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CONTIABOGADOS

Derecho civil · Inmuebles: compra, escritura y pozo

Jurisprudencia sobre escrituración, pozo, fideicomisos y vicios de obra

La Cámara Civil viene admitiendo la conversión de la escrituración en dinero, la restitución por valor actual y la responsabilidad de la cadena de comercialización, pero no en todos los casos. Los rechazos se explican casi siempre por prescripción, falta de prueba o falta de legitimación, y por eso esta página también los incluye.

En corto

Mapa de criterios por tema

Esta página reúne fallos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) y en lo Comercial (CNCom), leídos en su texto completo, con los criterios a favor y en contra del comprador y el enlace a cada sentencia oficial. Sirven para entender cómo se decide, no para anticipar el resultado de un caso.

La tabla resume, tema por tema, qué fallos favorecen al comprador y cuáles le ponen límites. La letra que acompaña a cada cámara indica la sala que dictó el fallo:

TemaA favor del compradorEn contra o con límites
Escrituración imposibleRamos (CNCiv C, 2023) y Lavalle (CNCiv F, 2026): conversión en dinero, sin nuevo juicio y sin valor nominal irrisorioS., L. B. c/ I. F. (CNCiv G, 2022): sin condena ficticia, se pasa directo a daños
Prescripción de la escrituraciónI. (CNCiv H, 2026): la posesión interrumpeDíaz (CNCiv J, 2026): sin posesión, acción prescripta
Pozo y cadena de comercializaciónR., M. E. (CNCiv L, 2026) y D'A. (CNCom B, 2024)Eiras (CNCom A, 2019): inversor fuera de la ley de consumo
PrehorizontalidadCho (CNCiv C, 2026): sanción al vendedor bajo la ley 19.724Desde el 13/11/2024 el seguro es optativo (Decreto 1017/2024; ver art. 2071 CCyC)
Vicios de obraConsorcio Avda. D. Á. 415 (CNCiv J, 2020) y A. (CNCiv B, 2021)Nowogrodzki (CNCiv A, 2025): prescripción; Pomeranc (CNCiv B, 2023): reglamento
FideicomisosPaggi (CNCom A, 2026): acreedores pueden pedir la liquidaciónPalacios (CNCom B, 2026): al costo; Imfeld (CNCom D, 2026): cautelar
Quiebra del vendedorLorenzo (CNCom C, 2026) y SIBA le pide la quiebra López Bravo (CNCom E, 2022)Pizzi (CNCom A, 2026): hay que verificar
Inmobiliaria y corredorCompanioni (CNCom B, 2026) y F. (CNCiv B, 2021)R. (CNCiv M, 2025), Pampa Flores (CNCiv I, 2025), Torres Bonino (CNCiv B, 2026)
Barrios y loteosB. (CNCiv C, 2026): escritura, obras comunes y daño punitivo—

Fallos favorables al comprador

Son los casos en los que el comprador obtuvo lo que pedía o la mayor parte. Muestran los argumentos que la Cámara viene aceptando: la conversión de la escrituración en dinero a valor actual, la posesión como causa que interrumpe la prescripción, la responsabilidad de toda la cadena de comercialización y la oponibilidad del boleto en la quiebra del vendedor.

Fallos en contra o con límites

Estos fallos muestran dónde se pierden los reclamos: la prescripción, la demanda dirigida a quien no correspondía, el reglamento que el comprador conoció al escriturar, la exclusión del inversor de la ley de consumo y los límites a las cautelares pedidas sin un peligro concreto. Conocerlos sirve tanto como conocer los favorables.

Fallos con soluciones intermedias

En estos casos la Cámara no le dio la razón por completo a ninguna de las partes o fijó condiciones para que el reclamo prospere: pasar directo a los daños cuando escriturar ya es imposible, acreditar el crédito antes de liquidar un fideicomiso o reducir lo que debía devolver un corredor.

Citas que conviene conocer

Sobre el valor de lo que se devuelve, la Cámara Civil, Sala F, explicó en Lavalle c/ Fideicomiso Haras Las Ortigas (expte. 73195/2022/CA1, 26/06/2026; voto de la Dra. Scolarici, punto VII) por qué restituir el valor nominal no alcanza:

«Ahora bien, juzgo que asiste razón al actor en cuanto a que condenar a la demandada a la restitución del valor nominal pagado por el reclamante en febrero de 2014, más los intereses establecidos en el pronunciamiento de grado, implicaría devolver a la compradora una suma irrisoria en atención a la incidencia de los valores en su momento entregados y la actual realidad económica imperante.»

Sobre los loteos sin aprobación estatal, la Cámara Civil, Sala C, le puso un límite a la espera en B. c/ Futuro Construcciones (expte. CIV 64296/2022, 16/07/2026; voto del Dr. Converset, punto III.B.2.b):

«Por tal motivo, transcurrido un lapso prudencial, la desarrolladora no puede pretender escudarse en una ausencia de autorización estatal para prolongar indefinidamente el cumplimiento de lo acordado.»

Sobre las cláusulas que el comprador firma contra su propia protección, la misma Sala C descartó el «conoce y acepta» en Cho c/ Virrey del Pino 2036 (expte. CIV 4265/2020, 03/03/2026; voto del Dr. Trípoli, punto III.7):

«Admitir su validez implicaría vaciar de contenido la protección legal, convirtiéndola en una garantía que el propio titular del interés protegido puede neutralizar mediante su firma.»

Sobre quién es consumidor cuando la unidad llegó por cesiones, la Cámara Comercial, Sala E, se pronunció en el incidente de escrituración de Kuriss (expte. COM 013687/2022/17/CA032, 16/09/2026, punto 3):

«La sucesión de cesiones sólo explica el modo en que los derechos derivados del boleto llegaron al patrimonio de Kuriss. No demuestra que se dedique a la intermediación inmobiliaria, que hubiera ofrecido la unidad en el mercado ni que procurara revenderla con fines especulativos.»

Sobre desde cuándo corre la prescripción de la acción de escrituración, la Cámara Civil, Sala J, lo explicó en Díaz c/ Balneario Las Toninas (expte. 14.020/21, 10/02/2026; voto de la Dra. Verón, punto 3.5):

«Respecto a su exigibilidad, la obligación de escriturar resulta exigible desde el momento en que pudo razonablemente cumplirse, siendo éste el punto de partida necesario para el cómputo del plazo prescriptivo, pues una obligación de escriturar sin plazo cierto y la pretensión de admitir su exigibilidad librada a la sola voluntad del acreedor, implicaría vaciar de contenido el instituto de la prescripción al permitir la subsistencia indefinida de obligaciones personales, con afectación grave de la seguridad jurídica.»

Cómo leer estos fallos

Qué NO dicen

Ninguno de estos fallos obliga a otros jueces ni asegura el resultado de un caso parecido. Cada sentencia depende de la prueba, de la fecha del contrato —varios aplican el Código Civil derogado por derecho transitorio— y de cómo se planteó la demanda. La jurisprudencia no es uniforme: hay criterios en contra del comprador, y por eso esta página los incluye.

Al citar un fallo, conviene identificar la sala, la fecha y el número de expediente, y leer el texto completo en el enlace oficial. Los resúmenes de esta página son una guía para orientarse, no un sustituto de la sentencia, y cada criterio se entiende mejor junto con el marco legal del tema.

Para seguir leyendo:

Preguntas frecuentes

¿Los fallos de la Cámara son obligatorios para otros jueces?

No en forma general. Son precedentes que orientan, y algunos criterios se repiten entre salas, pero cada juez decide según el caso. Las sentencias de la Corte Suprema tienen un peso distinto.

¿Hay fallos de la Corte Suprema sobre compra en pozo?

En este relevamiento no se localizó un fallo de la Corte Suprema con doctrina específica sobre unidades en pozo o conjuntos inmobiliarios. Los criterios rectores vienen de las cámaras nacionales en lo Civil y en lo Comercial.

¿Se puede reclamar daño punitivo contra una desarrolladora?

Sí, si hay relación de consumo y una conducta grave del proveedor (art. 52 bis de la ley 24.240). La Sala C de la Cámara Civil lo admitió contra una desarrolladora de loteos; otras salas lo rechazan cuando solo hubo demora.

¿Qué tasa de interés aplican sobre sumas en dólares?

En los casos relevados, las salas civiles fijaron entre 6 % y 8 % anual. La tasa depende de la sala y de cómo se fije el capital.

¿Por qué se pierden estos juicios?

Los rechazos de esta página se explican por prescripción, por demandar a quien no correspondía, por falta de prueba de la posesión o del daño, o por cláusulas del reglamento que el comprador había aceptado.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

Derecho civil · Inmuebles: compra, escritura y pozo

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