Incumplimiento de entrega en pozo
Un caso real de emprendimiento donde la fiduciaria no logró recuperar el seguro de caución del contratista que abandonó la obra.
Derecho civil · Guía práctica
El contratista dejó la obra a mitad de camino, no cumplió los plazos o entregó algo distinto de lo pactado, y vos, como comitente, exigiste que constituyera un seguro de caución de cumplimiento de contrato antes de empezar. Esa garantía no se cobra sola: hay que activarla formalmente frente a la aseguradora, que puede resistirse a pagar si entiende que el incumplimiento no está probado.
El contrato de obra obliga al contratista a ejecutar los trabajos conforme a las previsiones contractuales y a los conocimientos razonablemente exigibles por el arte, la ciencia y la técnica de la actividad (art. 1256, inc. a, CCyC), y a hacerlo en el tiempo convenido o, en su defecto, en el que razonablemente corresponda según la índole de la obra (art. 1256, inc. e, CCyC). El seguro de caución de cumplimiento de contrato es la garantía que una compañía aseguradora otorga a favor del comitente para el caso de que el contratista no cumpla esas obligaciones: si se produce el incumplimiento garantizado, la aseguradora debe responder ante el comitente hasta el monto asegurado, sin perjuicio de que luego repita contra el contratista. Se rige, como todo contrato de seguro, por el marco general de la Ley 17.418.
Es habitual confundir el seguro de caución de cumplimiento de contrato con el seguro de responsabilidad civil que el contratista también puede tener contratado. El primero protege al comitente frente al incumplimiento del contratista respecto de la obra misma -que no la termine, que la abandone, que no respete el plazo o el proyecto-; el segundo cubre los daños que la obra pueda causar a terceros ajenos al contrato, como un vecino lindero o un transeúnte. Son garantías independientes, con objetos y beneficiarios distintos, y conviene verificar cuál de las dos (o si ambas) están efectivamente vigentes antes de decidir contra quién dirigir el reclamo.
Seguro de caución de cumplimiento de contrato no es lo mismo que Seguro de responsabilidad civil de la obra
el primero garantiza que el contratista cumpla lo pactado con el comitente; el segundo cubre los daños que la obra cause a terceros ajenos al contrato.
Rechazo del siniestro por la aseguradora no es lo mismo que Rechazo definitivo del reclamo
la aseguradora puede resistirse a pagar en sede extrajudicial, pero eso no cierra la vía judicial para discutir si el incumplimiento garantizado efectivamente se configuró.
Reclamo contra el contratista no es lo mismo que Reclamo contra la aseguradora
son reclamos que pueden acumularse en la misma demanda, pero responden a fuentes distintas: el contrato de obra incumplido, en un caso, y la póliza de caución, en el otro.
No. Cubre específicamente los incumplimientos previstos en la póliza -típicamente, el incumplimiento del contrato de obra en cuanto a plazo, alcance o ejecución-, por lo que conviene revisar sus términos exactos antes de reclamar.
No necesariamente. El rechazo extrajudicial no impide reclamar judicialmente contra la aseguradora si considerás que el incumplimiento garantizado sí se configuró.
Sí, son reclamos que pueden acumularse: uno por el contrato de obra incumplido contra el contratista, y otro por la póliza de caución contra la aseguradora.
El seguro de caución protege al comitente frente al incumplimiento del contrato de obra en sí; el seguro de responsabilidad civil cubre los daños que la obra pueda causar a terceros, como un vecino o un transeúnte.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
Un caso real de emprendimiento donde la fiduciaria no logró recuperar el seguro de caución del contratista que abandonó la obra.
Qué exigirle a un contratista antes de encarar una obra dentro de un edificio bajo propiedad horizontal.
Si pediste trabajos adicionales sobre la marcha sin ponerlos por escrito, el contratista puede no cobrarlos, aunque los haya ejecutado igual.
Cuando comitente y contratista no coinciden en el porcentaje de avance de la obra, la pericia técnica suele ser la prueba que resuelve el conflicto.
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