Incumplimiento de contratos
El hub de contratos del estudio, con las herramientas generales frente a cualquier incumplimiento contractual.
Derecho civil · Guía práctica
Una reforma que quedó mal, una obra que nunca se terminó, un profesional que no hizo lo que correspondía: son quejas frecuentes, pero para convertirlas en un reclamo con fundamento hace falta precisar qué se prometió exactamente y qué de eso no se cumplió.
El Código distingue dos figuras dentro del mismo capítulo, y el tipo de reclamo depende de cuál es la tuya. En el contrato de obra, se prometió un resultado: una construcción terminada y funcional, un mueble fabricado, un desarrollo entregado. Si ese resultado no se logró, hay en principio un incumplimiento. En el contrato de servicios, se prometió una actividad diligente, sin garantizar un resultado —un asesoramiento profesional, una consulta—: el incumplimiento se mide por si la actividad se ejecutó con la técnica y el cuidado exigibles, no por si el resultado ideal se alcanzó.
El contratista o prestador debía ejecutar conforme a lo pactado y a la técnica de su oficio, informarte sobre los aspectos esenciales del trabajo, proveer materiales adecuados (salvo que hayas puesto vos los materiales), y cumplir en el plazo convenido o en uno razonable. Una reforma con materiales de calidad inferior a la cotizada, una obra abandonada sin explicación, o una demora injustificada muy por encima de lo razonable para ese tipo de trabajo, son incumplimientos concretos de estas obligaciones, no quejas genéricas.
El comitente debía pagar la retribución pactada, darte la colaboración necesaria para poder trabajar (acceso al lugar, información, decisiones que solo él podía tomar), y recibir la obra si la ejecutaste conforme a los estándares de tu oficio. Si el comitente dificultó tu trabajo y después te reclama por una demora que él mismo generó, o si rechaza recibir una obra que sí cumple esos estándares, esas también son situaciones con solución concreta en el Código.
Identificado el incumplimiento puntual, las herramientas generales frente a cualquier contrato incumplido —desarrolladas en la guía de incumplimiento de contratos de este sitio— se aplican también acá: intimar con un plazo razonable, evaluar si conviene sostener el contrato exigiendo la corrección o resolverlo, y reclamar los daños que correspondan.
Obra no es lo mismo que Servicio
En obra se promete un resultado concreto y su ausencia es en principio incumplimiento; en servicio se promete una actividad diligente, y el incumplimiento se mide por la falta de diligencia, no por el resultado no alcanzado.
Rechazar la recepción no es lo mismo que Incumplir el pago
El comitente puede rechazar justificadamente una obra mal ejecutada sin que eso configure una mora en el pago, si el rechazo se basa en un incumplimiento real del contratista.
Demora del contratista no es lo mismo que Demora causada por el comitente
Si el comitente no dio la colaboración necesaria (acceso, información, decisiones pendientes), la demora no es imputable al contratista.
Podés intimarlo a terminar la obra en un plazo determinado, y si no cumple, evaluar la resolución del contrato con la devolución proporcional de lo pagado en exceso y los daños que la demora te haya generado, incluido el mayor costo de contratar a otro para terminarla.
Depende de si hubo falta de diligencia en la actividad, no de si el resultado ideal se logró: en un contrato de servicios no se garantiza un resultado, así que hay que evaluar si el profesional actuó conforme a los estándares exigibles de su oficio.
Si la obra cumple los estándares del art. 1256, la obligación de recibirla es exigible; podés intimar formalmente al comitente a recibirla y pagar el saldo, dejando documentado que el rechazo no tiene fundamento en un incumplimiento real de tu parte.
Para verificar lo que decimos, siempre con la fuente primaria a mano:
El hub de contratos del estudio, con las herramientas generales frente a cualquier incumplimiento contractual.
Las herramientas generales: suspensión del cumplimiento, resolución por cláusula resolutoria, seña.
Si el problema no es un incumplimiento visible sino un defecto estructural que compromete la solidez del inmueble.
El texto oficial completo de la definición de obra y servicios, con comentario propio.
Daños y accidentes, sucesiones, amparos de salud, alquileres y consorcios: el área civil del estudio con guías prácticas por situación y sus plazos.
Conti Abogados — Ciudad de Buenos Aires
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