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CONTIABOGADOS

Derecho comercial · Guía práctica

Perdieron o dañaron mi mercadería en el transporte: qué puedo reclamar

Contrataste el flete de una mercadería y llegó dañada, incompleta o directamente no llegó. El transportista no queda automáticamente exento de responder: tiene que probar una causa ajena concreta para liberarse, no alcanza con una explicación genérica.

Cuándo se libera el transportista, y cuándo no

Prueba de una causa ajena concreta no es lo mismo que Alegación genérica

El transportista se excusa probando efectivamente una causa ajena al hecho —no le alcanza con decir, sin acreditarlo, que "no fue su responsabilidad".

Vicio propio de la cosa no es lo mismo que Manipulación deficiente durante el transporte

Si la mercadería tenía un defecto propio que explica el daño, eso libera al transportista. Si el daño se originó en cómo se manipuló o trasladó la mercadería, no.

Cómo se calcula lo que podés reclamar

  1. El valor de las cosas perdidas, o el valor de su menoscabo si sufrieron avería en lugar de pérdida total.
  2. Calculado en el tiempo y el lugar en que las cosas se entregaron, o debieron entregarse, al destinatario.
  3. Sin las limitaciones que pretenda imponer una cláusula contractual, si el transportista realiza este servicio habitualmente.

Un límite importante a favor tuyo

Quienes realizan habitualmente servicios de transporte no pueden limitar contractualmente estas reglas de responsabilidad, salvo en un supuesto puntual que la ley prevé específicamente. Esto significa que, frente a un transportista profesional, una cláusula genérica que pretenda reducir su responsabilidad por debajo de lo que fija la ley, en principio, no tiene el efecto que busca.

La carta de porte, tu documento más importante

Si el transportista te pidió firmar una carta de porte al entregar la mercadería, ese documento tiene un peso central: su emisión importa recibo de la carga, con las indicaciones y condiciones que se pactaron para el transporte. Al llegar a destino, el transportista tiene que poner la carga a disposición en el lugar, el plazo y las modalidades convenidas, exhibiendo y entregando la carta de porte en ese momento. Conservar una copia de este documento, con todas las indicaciones completas y exactas, es clave tanto para reclamar como para defenderte de un reclamo del transportista si la información que le diste resultó incompleta o inexacta.

Qué prueba conviene reunir

  1. El estado de la mercadería al momento de entregarla para el transporte: fotos, remitos, actas de recepción.
  2. El estado en que llegó a destino, documentado de la misma forma.
  3. El contrato o la documentación del flete, incluida cualquier condición particular pactada.
  4. Cualquier comunicación previa con el transportista sobre el estado de la mercadería o incidencias durante el traslado.

Cómo actuar frente a la pérdida o avería

  1. Documentá de inmediato el estado de la mercadería recibida, antes de firmar cualquier constancia de recepción sin reservas.
  2. Notificá al transportista la pérdida o avería detectada, dejando constancia formal.
  3. Reuní la documentación del valor de la mercadería, para sustentar el cálculo de la indemnización.
  4. Evaluá si el transportista invoca una causa ajena real, y si esa causa efectivamente está probada, antes de aceptar una liberación de responsabilidad.

Qué NO hacer

Preguntas frecuentes

Contraté un flete y la mercadería llegó con faltantes, ¿el transportista tiene que responder automáticamente?

No automáticamente: puede eximirse probando una causa ajena concreta al hecho. Si no la acredita, responde por la pérdida.

El transportista dice que el daño se debió a un defecto de fábrica de mi propia mercadería, ¿eso lo libera?

Puede liberarlo: el vicio propio de la cosa transportada se considera causa ajena a estos efectos, si efectivamente logra probarlo.

¿Cómo se calcula lo que me tienen que pagar por la mercadería perdida?

Sobre el valor de las cosas, o el de su menoscabo si sufrieron avería, calculado en el tiempo y el lugar en que debieron entregarse al destinatario.

El contrato de transporte tenía una cláusula que limitaba mucho la indemnización por pérdidas, ¿tengo que aceptarla igual?

Si el transportista realiza este servicio habitualmente, en principio no puede limitar contractualmente estas reglas de responsabilidad, salvo en el supuesto puntual que la ley prevé. Conviene una evaluación puntual de la cláusula concreta.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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