% del saldo del canon locativo futuro —calculado desde que notificás la rescisión hasta la fecha de finalización pactada—. Es una vía simple y directa: cuanto más cerca esté el vencimiento del contrato, menor es el costo de irte antes.

Si el dueño no cumplió con el inmueble

Si el motivo por el que querés irte es que el dueño incumplió —no mantiene el inmueble apto para el uso pactado (y ese problema no lo causaste vos), o incumple la garantía de evicción o de vicios ocultos—, podés resolver el contrato sin la penalidad del 10%: acá el incumplimiento es del locador, no tuyo.

Si sos el dueño y el inquilino incumplió

Como propietario, podés resolver el contrato antes de tiempo si el inquilino cambió el destino pactado del inmueble o le da un uso irregular, si no lo conserva o lo abandona sin dejar quien haga sus veces, o si te debe dos períodos consecutivos de alquiler. Desde la reforma de 2023, también podés resolver por cualquier causa que hayan pactado expresamente en el contrato, más allá de estas tres causales legales.

Por qué conviene revisar el contrato antes de actuar

Desde la reforma de 2023, el propietario puede además invocar cualquier causal de resolución que las partes hayan pactado expresamente en el contrato, más allá de las tres causales legales específicas del art. 1219. Esto significa que, antes de dar por sentado qué opciones tiene cada parte, conviene revisar con cuidado el texto completo del contrato firmado: puede haber cláusulas adicionales que amplíen (o acoten) lo que la ley prevé como régimen supletorio.

Cómo se ordena el trámite

  1. Identificá el plazo pactado del contrato y cuánto falta para su vencimiento.
  2. Definí si hay una causal de incumplimiento de alguna de las partes, o si se trata de una rescisión sin causa.
  3. Si sos inquilino y no hay incumplimiento del dueño, calculá el 10% del saldo del canon futuro.
  4. Notificá la rescisión de forma fehaciente, detallando la causal si corresponde.
  5. Documentá el estado del inmueble y cualquier incumplimiento invocado, con fotos o informes si es posible.

Distinciones que cambian el resultado

Rescisión sin causa del inquilino no es lo mismo que Rescisión por incumplimiento del dueño

La primera cuesta el 10% del saldo del canon; la segunda, al ser por culpa del locador, no debería generar esa penalidad.

Dos períodos de alquiler impagos no es lo mismo que Una deuda menor

La falta de pago habilita la resolución del contrato recién a partir de dos períodos consecutivos, no con cualquier atraso puntual.

Causal legal no es lo mismo que Causal pactada en el contrato

Desde 2023, las partes pueden agregar causales propias de resolución, además de las tres que ya prevé la ley para el locador.

Documentación para gestionar la rescisión

Preguntas frecuentes

Quiero dejar mi alquiler antes de que termine el contrato, pero no tengo ningún problema con el dueño, ¿cuánto me cuesta?

El 10% del saldo del canon locativo futuro, calculado desde el momento en que notificás la rescisión hasta la fecha de finalización pactada. Cuanto antes lo hagas dentro del contrato, mayor será ese saldo.

El techo de mi alquiler tiene una filtración que el dueño no arregla hace meses, ¿puedo irme sin pagar el 10%?

Si esa falta de mantenimiento afecta la aptitud del inmueble para el uso pactado y no la causaste vos, podés resolver por incumplimiento del locador, sin la penalidad que sí aplica en una rescisión sin causa.

Mi inquilino me debe dos meses de alquiler, ¿puedo rescindir el contrato ya?

Sí: la falta de pago durante dos períodos consecutivos es una causal expresa que te habilita a resolver el contrato como locador.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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