Derecho comercial
El área de derecho comercial completa del estudio.
Derecho comercial · Guía práctica
Comprar una franquicia significa poner capital propio —muchas veces los ahorros de años— en un negocio que otro diseñó. Antes de firmar, la ley te da derechos concretos de información que muchos futuros franquiciados ni siquiera saben que existen.
El franquiciante te da el derecho a usar un sistema probado bajo su marca, con conocimientos técnicos y asistencia continua, a cambio de una prestación tuya. Pero tiene que ser titular exclusivo de esa marca y esos derechos intelectuales (o tener derecho a transmitirlos), y no puede tener participación accionaria de control en el negocio que vos vas a operar.
Este es el derecho más importante y menos conocido: antes de la firma, el franquiciante debe darte información económica y financiera real de dos años de unidades similares a la que te ofrece, que ya hayan operado un tiempo suficiente, en el país o en el exterior. No alcanza con una proyección optimista de lo que "podría" ganar tu local: tenés derecho a números reales de negocios comparables ya funcionando.
Una vez firmado, el franquiciante tiene que comunicarte los conocimientos técnicos del sistema, entregarte un manual de operaciones, darte asistencia técnica continua, y si la franquicia incluye que te provea insumos, asegurar esa provisión en cantidades adecuadas y a precios razonables según los usos comerciales, no al precio que se le ocurra.
El plazo mínimo es de cuatro años. Al vencer, el contrato se prorroga automáticamente por un año más, salvo que alguna de las partes lo denuncie expresamente con treinta días de antelación. A la segunda renovación tácita, el contrato pasa a ser de tiempo indeterminado.
No valen las cláusulas que te prohíban cuestionar justificadamente los derechos del franquiciante sobre la marca, comprarle insumos a otro franquiciado de la misma red que cumpla las mismas condiciones, o reunirte con otros franquiciados.
Franquicia no es lo mismo que Simple licencia de marca
La franquicia incluye la transmisión de un sistema de negocio completo con asistencia continua; una licencia de marca no conlleva necesariamente ese acompañamiento.
Proyección del franquiciante no es lo mismo que Información financiera real exigida por ley
Solo la segunda es una obligación legal exigible antes de firmar; la primera es, en el mejor de los casos, una estimación optimista sin respaldo obligatorio.
Cláusula firmada no es lo mismo que Cláusula válida
Las tres cláusulas del art. 1519 son nulas aunque figuren en el contrato firmado por el franquiciado.
Sí, y deberías: la ley obliga al franquiciante a darte información económica y financiera real de dos años de unidades similares que ya hayan operado, antes de que firmes el contrato.
Si ya pasaste la segunda renovación tácita sin que ninguna parte denunciara el contrato con treinta días de antelación a algún vencimiento, tu contrato pasó a ser de tiempo indeterminado, con sus propias reglas de rescisión.
No: esa cláusula es nula por ley, aunque la hayas firmado; tenés derecho a reunirte y establecer vínculos no económicos con otros franquiciados de la red.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El área de derecho comercial completa del estudio.
El cluster completo de contratos comerciales del estudio.
La figura vecina de la concesión y la distribución, con su propio régimen de plazos y rescisión.
El texto oficial completo sobre qué es una franquicia y la titularidad que debe acreditar el franquiciante.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
Contanos qué te pasó y qué documentación tenés. Te decimos con claridad qué se puede hacer, en qué plazo y qué necesitamos de tu parte para empezar.
Consultas solo por mensaje: no atendemos llamadas. Respondemos por WhatsApp de lunes a viernes, de 9 a 19.