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Área de práctica

Patentes, modelos de utilidad y diseños industriales: proteger una invención en Argentina

Una patente protege una solución técnica; un diseño industrial protege la apariencia de un producto; un modelo de utilidad protege una mejora funcional de algo que ya existe. Elegir la figura equivocada es uno de los errores más caros en propiedad industrial, porque cada una tiene requisitos, plazos y alcances distintos y porque la divulgación previa de una invención puede comprometer su protección. Este espacio reúne las guías del estudio sobre cómo elegir y defender cada una.

Elegí tu situación

Tres figuras, tres preguntas

La primera pregunta es qué querés proteger. Si es una solución técnica nueva —un procedimiento, un dispositivo, una composición—, la figura es la patente de invención, que exige novedad, actividad inventiva y aplicación industrial (Ley 24.481, art. 4). Si es una mejora práctica a un objeto conocido, puede corresponder un modelo de utilidad. Si lo que importa es cómo se ve el producto, la figura es el diseño o modelo industrial, con un plazo inicial de cinco años prorrogable (Decreto-ley 6673/63). Y si lo que querés proteger es el nombre, la figura es la marca; si es información reservada, el secreto comercial.

La segunda pregunta es qué ya divulgaste. La novedad se ve afectada por la publicación, la venta, la exposición en una feria o el comentario a un inversor sin acuerdo de confidencialidad. La Ley 24.481 (art. 5) prevé un año de gracia para ciertas divulgaciones hechas por el propio inventor, pero tiene límites que conviene leer antes de apoyarse en él: la guía sobre mostrar o vender un invento antes de patentarlo los detalla. Por eso el orden recomendado es el inverso al de la intuición: primero proteger, después mostrar.

Qué conviene tener a mano antes de consultar

  1. Una descripción clara de lo que hace el invento y en qué se diferencia de lo que ya existe.
  2. La fecha de la primera divulgación, si hubo: publicación, demostración, venta o presentación.
  3. Quién participó en el desarrollo y con qué vínculo: socios, empleados, contratistas.
  4. Planos, muestras o prototipos, aunque sean preliminares.
  5. Los acuerdos de confidencialidad firmados con quienes vieron el desarrollo.

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Documentación base para consultar

Preguntas frecuentes

¿Puedo patentar una idea?

No. Las ideas no se patentan; se protege una solución técnica concreta que cumpla los requisitos legales. Si lo que tenés es una idea de negocio, hay otras herramientas, como el acuerdo de confidencialidad y el secreto comercial.

¿Cuál es la diferencia entre un modelo de utilidad y una patente?

Los dos protegen invenciones, pero el modelo de utilidad apunta a mejoras funcionales sobre objetos ya conocidos y tiene requisitos y plazos propios. La guía sobre la diferencia con el diseño industrial explica cuál conviene en cada caso.

¿Qué pasa si un empleado inventa algo trabajando para mi empresa?

La titularidad depende de si fue contratado específicamente para inventar. La guía sobre invenciones de empleados explica la regla del art. 10 de la Ley 24.481 y cómo prevenir conflictos por contrato.

Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires

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