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CONTIABOGADOS

Derecho laboral · Guía práctica

Licencia por maternidad: duración, cómo se cobra y desde cuándo estás protegida

Además de la angustia de una licencia mal explicada, muchas trabajadoras embarazadas enfrentan dudas concretas: cuánto dura exactamente, cómo se reparte, quién paga durante esos meses, y desde cuándo empieza realmente la protección legal.

Cuánto dura y cómo se reparte

La licencia total es de noventa días: cuarenta y cinco antes del parto y cuarenta y cinco después. Podés optar por reducir la parte previa al parto hasta un mínimo de diez días, acumulando el resto al descanso posterior. Si el parto ocurre antes de lo previsto, todo el tiempo de licencia previa que no llegaste a usar se suma igual al descanso posterior, para completar los noventa días totales.

Quién paga durante la licencia

Durante esos períodos, conservás tu empleo y cobrás una suma igual a tu retribución habitual, mediante las asignaciones de la seguridad social, no directamente de tu empleador. Esto significa que el trámite del cobro pasa por el sistema previsional, con sus propios requisitos administrativos, y no debería confundirse con un pago que tu empleador te deba retener o gestionar como si fuera tu sueldo normal.

Desde cuándo estás protegida

Un dato que muchas trabajadoras desconocen: la protección de estabilidad en el empleo no arranca cuando empieza tu licencia, sino desde el momento en que notificás fehacientemente tu embarazo al empleador, con el certificado médico correspondiente. Desde ese instante, ese derecho queda adquirido, y cualquier despido posterior dentro de los plazos que protege la ley activa la presunción de que responde a esa causa, con la indemnización especial agravada correspondiente.

Los descansos por lactancia, después de la licencia

Una vez terminada la licencia y de vuelta al trabajo, tenés derecho a dos descansos de media hora durante la jornada para amamantar, por un período de hasta un año desde el nacimiento —más, si por razones médicas hace falta extenderlo—. En establecimientos con determinada cantidad mínima de trabajadoras, el empleador además debe habilitar salas maternales y guarderías.

Cómo se ordena la evaluación

  1. Notificá tu embarazo cuanto antes, de forma fehaciente y con certificado médico: ahí empieza tu protección de estabilidad.
  2. Definí cómo querés distribuir la licencia: completa antes y después, o reducida antes (mínimo diez días) con más días acumulados después.
  3. Iniciá el trámite de cobro ante la seguridad social con la documentación que te corresponda.
  4. Si volvés a trabajar y estás amamantando, hacé valer tus descansos diarios correspondientes.
  5. Si te despiden en cualquier momento vinculado al embarazo o la licencia, consultá de inmediato: hay una indemnización especial agravada.

Distinciones que conviene tener claras

Estabilidad desde la notificación no es lo mismo que Estabilidad desde el parto

La protección arranca desde que notificás el embarazo, no desde que nace el bebé ni desde que empieza tu licencia.

Pago por la seguridad social no es lo mismo que Pago directo del empleador

Durante la licencia, el ingreso que percibís proviene del sistema de seguridad social, no es un sueldo que tu empleador te pague directamente de su caja.

Licencia por maternidad no es lo mismo que Descansos por lactancia

Son derechos distintos y sucesivos: la licencia cubre el período cercano al parto; los descansos por lactancia rigen después, ya de vuelta al trabajo, por hasta un año.

Qué documentación reunir

Preguntas frecuentes

¿Puedo elegir trabajar hasta pocos días antes del parto en lugar de tomar los 45 días completos de licencia previa?

Sí, con un límite: podés reducir esa licencia previa hasta un mínimo de diez días, y el resto del período se acumula automáticamente al descanso posterior al parto.

Mi empresa me paga el sueldo durante la licencia, ¿eso es correcto o debería cobrar de otro lado?

La ley prevé que durante la licencia cobres a través de las asignaciones de la seguridad social, no directamente de tu empleador; conviene aclarar con tu empleador y la seguridad social cómo se instrumenta ese pago en tu caso concreto.

Notifiqué mi embarazo hace un mes y todavía no empecé la licencia, ¿ya estoy protegida contra un despido?

Sí: la estabilidad en el empleo queda garantizada como derecho adquirido desde el momento mismo en que notificaste fehacientemente tu embarazo, no desde que arranca la licencia.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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