Defensa del consumidor
El área de defensa del consumidor completa del estudio.
Derecho comercial · Guía práctica
Comprar algo por impulso —en una página web, por teléfono, o porque te lo ofrecieron en tu propia casa— y arrepentirse después no es un problema sin solución: la ley te da diez días para dejar sin efecto la compra, sin necesidad de justificar nada.
El derecho de arrepentimiento aplica a dos modalidades. La venta domiciliaria: cuando te ofrecen algo fuera del local del vendedor —en tu casa, en la calle— o cuando te convocan a un lugar con un motivo aparente distinto al de la venta (una charla, un sorteo, un obsequio) y terminás comprando. Y la venta a distancia: cuando la propuesta y tu respuesta viajan por correo, teléfono, medios electrónicos o similares —básicamente, cualquier compra online—. La única excepción relevante es la compra de bienes perecederos ya recibidos y pagados al contado, donde este derecho no aplica.
Tenés diez días corridos para arrepentirte, contados desde la entrega del bien o la celebración del contrato, lo que ocurra último. No hace falta dar ningún motivo: es un derecho irrenunciable, que el vendedor no puede quitarte ni siquiera si lo escribiste vos mismo en algún formulario de aceptación.
Los gastos de devolución del producto corren por cuenta del vendedor, no tuya. Vos tenés que poner el bien a disposición para que lo retiren o coordinar el envío según indique el vendedor, pero el costo de ese proceso no puede trasladarse a tu cuenta.
La ley obliga al vendedor a informar este derecho por escrito, de forma clara y notoria, en cualquier documento vinculado a la venta. Si no lo hizo, eso no te perjudica: el derecho existe igual, más allá de que el vendedor haya cumplido o no con su obligación de informarlo.
Arrepentimiento no es lo mismo que Garantía por defecto
El arrepentimiento no requiere que el producto tenga ningún problema; la garantía, en cambio, cubre defectos concretos y tiene sus propios plazos.
Compra en el local no es lo mismo que Compra domiciliaria o a distancia
Este derecho de diez días solo aplica a ventas fuera del local o a distancia, no a una compra hecha presencialmente en un comercio.
Bien perecedero pagado al contado no es lo mismo que Cualquier otro bien
Los perecederos entregados y pagados en el momento quedan fuera de este derecho.
Sí, si no pasaron los diez días corridos desde que recibiste el producto (o desde que se celebró el contrato, lo que haya ocurrido después). Notificá la revocación cuanto antes para no quedar en el límite.
No: el derecho de arrepentimiento es irrenunciable, y ninguna política comercial puede dejarlo sin efecto dentro del plazo legal.
La ley no exige que el producto esté sin usar para ejercer este derecho, aunque en la práctica conviene devolverlo en el mejor estado posible; el uso razonable para verificar el producto no debería, por sí solo, hacerte perder el derecho.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El área de defensa del consumidor completa del estudio.
Si en cambio la compra ya se cumplió mal, no es un caso de arrepentimiento sino de incumplimiento.
El desarrollo conceptual de este derecho, con sus distinciones frente a la garantía.
El texto oficial completo sobre qué es una venta domiciliaria, con comentario propio.
Defensa del ejecutado, concursos y quiebras, cobranzas y contratos: el área comercial del estudio, con guías por situación y plazos reales.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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