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CONTIABOGADOS

Derecho civil · Guía práctica

Ejecución del seguro de caución por incumplimiento del contratista en una obra

El contratista dejó la obra a mitad de camino, no cumplió los plazos o entregó algo distinto de lo pactado, y vos, como comitente, exigiste que constituyera un seguro de caución de cumplimiento de contrato antes de empezar. Esa garantía no se cobra sola: hay que activarla formalmente frente a la aseguradora, que puede resistirse a pagar si entiende que el incumplimiento no está probado.

Qué garantiza el seguro de caución de cumplimiento de contrato

El contrato de obra obliga al contratista a ejecutar los trabajos conforme a las previsiones contractuales y a los conocimientos razonablemente exigibles por el arte, la ciencia y la técnica de la actividad (art. 1256, inc. a, CCyC), y a hacerlo en el tiempo convenido o, en su defecto, en el que razonablemente corresponda según la índole de la obra (art. 1256, inc. e, CCyC). El seguro de caución de cumplimiento de contrato es la garantía que una compañía aseguradora otorga a favor del comitente para el caso de que el contratista no cumpla esas obligaciones: si se produce el incumplimiento garantizado, la aseguradora debe responder ante el comitente hasta el monto asegurado, sin perjuicio de que luego repita contra el contratista. Se rige, como todo contrato de seguro, por el marco general de la Ley 17.418.

En qué se diferencia del seguro de responsabilidad civil de la obra

Es habitual confundir el seguro de caución de cumplimiento de contrato con el seguro de responsabilidad civil que el contratista también puede tener contratado. El primero protege al comitente frente al incumplimiento del contratista respecto de la obra misma -que no la termine, que la abandone, que no respete el plazo o el proyecto-; el segundo cubre los daños que la obra pueda causar a terceros ajenos al contrato, como un vecino lindero o un transeúnte. Son garantías independientes, con objetos y beneficiarios distintos, y conviene verificar cuál de las dos (o si ambas) están efectivamente vigentes antes de decidir contra quién dirigir el reclamo.

Seguro de caución de cumplimiento de contrato no es lo mismo que Seguro de responsabilidad civil de la obra

el primero garantiza que el contratista cumpla lo pactado con el comitente; el segundo cubre los daños que la obra cause a terceros ajenos al contrato.

Rechazo del siniestro por la aseguradora no es lo mismo que Rechazo definitivo del reclamo

la aseguradora puede resistirse a pagar en sede extrajudicial, pero eso no cierra la vía judicial para discutir si el incumplimiento garantizado efectivamente se configuró.

Reclamo contra el contratista no es lo mismo que Reclamo contra la aseguradora

son reclamos que pueden acumularse en la misma demanda, pero responden a fuentes distintas: el contrato de obra incumplido, en un caso, y la póliza de caución, en el otro.

Cómo actuar para ejecutar la caución

  1. Revisá la póliza de caución para confirmar el monto asegurado, la vigencia y qué incumplimientos concretos cubre.
  2. Documentá el incumplimiento del contratista: atraso, abandono de obra, defectos, con fecha y constancia fehaciente.
  3. Denunciá el siniestro a la aseguradora dentro del plazo que fija la póliza, adjuntando toda la prueba del incumplimiento.
  4. Pedí por escrito la respuesta de la aseguradora ante la denuncia, para tener constancia si acepta o rechaza el siniestro.
  5. Si la aseguradora rechaza el pago, evaluá la demanda judicial conjunta contra el contratista y contra la compañía aseguradora.

Documentación para evaluar el caso

Preguntas frecuentes

¿El seguro de caución cubre cualquier problema que tenga con el contratista?

No. Cubre específicamente los incumplimientos previstos en la póliza -típicamente, el incumplimiento del contrato de obra en cuanto a plazo, alcance o ejecución-, por lo que conviene revisar sus términos exactos antes de reclamar.

La aseguradora rechazó el siniestro, ¿ya perdí la garantía?

No necesariamente. El rechazo extrajudicial no impide reclamar judicialmente contra la aseguradora si considerás que el incumplimiento garantizado sí se configuró.

¿Puedo reclamarle al contratista y a la aseguradora al mismo tiempo?

Sí, son reclamos que pueden acumularse: uno por el contrato de obra incumplido contra el contratista, y otro por la póliza de caución contra la aseguradora.

¿Qué diferencia hay entre esta garantía y el seguro de responsabilidad civil del contratista?

El seguro de caución protege al comitente frente al incumplimiento del contrato de obra en sí; el seguro de responsabilidad civil cubre los daños que la obra pueda causar a terceros, como un vecino o un transeúnte.

Fuentes oficiales

Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:

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